Partimos del año 2022, cuando visitan la zona las autoridades para el acto simbólico de poner la primera piedra para las obras de construcción del nuevo parque multifuncional de Villas del Este que irá ubicado en una extensa parcela de 16.700 metros cuadrados, cuya superficie se está reordenando y adecuando para albergar un amplio conjunto de equipamientos deportivos y de ocio adaptado a las necesidades, peticiones y demandas de los vecinos del entorno; estuvo al frente durante ocho años; creó la Asociación después de luchar por lo que los vecinos habían pagado y creó la Asociación al frente de Isabel Canales que desde el año 2015 llevó las negociaciones y luchas por lo que los vecinos habían pagado. Supervisan las obras del nuevo parque multifuncional de Villas del Este, con 1,2 millones de euros de inversión.
La alcaldesa Mamen Sánchez, junto al teniente de alcaldesa de Urbanismo, José Antonio Díaz, el recién nombrado presidente de la Asociación de Vecinos Villas del Este, José Luis Ruiz Real, y el nuevo presidente, después de dejar la misma, Isabel Canales, que tanto luchó. El proyecto se encuentra al 25% de su ejecución y ya están delimitados los espacios donde irán situadas las pistas deportivas y las zonas de juego. García-Pelayo ha remarcado que “es una zona que se ha recuperado en este espacio degradado para el ocio y para el deporte, un espacio para todas las edades que hay que cuidar y que hay que disfrutar, con más de 17.000 metros cuadrados” y ha agradecido “la paciencia de los vecinos, la labor de los técnicos de Urbanismo, Participación e Infraestructuras para que haya quedado a gusto de todos”.
El lamentable uso que están dando al parque mencionado, la falta de civismo, de solidaridad ha hecho que los vecinos colindantes al parque de Villas del Este en Jerez de la Frontera denuncien desde hace tiempo graves problemas de vandalismo, botellones y ruidos por concentraciones de personas pasada la medianoche con música alta que impiden el descanso de los residentes; acumulación de suciedad tras las reuniones y daños en el mobiliario urbano del parque, como causas más importantes.

- Destrozos en el parque.
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La Policía Local activa la unidad de 'drones' en el parque de Villas del Este y en la barriada de Vistalegre para prevenir y actuar contra actos vandálicos; algunos vecinos no los hemos visto, sentido, ni vestigios de ello tenemos. Hemos puesto en conocimiento de las autoridades la situación de deterioro del parque, tanto de la vegetación por falta de riego, como del mobiliario; solicitando pusieran cámaras de seguridad en el mismo, ya que no lo quieren cercar y poner un horario de apertura y cierre del mismo, para salvaguardar los bienes públicos.
Aquí no llueve, no hay árboles ni sombra; es deseable una zona de frescor, con olor a petricor recién regado el césped, el aire fresco durante el año y, sobre todo, en verano. No nos han hecho ni caso; están dejando agostarse el mismo, deteriorarse todo, sin respetar el interés de los vecinos que han luchado por algo que pagaron, cuya responsabilidad de uso y custodia recaería sobre la autoridad local, avisando sistemáticamente a la autoridad competente.

- Restos de botellones pasados en el Parque Villas del Este, de hace unos meses
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La falta de vigilancia de la zona, hace que los fines de semana en las calles colindantes perpendiculares que desembocan en el mencionado parque por un lado y por el otro, al campo -de fácil huida-, el comportamiento de algunos menores ha sido extremo la noche de Halloween, practicando el gamberreo con vandalismo: los portones de entrada a los patios y jardines de las casas unifamiliares, son pateados por las pandillas de chavalería adolescentes; actos que han deteriorado las puertas, en su mayoría metálicas: las correderas, sacadas de los ejes, dobladas cóncavas o convexas, dejando sin funcionar los porteros automáticos o videoporteros instalados y los sistemas automáticos de apertura. Los vecinos que estaban en sus patios de tertulia, salieron corriendo tras ellos y no los pudieron coger, eran muy jóvenes y corrían como galgos. Han tenido una respuesta común, ya cansados de la práctica cotidiana al ser pataleadas sus puertas y el dinero que supone su reparación, ya que los Seguros exigen atestados.
Los vecinos afectados se han puesto de acuerdo y han obtenido grabaciones de la chavalería que actúa y opera en casos de ‘vandalismo’ urbano como los descritos en la zona, en sus propias viviendas que se han venido produciendo en el tiempo, poniendo los videos a disposición de la Policía Nacional. En muchos casos, los deterioros producidos llegan a costar más de 1000 €, ya que inutilizan puertas, porteros y cierres automáticos.

