Hacienda aclara las novedades con bizum para 2026: así afectarán los cambios

La Agencia Tributaria ha emitido un comunicado en el que señala que las modificaciones no van a afectar a particulares

Una persona realiza un Bizum tras una comida.
Una persona realiza un Bizum tras una comida.
16 de diciembre de 2025 a las 12:27h

Hacienda ha emitido un comunicado señalando que en los últimos meses han circulado en Internet informaciones que alertaban sobre un supuesto impacto en los ciudadanos por nuevas obligaciones de la Agencia Tributaria relacionadas con los pagos mediante transferencia instantánea, como Bizum u otros sistemas equivalentes. Estas informaciones han sido calificadas como incorrectas por el Ministerio de Hacienda y la propia Agencia Tributaria.

La confusión surge en torno a una modificación normativa aprobada en abril de 2025, que establece que, a partir de febrero de 2026, las entidades financieras deberán informar mensualmente a la Agencia Tributaria sobre la facturación acumulada realizada a través de Bizum por empresarios y profesionales. Desde la aprobación de esta medida, los organismos fiscales han mantenido un contacto constante con las entidades financieras y han aclarado que su alcance es limitado.

Según lo detallado por la Agencia Tributaria, la información a suministrar incluye la identificación completa de los empresarios o profesionales adheridos al sistema de cobro mediante Bizum o sistemas equivalentes, el número de comercio con el que operan, los terminales de venta, el importe mensual facturado y las cuentas bancarias o de pago utilizadas para recibir los cobros.

¿Quién está obligado?

Esta obligación se centra exclusivamente en los cobros realizados por empresarios y profesionales establecidos en España. Los pagos entre particulares quedan completamente excluidos de esta declaración, por lo que no se requiere reportar los ‘bizums’ entre amigos, familiares o cualquier transacción privada.

Asimismo, la obligación informativa no implica que los ciudadanos deban realizar ninguna acción adicional. Los bancos remitirán a la Agencia Tributaria únicamente la información mensual acumulada de cada empresario o profesional, sin detallar cada operación individual, lo que limita el alcance sobre las transacciones particulares.

El Ministerio de Hacienda y la Agencia Tributaria han insistido en que estas medidas no afectan a los usuarios particulares, y que las informaciones que circulan en redes y medios digitales sobre supuestas obligaciones nuevas para todos los ciudadanos carecen de fundamento. La finalidad de la declaración es facilitar el control fiscal sobre la actividad profesional y empresarial, sin implicar cambios en el uso cotidiano de las transferencias instantáneas por parte del público general.

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Emilio Cabrera.

Emilio Cabrera

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