Opinión

95 años del voto femenino en España

El 1 de octubre de 1931, las Cortes Constituyentes de la Segunda República aprobaron el sufragio femenino. Detrás de esa votación hubo una mujer que sostuvo el debate contra la desconfianza de media Cámara: Clara Campoamor

  • Clara Campoamor, la mujer que cambió la historia democrática de España y defendió el voto femenino.

El 1 de octubre de 1931, las Cortes Constituyentes de la Segunda República aprobaron el sufragio femenino. Por primera vez, las mujeres podían votar en igualdad de condiciones que los hombres en todo el país. Detrás de esa votación hubo una mujer que sostuvo el debate contra la desconfianza de media Cámara y de parte de su propio partido: Clara Campoamor. 

Un derecho que llegó por partes

La segunda República se había proclamado el 14 de abril de 1931. El Estatuto Municipal de 1924, aprobado durante la dictadura de Primo de Rivera, había previsto un voto femenino muy limitado, pero nunca se aplicó de forma efectiva, por falta de un censo electoral de mujeres. Tampoco sirvió en las municipales de abril ni en las constituyentes de junio.

En mayo de 1931 se reformó la ley electoral y las mujeres, igual que los sacerdotes, pudieron ser elegidas, aunque todavía no votar. Esa paradoja permitió que en las elecciones del 28 de junio, celebradas solo con voto masculino, entraran en el Parlamento las tres primeras diputadas: Clara Campoamor, Victoria Kent y Margarita Nelken.

El debate de septiembre de 1931

El reconocimiento del sufragio se discutió en las Cortes entre el 30 de septiembre y el 1 de octubre. Campoamor lo defendió como lo que era: un derecho fundamental de ciudadanía, no un premio que hubiera que ganarse ni un asunto que pudiera esperar a mejor ocasión.

Enfrente tuvo a compañeros de la izquierda republicana, incluida su propia formación, y a la también diputada Victoria Kent. Kent y otros sectores sostenían que, bajo la influencia de la Iglesia y del entorno conservador, el voto de las mujeres podía perjudicar a la República. Proponían aplazarlo hasta que consideraran a las mujeres "preparadas". Se presentaron incluso enmiendas para limitarlo, por ejemplo a partir de los 45 años, y fueron rechazadas.

Campoamor respondió que los derechos no se condicionan a la conveniencia política del momento. La votación final fue de 161 votos a favor y 121 en contra. El artículo 36 de la Constitución de 1931 quedó así: "Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes".

Un derecho ejercido con brevedad

Las mujeres votaron por primera vez de forma generalizada en noviembre de 1933 y volvieron a hacerlo en febrero de 1936, sentando las bases de las que habría de ser la primera democracia en España. Pero el golpe de Estado, la Guerra Civil y la dictadura franquista arruinaron este hecho histórico negando el derecho al voto de hombres y mujeres hasta la democracia y la Constitución de 1978, cuando se recuperó plenamente. 

Campoamor pagó un precio personal. Perdió su escaño en 1933 y acabó exiliada. Su derrota electoral no le quitó la razón: defendió que no hay democracia sin las mujeres, aunque esa convicción le costara su carrera política.

Clara Campoamor, abolicionista

Su defensa de la igualdad no se quedó en las urnas. Ya en los años veinte se implicó en el movimiento abolicionista, que combatía la prostitución reglamentada y la trata de mujeres, inspirado en el trabajo de Josephine Butler. En sus escritos de esa época relacionaba la prostitución con la miseria, la falta de independencia económica de las mujeres y el abandono. No culpaba a las mujeres prostituidas, a las que veía como víctimas, sino al sistema que las empujaba a esa situación y al Estado que la toleraba o reglamentaba. 

