La frase de Óscar López —“hay jueces que prevarican, y si no son ellos, es alguien de su entorno”— no fue una acusación menor. La pronunció un ministro del Gobierno y dirigente del PSOE, y hasta donde consta públicamente no ha ido acompañada ni de nombres, ni de denuncia concreta, ni de identificación de ese supuesto “entorno”. Es decir: se lanzó una imputación gravísima, de alcance general, contra una parte indeterminada de la judicatura sin asumir después la carga mínima de concretarla.
Conviene recordar algo básico. La crítica a jueces y tribunales no solo es legítima, sino consustancial a una democracia constitucional. El Tribunal Constitucional ha reiterado que la libertad de expresión goza de protección reforzada cuando versa sobre asuntos de relevancia pública y sobre el funcionamiento de las instituciones. La cuestión, por tanto, no es si cabe criticar a los jueces. Claro que cabe. La cuestión es si esa crítica se valora igual según quién la formula y a quién afecta.
Ahí es donde aparece el doble rasero. Un juzgado civil de Madrid ha condenado en primera instancia a Ione Belarra a indemnizar con 9.000 euros al exjuez Manuel García-Castellón por llamarle “corrupto”, y la base de esa condena enlaza con una idea ya perfilada por el Tribunal Supremo: que sus manifestaciones en la red social X no se hicieron propiamente en el ejercicio de su cargo parlamentario.
La comparación con Óscar López resulta inevitable. Si una diputada no queda protegida cuando opina en una red social sobre el funcionamiento de instituciones públicas y sobre un juez concreto, ¿por qué un ministro puede lanzar una sospecha general sobre varios jueces ante periodistas o en actos políticos sin coste jurídico o político apreciable? Lo que afirmo es algo más sencillo: que la diferencia de trato exige una explicación jurídica mucho más convincente de la que hoy existe.
Además, el contexto importa. García-Castellón no fue un juez cualquiera en la relación entre, al menos, parte de la judicatura y Podemos. Su actuación en causas que afectaron a la formación morada acabó corregida o desautorizada por órganos superiores. En el llamado caso Dina, retorció el objetivo de inicial de la investigación, el robó del teléfono de Dina Bouselham por las cloacas del estado, y elevó una exposición “razonada” contra Pablo Iglesias por revelación de secretos, daños informáticos y denuncia falsa, con consecuencias evidentes de carácter político contra Podemos. El Tribunal Supremo razonadamente archivó la causa y devolvió las actuaciones para agotar la investigación, al no apreciar base suficiente para abrir procedimiento penal en los términos propuestos.
Algo parecido ocurrió con la investigación sobre la supuesta financiación irregular de Podemos. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenó su archivo y el propio García-Castellón tuvo que acordar el sobreseimiento por mandato de esa Sala. Diversas informaciones sobre esa resolución recogen, además, que la Sección Tercera de dicha Sala asumió el criterio de la Fiscalía sobre el carácter prospectivo de aquella investigación y sobre la improcedencia de extender artificiosamente su objeto.
Por eso el debate no es abstracto. Cuando una dirigente de Podemos critica a García-Castellón en un contexto en el que sus actuaciones habían sido corregidas por tribunales superiores, se le niega cobertura funcional y se le impone responsabilidad civil, cuando las observaciones realizadas sobre el citado exmagistrado se hicieron sobre bases veraces e incuestionables. Pero, si un ministro y diputado del PSOE afirma que hay jueces que prevarican, sin identificarlos ni denunciarlos, la afirmación es pura normalidad.
Ese trato desigual no solo se percibe en la reacción política. También se advierte, al menos desde fuera, en cómo algunos jueces parecen ponderar de manera distinta la libertad de expresión según la persona que habla, el espacio ideológico desde el que habla y el coste institucional de tomar en serio sus palabras. Unas declaraciones se interpretan como participación legítima en el debate público; otras, como extralimitación intolerable. Unos contextos se consideran relevantes; otros, desaparecen de la valoración judicial. Ese sesgo es profundamente corrosivo y antidemocrático.
La justicia no solo debe ser imparcial: debe parecerlo. Y cuando, visto desde fuera, se concluye que la misma vara no sirve para todos, lo que se resiente es la confianza en el Estado de Derecho.
