Toca revisar el manual. A partir del 1 de octubre entra en vigor una modificación del Reglamento General de Circulación que trae cambios importantes en toda España para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal. Así lo ha recordado el Ayuntamiento de El Puerto a través del área de Seguridad y Policía Local, que dirige el teniente de alcalde Jesús Garay.
Patinetes: 15 años y casco
Para conducir un vehículo de movilidad personal habrá que tener como mínimo 15 años. El casco pasa a ser obligatorio, y el chaleco reflectante también lo será de noche o cuando haya poca visibilidad. Quienes circulen con ellos por trabajo deberán llevarlo siempre. Estos vehículos tendrán que ir con el alumbrado encendido en todo momento, aunque esta exigencia no llegará hasta el 1 de octubre de 2027. Fuera de los núcleos urbanos, podrá permitirse que circulen por vías segregadas de los vehículos a motor, como las vías ciclistas o los carriles bici.
Bicicletas: más espacio y adelantamientos más seguros
En vías interurbanas, todos los ciclistas deberán llevar casco. Los riders que trabajan en bicicleta tendrán que usar siempre casco y chaleco reflectante.
Los adelantamientos cambian. En carretera, quien rebase a un ciclista deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si hay más de un carril por sentido, además, tendrá que cambiarse por completo de carril, sin olvidar la separación lateral de 1,5 metros.
En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para ganar seguridad, y los conductores que vayan detrás de ellos en el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de 5 metros. En las calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, el ayuntamiento podrá autorizar, con la señalización previa, que las bicis circulen en ambos sentidos.
Motos: guantes, calzado cerrado y arcén
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores estarán obligados a usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Este punto no será efectivo hasta que se apruebe la orden ministerial que fije sus especificaciones técnicas; mientras tanto, valdrán guantes de las mismas características que los que se usan ahora.
Otra novedad: las motos podrán ir por el arcén derecho cuando haya atasco, siempre que no superen los 30 km/h y el tramo esté señalizado. Los cascos de ciclomotor tendrán que estar homologados, y no bastará con que estén certificados, aunque esto no se aplicará hasta el 1 de octubre de 2027. Los riders que trabajen en moto deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
Cinturón para taxistas y autoescuelas
Los conductores de taxi, de vehículos de mercancías y de autoescuela deberán llevar siempre el cinturón. Queda una excepción: los pasajeros de ambulancias asistenciales preparadas para dar asistencia técnico-sanitaria en ruta, cuando ocupen el habitáculo del paciente durante un servicio de urgencia.
Nace el 'carril de emergencia'
Al pasar junto a vehículos detenidos por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, habrá que dejar 1,5 metros de separación lateral y bajar la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite.
En autopistas y autovías complicadas por la nieve, quedará prohibido adelantar. Se circulará solo por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para emergencias y quitanieves. Y en las retenciones, cuando el tráfico avance a paso de peatón o se detenga, los vehículos tendrán que apartarse hacia los lados para abrir un hueco central a la policía y los servicios de emergencia, el llamado “carril de emergencia”.
Semáforos, caminos escolares y autocaravanas
En las vías urbanas, en los pasos de peatones con semáforo, como norma general ya no podrán coincidir el ámbar intermitente para coches y el verde para peatones.
Los caminos escolares seguros adquieren entidad jurídica. Se definen como el conjunto de vías acondicionadas para que niños y niñas lleguen a su colegio a pie, en transporte público o en medios de movilidad no motorizados.
Por último, se regula cómo deben aparcar las autocaravanas. No podrán desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, entendido como su proyección en planta, tendrán que apoyarse únicamente sobre los neumáticos y no podrán verter fluidos del habitáculo.
Toca revisar el manual. A partir del 1 de octubre entra en vigor una modificación del Reglamento General de Circulación que trae cambios importantes en toda España para peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal. Así lo ha recordado el Ayuntamiento de El Puerto a través del área de Seguridad y Policía Local, que dirige el teniente de alcalde Jesús Garay.
Patinetes: 15 años y casco
Para conducir un vehículo de movilidad personal habrá que tener como mínimo 15 años. El casco pasa a ser obligatorio, y el chaleco reflectante también lo será de noche o cuando haya poca visibilidad. Quienes circulen con ellos por trabajo deberán llevarlo siempre. Estos vehículos tendrán que ir con el alumbrado encendido en todo momento, aunque esta exigencia no llegará hasta el 1 de octubre de 2027. Fuera de los núcleos urbanos, podrá permitirse que circulen por vías segregadas de los vehículos a motor, como las vías ciclistas o los carriles bici.
Bicicletas: más espacio y adelantamientos más seguros
En vías interurbanas, todos los ciclistas deberán llevar casco. Los riders que trabajan en bicicleta tendrán que usar siempre casco y chaleco reflectante.
Los adelantamientos cambian. En carretera, quien rebase a un ciclista deberá reducir su velocidad al menos 20 km/h respecto al límite de la vía. Si hay más de un carril por sentido, además, tendrá que cambiarse por completo de carril, sin olvidar la separación lateral de 1,5 metros.
En ciudad, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril para ganar seguridad, y los conductores que vayan detrás de ellos en el mismo carril deberán mantener una distancia mínima de 5 metros. En las calles de un solo carril limitadas a 30 km/h o menos, el ayuntamiento podrá autorizar, con la señalización previa, que las bicis circulen en ambos sentidos.
Motos: guantes, calzado cerrado y arcén
Conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores estarán obligados a usar guantes de protección en vías interurbanas y calzado cerrado en cualquier tipo de vía. Este punto no será efectivo hasta que se apruebe la orden ministerial que fije sus especificaciones técnicas; mientras tanto, valdrán guantes de las mismas características que los que se usan ahora.
Otra novedad: las motos podrán ir por el arcén derecho cuando haya atasco, siempre que no superen los 30 km/h y el tramo esté señalizado. Los cascos de ciclomotor tendrán que estar homologados, y no bastará con que estén certificados, aunque esto no se aplicará hasta el 1 de octubre de 2027. Los riders que trabajen en moto deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
Cinturón para taxistas y autoescuelas
Los conductores de taxi, de vehículos de mercancías y de autoescuela deberán llevar siempre el cinturón. Queda una excepción: los pasajeros de ambulancias asistenciales preparadas para dar asistencia técnico-sanitaria en ruta, cuando ocupen el habitáculo del paciente durante un servicio de urgencia.
Nace el 'carril de emergencia'
Al pasar junto a vehículos detenidos por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico, habrá que dejar 1,5 metros de separación lateral y bajar la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite.
En autopistas y autovías complicadas por la nieve, quedará prohibido adelantar. Se circulará solo por el carril derecho, dejando libre el izquierdo para emergencias y quitanieves. Y en las retenciones, cuando el tráfico avance a paso de peatón o se detenga, los vehículos tendrán que apartarse hacia los lados para abrir un hueco central a la policía y los servicios de emergencia, el llamado “carril de emergencia”.
Semáforos, caminos escolares y autocaravanas
En las vías urbanas, en los pasos de peatones con semáforo, como norma general ya no podrán coincidir el ámbar intermitente para coches y el verde para peatones.
Los caminos escolares seguros adquieren entidad jurídica. Se definen como el conjunto de vías acondicionadas para que niños y niñas lleguen a su colegio a pie, en transporte público o en medios de movilidad no motorizados.
Por último, se regula cómo deben aparcar las autocaravanas. No podrán desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, entendido como su proyección en planta, tendrán que apoyarse únicamente sobre los neumáticos y no podrán verter fluidos del habitáculo.
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