En 1932 llevó ese posicionamiento a las Cortes. Sostuvo que el Estado no podía autorizar, fiscalizar ni beneficiarse de las casas de prostitución, porque eso corrompía la ética pública. Denunció que esas casas funcionaban como centros de contratación de la trata y que gran parte de las víctimas eran menores. En su célebre frase: “he trabajado para que en este país los hombres encuentren a las mujeres en todas partes, y no solo donde ellos vayan a buscarlas”, denunciaba la hipocresía de los hombres y la contradicción de un ordenamiento que impedía a un menor firmar un contrato o disponer de sus bienes, pero no le protegía frente a quien comerciaba con su cuerpo. Y reprochó a algunos diputados que trataran el asunto con humor, algo que, dijo, decía muy poco de la sensibilidad de la Cámara.

Para Campoamor la prostitución no era un trabajo ni una elección libre, sino desigualdad y explotación, y una forma de degradación también para los hombres que la consumían. Su abolicionismo formaba parte del mismo programa que el sufragio: divorcio, igualdad de los hijos, educación y emancipación económica de las mujeres. En junio de 1935, otro Gobierno declaró que la prostitución ya no era un medio lícito de vida y puso fin a su reglamentación. El decreto se aplicó muy poco por el estallido de la guerra, pero Campoamor había contribuido a crear el clima que lo hizo posible.

¿Por qué debemos recordar esta efemérides?

Recordar a Clara Campoamor y su lucha por el sufragio universal, la igualdad jurídica y la abolición de la prostitución no es un mero ejercicio de nostalgia, sino un recordatorio de que su tesis sigue plenamente vigente: una democracia sin mujeres es una democracia incompleta. Las mujeres no somos invitadas a la vida pública, sino ciudadanas con plena capacidad para elegir, ser elegidas y participar activamente del ejercicio del poder político, social, económico y cultural. Esto exige no solo reconocer los derechos en la ley, sino garantizar nuestro derecho a la dignidad, a una vida sin violencia, sin explotación y a la igualdad de trato y oportunidades.  

Hoy, noventa y cinco años después, el mejor homenaje a Campoamor y a las sufragistas españolas es mantener vivas su memoria y reivindicaciones: consolidar la igualdad real en las instituciones y entidades privadas, y avanzar hacia una sociedad que no violente, explote ni mercantilice a las mujeres.

El 1 de octubre de 1931, las Cortes Constituyentes de la Segunda República aprobaron el sufragio femenino. Por primera vez, las mujeres podían votar en igualdad de condiciones que los hombres en todo el país. Detrás de esa votación hubo una mujer que sostuvo el debate contra la desconfianza de media Cámara y de parte de su propio partido: Clara Campoamor. 

Un derecho que llegó por partes

La segunda República se había proclamado el 14 de abril de 1931. El Estatuto Municipal de 1924, aprobado durante la dictadura de Primo de Rivera, había previsto un voto femenino muy limitado, pero nunca se aplicó de forma efectiva, por falta de un censo electoral de mujeres. Tampoco sirvió en las municipales de abril ni en las constituyentes de junio.

En mayo de 1931 se reformó la ley electoral y las mujeres, igual que los sacerdotes, pudieron ser elegidas, aunque todavía no votar. Esa paradoja permitió que en las elecciones del 28 de junio, celebradas solo con voto masculino, entraran en el Parlamento las tres primeras diputadas: Clara Campoamor, Victoria Kent y Margarita Nelken.

El debate de septiembre de 1931

El reconocimiento del sufragio se discutió en las Cortes entre el 30 de septiembre y el 1 de octubre. Campoamor lo defendió como lo que era: un derecho fundamental de ciudadanía, no un premio que hubiera que ganarse ni un asunto que pudiera esperar a mejor ocasión.

Enfrente tuvo a compañeros de la izquierda republicana, incluida su propia formación, y a la también diputada Victoria Kent. Kent y otros sectores sostenían que, bajo la influencia de la Iglesia y del entorno conservador, el voto de las mujeres podía perjudicar a la República. Proponían aplazarlo hasta que consideraran a las mujeres "preparadas". Se presentaron incluso enmiendas para limitarlo, por ejemplo a partir de los 45 años, y fueron rechazadas.

