Existe en la historia judicial española reciente un patrón tan repetido que ya no puede atribuirse a la coincidencia. Tiene cinco pasos, funciona con precisión de relojería y su virtud principal es que cada uno de sus engranajes puede defenderse individualmente como legal, mientras que el conjunto constituye una operación de demolición política perfectamente calculada. Comprenderlo exige abandonar la lectura caso por caso y adoptar una perspectiva estructural. Cuando se hace eso, los casos de Baltasar Garzón y José Luis Rodríguez Zapatero dejan de ser dos historias distintas y se revelan como dos aplicaciones del mismo molde.
El primer paso: construir un espectro omnicomprensivo de delitos
El esquema comienza siempre igual: no con un delito concreto y bien delimitado, sino con una constelación de tipos penales de espectro amplio y vago, suficientemente elásticos como para que casi cualquier conducta pueda encajar en alguno de ellos. La amplitud no es un defecto técnico: es la función. Cuantos más tipos penales se acumulen, mayor es la superficie de exposición del investigado y más difícil resulta construir una defensa coherente, porque cada cargo exige una estrategia distinta.
En el caso Garzón, los cargos se desplegaron en tres frentes simultáneos: prevaricación por investigar los crímenes del franquismo, prevaricación por las escuchas en el caso Gürtel, y conflicto de intereses por los honorarios del BBVA. Tres tipos distintos, tres procedimientos paralelos, tres equipos acusadores operando al mismo tiempo. En el caso Zapatero el espectro es si cabe más ambicioso: tráfico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal, a los que se ha añadido posteriormente la posible irregularidad fiscal derivada de las joyas no declaradas. Cinco líneas de acusación que cubren desde el delito económico más sofisticado hasta la infracción tributaria más doméstica. Un espectro tan ancho que resulta prácticamente imposible salir completamente limpio de él.
El segundo paso: liquidar la presunción de inocencia antes del juicio
Una vez construido el espectro, el segundo paso opera casi automáticamente en el espacio mediático. La acumulación de cargos produce un efecto de verosimilitud por saturación: si hay tantas acusaciones, algo habrá. La presunción de inocencia es un principio jurídico que rige en la sala, pero no rige en los titulares, y la condena social precede en años a cualquier sentencia. En el caso Garzón, el magistrado más temido por la corrupción española pasó a ser presentado como un prevaricador antes de que el Supremo dictara una sola sentencia. En el caso Zapatero, el sumario lo describe como presunto líder de una estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias con ramificaciones en Venezuela y vínculos con empresas ligadas al Partido Comunista Chino. La imagen está construida antes de que el acusado haya abierto la boca ante el juez. El ciudadano medio que lee eso no lee "presunto": lee mafioso. Infobae
El tercer paso: usar la imputación como llave maestra
Este es el paso más sofisticado y el más peligroso, porque convierte el proceso en su propio instrumento de excavación. La imputación formal abre espacios protegidos por derechos fundamentales que de otro modo serían inaccesibles: intervenciones telefónicas, registros domiciliarios, acceso a cuentas bancarias, incautación de documentos. En el caso Garzón, la investigación sobre sus honorarios del BBVA permitió escrutar su vida económica con una exhaustividad que ningún ciudadano corriente soportaría sin que apareciera alguna irregularidad. En el caso Zapatero, el juez Calama autorizó el registro de su oficina, donde los agentes hallaron una caja fuerte con relojes, joyas y fotografías de lingotes de oro, y bloqueó 490.780 euros de sus cuentas bancarias. El registro produjo el hallazgo de las joyas, que a su vez generó una nueva línea de investigación fiscal. Es decir: la imputación por un conjunto de delitos abrió un espacio del que se extrajeron materiales para imputar por delitos adicionales. La investigación se alimenta a sí misma.
El cuarto paso: deducir nuevos tipos penales de lo encontrado
Lo que se obtiene dentro del espacio abierto por la imputación no se evalúa con neutralidad sino con la lógica del pescador que ya sabe qué quiere pescar. Las joyas halladas en la caja fuerte de Zapatero, valoradas en más de un millón de euros, abrieron la posibilidad de delito fiscal si la cuota defraudada supera los 120.000 euros por impuesto y año, con penas de prisión de uno a cinco años. Nótese la mecánica: se entra buscando pruebas de tráfico de influencias y se sale con una nueva imputación por fraude fiscal. En el caso Garzón el movimiento fue análogo: se investigaba su conducta como juez y se terminó condenándole por un aspecto técnico de su método de instrucción en un caso distinto. El delito final no es el que motivó la apertura del proceso, sino el que se encontró dentro del espacio que el proceso abrió.