- Patadas en las puertas de la noche de Halloween en Jerez
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En España, el pago de los daños y perjuicios derivados del vandalismo o actos ilícitos cometidos por menores de edad se rige por la responsabilidad civil solidaria entre los propios menores y sus progenitores o tutores:
- Menores de 14 años: No tienen responsabilidad penal (no se les puede juzgar ni imponer multas penales), pero los padres, tutores o guardadores responden civilmente de forma directa por los daños económicos que hayan causado los menores.
- Menores entre 14 y 17 años (responsabilidad penal del menor): Tienen responsabilidad penal y civil propia, pero los padres, tutores, acogedores o guardadores responden solidariamente con ellos en el ámbito civil por los perjuicios y daños ocasionados, siempre que haya mediado culpa o negligencia por su parte (aunque los jueces pueden moderar esta responsabilidad si los adultos no favorecieron la conducta con dolo o negligencia grave).
- Sanciones administrativas (multas): Las multas administrativas son de carácter personal. Si el menor de 14 a 17 años es sancionado con una multa y carece de patrimonio propio, esta no se cobra automáticamente a los padres, salvo que una ley específica disponga lo contrario, quedando pendiente hasta que el menor tenga bienes.
La respuesta de un Estado de derecho debe ser firme, pero también respetuosa con las garantías legales. Se trata de aplicar un principio elemental: quien causa un daño debe responder de sus consecuencias, y la minoría de edad no elimina necesariamente la responsabilidad civil de sus progenitores. Conviene distinguir los hechos constitutivos de infracción penal y aquellas conductas que, sin alcanzar relevancia penal, generan responsabilidad civil. También resulta determinante la edad del autor. Cuando los hechos presentan relevancia penal y su autor tiene entre 14 y 17 años, resulta aplicable la Ley Orgánica 5/2000, reguladora de la responsabilidad penal de los menores. Su artículo 61.3 establece que responden solidariamente con el menor sus padres, tutores, acogedores y guardadores legales o de hecho, por el orden previsto en la norma. Esto permite al perjudicado reclamar la reparación del daño no solo al menor responsable, sino también a las personas que legalmente deban responder con él.
La propia ley contempla, sin embargo, que el juez pueda moderar esa responsabilidad cuando dichas personas no hayan favorecido la conducta del menor con dolo o negligencia grave. No existe, por tanto, una responsabilidad económica absolutamente invariable, pero tampoco una exoneración automática por el hecho de que los padres no hayan participado personalmente en los actos vandálicos. Es cierto que los menores de 14 años quedan fuera del régimen de responsabilidad penal establecido por esta ley, aunque ello no excluye las acciones civiles que correspondan por los daños ocasionados.

- Patadas en las puertas en la noche de Halloween en Jerez
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En el ámbito estrictamente civil, el artículo 1903 del Código Civil establece la responsabilidad de los padres por los daños causados por los hijos que se encuentren bajo su guarda, contemplando la posibilidad de que cese cuando acrediten haber empleado toda la diligencia exigida para prevenirlos. Se trata de un régimen distinto del previsto en la legislación penal de menores. Por su parte, el artículo 236-17 del Código civil de Catalunya recoge los deberes parentales de cuidado, educación y formación integral. Estas obligaciones refuerzan la relevancia jurídica de la función educativa de los progenitores, aunque no constituyen por sí solas un título automático para exigir cualquier indemnización.
Ahora bien, cuando los daños se producen en actuaciones colectivas, debe acreditarse la intervención de cada persona y su relación con los perjuicios reclamados. No basta con encontrarse en el lugar de los hechos para responder de todos los desperfectos.

- Restos de botellones.
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La responsabilidad civil derivada de los hechos cometidos por menores de entre 14 y 17 años puede reclamarse en el procedimiento regulado por la legislación de menores. Como regla general, corresponde al Ministerio Fiscal ejercitar la acción civil, sin perjuicio de las facultades que la ley reconoce a los perjudicados. Pero existe otra cuestión que merece especial atención: ¿qué respuesta deben recibir los comerciantes que necesitan afrontar de manera inmediata las consecuencias económicas de los destrozos?
La firmeza frente al vandalismo debe medirse por la capacidad de identificar a los responsables, acreditar los daños y garantizar que las víctimas obtengan una reparación efectiva.
La responsabilidad penal de los menores y la responsabilidad civil de quienes legalmente deban asumirla son dos dimensiones de una misma exigencia de convivencia. Porque los derechos de los menores merecen todas las garantías, pero los derechos de las víctimas también.
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