Campoamor respondió que los derechos no se condicionan a la conveniencia política del momento. La votación final fue de 161 votos a favor y 121 en contra. El artículo 36 de la Constitución de 1931 quedó así: "Los ciudadanos de uno y otro sexo, mayores de veintitrés años, tendrán los mismos derechos electorales conforme determinen las leyes".

Un derecho ejercido con brevedad

Las mujeres votaron por primera vez de forma generalizada en noviembre de 1933 y volvieron a hacerlo en febrero de 1936, sentando las bases de las que habría de ser la primera democracia en España. Pero el golpe de Estado, la Guerra Civil y la dictadura franquista arruinaron este hecho histórico negando el derecho al voto de hombres y mujeres hasta la democracia y la Constitución de 1978, cuando se recuperó plenamente. 

Campoamor pagó un precio personal. Perdió su escaño en 1933 y acabó exiliada. Su derrota electoral no le quitó la razón: defendió que no hay democracia sin las mujeres, aunque esa convicción le costara su carrera política.

Clara Campoamor, abolicionista

Su defensa de la igualdad no se quedó en las urnas. Ya en los años veinte se implicó en el movimiento abolicionista, que combatía la prostitución reglamentada y la trata de mujeres, inspirado en el trabajo de Josephine Butler. En sus escritos de esa época relacionaba la prostitución con la miseria, la falta de independencia económica de las mujeres y el abandono. No culpaba a las mujeres prostituidas, a las que veía como víctimas, sino al sistema que las empujaba a esa situación y al Estado que la toleraba o reglamentaba. 

En 1932 llevó ese posicionamiento a las Cortes. Sostuvo que el Estado no podía autorizar, fiscalizar ni beneficiarse de las casas de prostitución, porque eso corrompía la ética pública. Denunció que esas casas funcionaban como centros de contratación de la trata y que gran parte de las víctimas eran menores. En su célebre frase: “he trabajado para que en este país los hombres encuentren a las mujeres en todas partes, y no solo donde ellos vayan a buscarlas”, denunciaba la hipocresía de los hombres y la contradicción de un ordenamiento que impedía a un menor firmar un contrato o disponer de sus bienes, pero no le protegía frente a quien comerciaba con su cuerpo. Y reprochó a algunos diputados que trataran el asunto con humor, algo que, dijo, decía muy poco de la sensibilidad de la Cámara.

Para Campoamor la prostitución no era un trabajo ni una elección libre, sino desigualdad y explotación, y una forma de degradación también para los hombres que la consumían. Su abolicionismo formaba parte del mismo programa que el sufragio: divorcio, igualdad de los hijos, educación y emancipación económica de las mujeres. En junio de 1935, otro Gobierno declaró que la prostitución ya no era un medio lícito de vida y puso fin a su reglamentación. El decreto se aplicó muy poco por el estallido de la guerra, pero Campoamor había contribuido a crear el clima que lo hizo posible.

¿Por qué debemos recordar esta efemérides?

Recordar a Clara Campoamor y su lucha por el sufragio universal, la igualdad jurídica y la abolición de la prostitución no es un mero ejercicio de nostalgia, sino un recordatorio de que su tesis sigue plenamente vigente: una democracia sin mujeres es una democracia incompleta. Las mujeres no somos invitadas a la vida pública, sino ciudadanas con plena capacidad para elegir, ser elegidas y participar activamente del ejercicio del poder político, social, económico y cultural. Esto exige no solo reconocer los derechos en la ley, sino garantizar nuestro derecho a la dignidad, a una vida sin violencia, sin explotación y a la igualdad de trato y oportunidades.  

Hoy, noventa y cinco años después, el mejor homenaje a Campoamor y a las sufragistas españolas es mantener vivas su memoria y reivindicaciones: consolidar la igualdad real en las instituciones y entidades privadas, y avanzar hacia una sociedad que no violente, explote ni mercantilice a las mujeres.

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