El quinto paso: condenar por el cargo más neutral políticamente
Este es el remate más elegante de la construcción. Después de todo el esfuerzo político de los pasos anteriores, la condena definitiva no llega por los cargos más ideológicamente cargados sino por el más técnico, el más aparentemente aséptico, el que mejor puede presentarse como pura aplicación del derecho sin contaminación política. Garzón fue condenado a once años de inhabilitación no por investigar el franquismo, que era el cargo político central, sino por haber ordenado de manera indiscriminada la intervención de las comunicaciones entre los imputados del caso Gürtel y sus abogados defensores. Ignorando que el juez había estimado que los abogados y los acusados operaba como una banda criminal lo cual habría podido ser rebatido en l cadena de recursos disponibles pero en ningún caso una simple discrepancia procesal hubiese dado lugar a a un delito Un cargo técnico, de naturaleza procesal, que nadie podría calificar de revancha franquista. Perfecto para el relato. En el caso Zapatero aún no sabemos cuál será ese cargo, si es que llega. Pero la arquitectura está construida para que, cuando llegue, parezca inevitable y neutral.
Lo que hace a este esquema tan resistente a la crítica es precisamente su legalidad formal paso a paso. Cada decisión del juez puede justificarse. Cada cargo tiene cobertura en el Código Penal. Cada registro fue autorizado. Y sin embargo el conjunto es una máquina de destrucción política que opera dentro del Estado de derecho utilizando sus propias herramientas contra sus propios principios. Es el lawfare en su forma más desarrollada: no la ilegalidad burda sino la legalidad instrumentalizada. La diferencia entre Garzón y Zapatero no es de método sino de objetivo. Garzón era el juez que más daño podía hacer a las redes de corrupción de la derecha española. Zapatero es el expresidente cuya figura internacional y cuya proximidad al gobierno de Sánchez lo convierten en el objetivo político más rentable del momento. El molde es el mismo. Solo cambia la víctima.
Existe en la historia judicial española reciente un patrón tan repetido que ya no puede atribuirse a la coincidencia. Tiene cinco pasos, funciona con precisión de relojería y su virtud principal es que cada uno de sus engranajes puede defenderse individualmente como legal, mientras que el conjunto constituye una operación de demolición política perfectamente calculada. Comprenderlo exige abandonar la lectura caso por caso y adoptar una perspectiva estructural. Cuando se hace eso, los casos de Baltasar Garzón y José Luis Rodríguez Zapatero dejan de ser dos historias distintas y se revelan como dos aplicaciones del mismo molde.
El primer paso: construir un espectro omnicomprensivo de delitos
El esquema comienza siempre igual: no con un delito concreto y bien delimitado, sino con una constelación de tipos penales de espectro amplio y vago, suficientemente elásticos como para que casi cualquier conducta pueda encajar en alguno de ellos. La amplitud no es un defecto técnico: es la función. Cuantos más tipos penales se acumulen, mayor es la superficie de exposición del investigado y más difícil resulta construir una defensa coherente, porque cada cargo exige una estrategia distinta.
En el caso Garzón, los cargos se desplegaron en tres frentes simultáneos: prevaricación por investigar los crímenes del franquismo, prevaricación por las escuchas en el caso Gürtel, y conflicto de intereses por los honorarios del BBVA. Tres tipos distintos, tres procedimientos paralelos, tres equipos acusadores operando al mismo tiempo. En el caso Zapatero el espectro es si cabe más ambicioso: tráfico de influencias, blanqueo de capitales, falsedad documental y organización criminal, a los que se ha añadido posteriormente la posible irregularidad fiscal derivada de las joyas no declaradas. Cinco líneas de acusación que cubren desde el delito económico más sofisticado hasta la infracción tributaria más doméstica. Un espectro tan ancho que resulta prácticamente imposible salir completamente limpio de él.
