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Así cambian desde septiembre las notificaciones de bajas médicas e incapacidades: todo online y con plazo límite

La medida también genera preocupación entre sindicatos y por parte del Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia

  • Una oficina de la Seguridad Social. -

A partir del 1 de septiembre de 2026, quienes estén de baja médica o tengan procedimientos relacionados con una incapacidad deberán prestar especial atención a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. La Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, establece que las resoluciones y citaciones sobre incapacidades temporales y permanentes dejarán de enviarse por correo postal y pasarán a notificarse electrónicamente.

La medida afecta a personas en incapacidad temporal, solicitantes o perceptores de incapacidad permanente, casos de lesiones permanentes no incapacitantes, nacimiento y cuidado de menor o riesgo durante el embarazo. También se comunicarán por esta vía las citaciones para revisiones médicas y los requerimientos de documentación.

El plazo es clave

El ciudadano podrá recibir previamente un SMS o correo electrónico avisando de que existe una nueva comunicación, aunque estos mensajes tendrán carácter informativo. Para acceder al contenido será necesario disponer de Cl@ve, Certificado Digital o DNI electrónico.

La cuestión clave está en el plazo. Desde que la notificación esté disponible habrá diez días naturales para acceder a ella. Si transcurre ese periodo sin abrirla, se entenderá legalmente notificada, con las consecuencias que esto puede tener sobre alegaciones, reclamaciones, recursos o prestaciones.

Los sindicatos alertan de los riesgos

CSIF advierte de que "las personas afectadas dispondrán de diez días naturales para acceder a las notificaciones. Transcurrido ese plazo sin acceder a su contenido, se entenderán legalmente notificadas, lo que puede conllevar la pérdida de plazos para presentar alegaciones o recursos y, en determinados supuestos, afectar al mantenimiento de las prestaciones por incapacidad temporal".

UGT también alerta: "Si no acudes a una revisión médica obligatoria por no haber visto la notificación, podrían darte el alta médica y perder la prestación". Por ello, los sindicatos recomiendan mantener actualizados el teléfono y el correo electrónico en Importass, contar con identificación digital activa y revisar periódicamente la Sede Electrónica.

La medida también ha generado preocupación en el Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD). La entidad alerta de posibles dificultades para personas mayores, con discapacidad, dependencia, escasa alfabetización digital o sin acceso a internet, y reclama excepciones o canales alternativos de notificación para evitar nuevas barreras en el acceso a derechos sociales.

A partir del 1 de septiembre de 2026, quienes estén de baja médica o tengan procedimientos relacionados con una incapacidad deberán prestar especial atención a la Sede Electrónica de la Seguridad Social. La Orden ISM/541/2026, de 27 de mayo, establece que las resoluciones y citaciones sobre incapacidades temporales y permanentes dejarán de enviarse por correo postal y pasarán a notificarse electrónicamente.

La medida afecta a personas en incapacidad temporal, solicitantes o perceptores de incapacidad permanente, casos de lesiones permanentes no incapacitantes, nacimiento y cuidado de menor o riesgo durante el embarazo. También se comunicarán por esta vía las citaciones para revisiones médicas y los requerimientos de documentación.

El plazo es clave

El ciudadano podrá recibir previamente un SMS o correo electrónico avisando de que existe una nueva comunicación, aunque estos mensajes tendrán carácter informativo. Para acceder al contenido será necesario disponer de Cl@ve, Certificado Digital o DNI electrónico.

La cuestión clave está en el plazo. Desde que la notificación esté disponible habrá diez días naturales para acceder a ella. Si transcurre ese periodo sin abrirla, se entenderá legalmente notificada, con las consecuencias que esto puede tener sobre alegaciones, reclamaciones, recursos o prestaciones.

Los sindicatos alertan de los riesgos

CSIF advierte de que "las personas afectadas dispondrán de diez días naturales para acceder a las notificaciones. Transcurrido ese plazo sin acceder a su contenido, se entenderán legalmente notificadas, lo que puede conllevar la pérdida de plazos para presentar alegaciones o recursos y, en determinados supuestos, afectar al mantenimiento de las prestaciones por incapacidad temporal".

UGT también alerta: "Si no acudes a una revisión médica obligatoria por no haber visto la notificación, podrían darte el alta médica y perder la prestación". Por ello, los sindicatos recomiendan mantener actualizados el teléfono y el correo electrónico en Importass, contar con identificación digital activa y revisar periódicamente la Sede Electrónica.

La medida también ha generado preocupación en el Consejo Español para la Defensa de la Discapacidad y la Dependencia (CEDDD). La entidad alerta de posibles dificultades para personas mayores, con discapacidad, dependencia, escasa alfabetización digital o sin acceso a internet, y reclama excepciones o canales alternativos de notificación para evitar nuevas barreras en el acceso a derechos sociales.

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