La frase de Óscar López —“hay jueces que prevarican, y si no son ellos, es alguien de su entorno”— no fue una acusación menor. La pronunció un ministro del Gobierno y dirigente del PSOE, y hasta donde consta públicamente no ha ido acompañada ni de nombres, ni de denuncia concreta, ni de identificación de ese supuesto “entorno”. Es decir: se lanzó una imputación gravísima, de alcance general, contra una parte indeterminada de la judicatura sin asumir después la carga mínima de concretarla.
Conviene recordar algo básico. La crítica a jueces y tribunales no solo es legítima, sino consustancial a una democracia constitucional. El Tribunal Constitucional ha reiterado que la libertad de expresión goza de protección reforzada cuando versa sobre asuntos de relevancia pública y sobre el funcionamiento de las instituciones. La cuestión, por tanto, no es si cabe criticar a los jueces. Claro que cabe. La cuestión es si esa crítica se valora igual según quién la formula y a quién afecta.
Ahí es donde aparece el doble rasero. Un juzgado civil de Madrid ha condenado en primera instancia a Ione Belarra a indemnizar con 9.000 euros al exjuez Manuel García-Castellón por llamarle “corrupto”, y la base de esa condena enlaza con una idea ya perfilada por el Tribunal Supremo: que sus manifestaciones en la red social X no se hicieron propiamente en el ejercicio de su cargo parlamentario.
La comparación con Óscar López resulta inevitable. Si una diputada no queda protegida cuando opina en una red social sobre el funcionamiento de instituciones públicas y sobre un juez concreto, ¿por qué un ministro puede lanzar una sospecha general sobre varios jueces ante periodistas o en actos políticos sin coste jurídico o político apreciable? Lo que afirmo es algo más sencillo: que la diferencia de trato exige una explicación jurídica mucho más convincente de la que hoy existe.
Además, el contexto importa. García-Castellón no fue un juez cualquiera en la relación entre, al menos, parte de la judicatura y Podemos. Su actuación en causas que afectaron a la formación morada acabó corregida o desautorizada por órganos superiores. En el llamado caso Dina, retorció el objetivo de inicial de la investigación, el robó del teléfono de Dina Bouselham por las cloacas del estado, y elevó una exposición “razonada” contra Pablo Iglesias por revelación de secretos, daños informáticos y denuncia falsa, con consecuencias evidentes de carácter político contra Podemos. El Tribunal Supremo razonadamente archivó la causa y devolvió las actuaciones para agotar la investigación, al no apreciar base suficiente para abrir procedimiento penal en los términos propuestos.
Algo parecido ocurrió con la investigación sobre la supuesta financiación irregular de Podemos. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ordenó su archivo y el propio García-Castellón tuvo que acordar el sobreseimiento por mandato de esa Sala. Diversas informaciones sobre esa resolución recogen, además, que la Sección Tercera de dicha Sala asumió el criterio de la Fiscalía sobre el carácter prospectivo de aquella investigación y sobre la improcedencia de extender artificiosamente su objeto.
Por eso el debate no es abstracto. Cuando una dirigente de Podemos critica a García-Castellón en un contexto en el que sus actuaciones habían sido corregidas por tribunales superiores, se le niega cobertura funcional y se le impone responsabilidad civil, cuando las observaciones realizadas sobre el citado exmagistrado se hicieron sobre bases veraces e incuestionables. Pero, si un ministro y diputado del PSOE afirma que hay jueces que prevarican, sin identificarlos ni denunciarlos, la afirmación es pura normalidad.
Ese trato desigual no solo se percibe en la reacción política. También se advierte, al menos desde fuera, en cómo algunos jueces parecen ponderar de manera distinta la libertad de expresión según la persona que habla, el espacio ideológico desde el que habla y el coste institucional de tomar en serio sus palabras. Unas declaraciones se interpretan como participación legítima en el debate público; otras, como extralimitación intolerable. Unos contextos se consideran relevantes; otros, desaparecen de la valoración judicial. Ese sesgo es profundamente corrosivo y antidemocrático.
La justicia no solo debe ser imparcial: debe parecerlo. Y cuando, visto desde fuera, se concluye que la misma vara no sirve para todos, lo que se resiente es la confianza en el Estado de Derecho.
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