El segundo paso: liquidar la presunción de inocencia antes del juicio
Una vez construido el espectro, el segundo paso opera casi automáticamente en el espacio mediático. La acumulación de cargos produce un efecto de verosimilitud por saturación: si hay tantas acusaciones, algo habrá. La presunción de inocencia es un principio jurídico que rige en la sala, pero no rige en los titulares, y la condena social precede en años a cualquier sentencia. En el caso Garzón, el magistrado más temido por la corrupción española pasó a ser presentado como un prevaricador antes de que el Supremo dictara una sola sentencia. En el caso Zapatero, el sumario lo describe como presunto líder de una estructura estable y jerarquizada de tráfico de influencias con ramificaciones en Venezuela y vínculos con empresas ligadas al Partido Comunista Chino. La imagen está construida antes de que el acusado haya abierto la boca ante el juez. El ciudadano medio que lee eso no lee "presunto": lee mafioso. Infobae
El tercer paso: usar la imputación como llave maestra
Este es el paso más sofisticado y el más peligroso, porque convierte el proceso en su propio instrumento de excavación. La imputación formal abre espacios protegidos por derechos fundamentales que de otro modo serían inaccesibles: intervenciones telefónicas, registros domiciliarios, acceso a cuentas bancarias, incautación de documentos. En el caso Garzón, la investigación sobre sus honorarios del BBVA permitió escrutar su vida económica con una exhaustividad que ningún ciudadano corriente soportaría sin que apareciera alguna irregularidad. En el caso Zapatero, el juez Calama autorizó el registro de su oficina, donde los agentes hallaron una caja fuerte con relojes, joyas y fotografías de lingotes de oro, y bloqueó 490.780 euros de sus cuentas bancarias. El registro produjo el hallazgo de las joyas, que a su vez generó una nueva línea de investigación fiscal. Es decir: la imputación por un conjunto de delitos abrió un espacio del que se extrajeron materiales para imputar por delitos adicionales. La investigación se alimenta a sí misma.
El cuarto paso: deducir nuevos tipos penales de lo encontrado
Lo que se obtiene dentro del espacio abierto por la imputación no se evalúa con neutralidad sino con la lógica del pescador que ya sabe qué quiere pescar. Las joyas halladas en la caja fuerte de Zapatero, valoradas en más de un millón de euros, abrieron la posibilidad de delito fiscal si la cuota defraudada supera los 120.000 euros por impuesto y año, con penas de prisión de uno a cinco años. Nótese la mecánica: se entra buscando pruebas de tráfico de influencias y se sale con una nueva imputación por fraude fiscal. En el caso Garzón el movimiento fue análogo: se investigaba su conducta como juez y se terminó condenándole por un aspecto técnico de su método de instrucción en un caso distinto. El delito final no es el que motivó la apertura del proceso, sino el que se encontró dentro del espacio que el proceso abrió.
El quinto paso: condenar por el cargo más neutral políticamente
Este es el remate más elegante de la construcción. Después de todo el esfuerzo político de los pasos anteriores, la condena definitiva no llega por los cargos más ideológicamente cargados sino por el más técnico, el más aparentemente aséptico, el que mejor puede presentarse como pura aplicación del derecho sin contaminación política. Garzón fue condenado a once años de inhabilitación no por investigar el franquismo, que era el cargo político central, sino por haber ordenado de manera indiscriminada la intervención de las comunicaciones entre los imputados del caso Gürtel y sus abogados defensores. Ignorando que el juez había estimado que los abogados y los acusados operaba como una banda criminal lo cual habría podido ser rebatido en l cadena de recursos disponibles pero en ningún caso una simple discrepancia procesal hubiese dado lugar a a un delito Un cargo técnico, de naturaleza procesal, que nadie podría calificar de revancha franquista. Perfecto para el relato. En el caso Zapatero aún no sabemos cuál será ese cargo, si es que llega. Pero la arquitectura está construida para que, cuando llegue, parezca inevitable y neutral.
Lo que hace a este esquema tan resistente a la crítica es precisamente su legalidad formal paso a paso. Cada decisión del juez puede justificarse. Cada cargo tiene cobertura en el Código Penal. Cada registro fue autorizado. Y sin embargo el conjunto es una máquina de destrucción política que opera dentro del Estado de derecho utilizando sus propias herramientas contra sus propios principios. Es el lawfare en su forma más desarrollada: no la ilegalidad burda sino la legalidad instrumentalizada. La diferencia entre Garzón y Zapatero no es de método sino de objetivo. Garzón era el juez que más daño podía hacer a las redes de corrupción de la derecha española. Zapatero es el expresidente cuya figura internacional y cuya proximidad al gobierno de Sánchez lo convierten en el objetivo político más rentable del momento. El molde es el mismo. Solo cambia la víctima.
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