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La Justicia archiva las denuncias contra la nueva gerente del SAS

El sobreseimiento acordado es de carácter provisional, por lo que la aparición de nuevos elementos podría dar lugar a la reapertura del procedimiento, defiende el abogado del denunciante

  • María de los Ángeles García Rescalvo, nueva gerente del SAS.

La Audiencia de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta contra la actual gerente del Servicio Andaluz de Salud (SAS), María de los Ángeles García Rescalvo, al concluir que no existen indicios suficientes de los delitos de prevaricación administrativa y acoso laboral que se investigaban. La resolución judicial estima parcialmente el recurso presentado por la defensa de quien fuera gerente del hospital Virgen de las Nieves, una petición que también había respaldado la Fiscalía.

El auto, dictado este lunes, revoca la decisión adoptada por el Juzgado de Instrucción número 9 de Granada, que en octubre de 2025 había acordado continuar las actuaciones mediante el procedimiento abreviado. La Audiencia considera que las diligencias practicadas durante la instrucción no permiten apreciar todos los elementos necesarios para sustentar los delitos atribuidos ni sostener una expectativa razonable de condena.

En relación con el presunto delito de prevaricación, el tribunal analiza la suspensión de un proceso de selección para una jefatura hospitalaria al que concurría el médico querellante. La sala entiende que la decisión adoptada por la entonces gerente estuvo motivada por las circunstancias sobrevenidas derivadas de la pandemia de covid-19. Aunque apunta que la resolución podría haber contado con una fundamentación más detallada, concluye que no fue contraria a derecho ni existió una voluntad deliberada de vulnerar la legalidad. Además, recuerda que las convocatorias posteriores dependían del SAS y no de la dirección del hospital.

El abogado del denunciante no da por cerrado el caso

Respecto a la acusación de acoso laboral, la Audiencia descarta la existencia de un comportamiento hostil, humillante o continuado hacia el facultativo denunciante. El tribunal señala que tanto la apertura de una información reservada como la posterior incoación de un expediente disciplinario estaban respaldadas por informes previos que advertían de un uso irregular de grupos de WhatsApp con datos de pacientes, una práctica que vulneraba la normativa de protección de datos. Asimismo, considera que la incorporación de dos médicos al equipo de trasplantes respondió a instrucciones de la Dirección General del SAS para regularizar la situación del personal.

El abogado del querellante ha indicado a EFE que el archivo se ha acordado cuando todavía quedaban pendientes de resolución dos recursos, uno presentado antes de la solicitud de archivo formulada por la defensa de la gerente del SAS y otro posterior. También ha recordado que el sobreseimiento acordado es de carácter provisional, por lo que la aparición de nuevos elementos podría dar lugar a la reapertura del procedimiento.

La Audiencia de Granada ha acordado el sobreseimiento provisional y el archivo de la causa abierta contra la actual gerente del Servicio Andaluz de Salud (SAS), María de los Ángeles García Rescalvo, al concluir que no existen indicios suficientes de los delitos de prevaricación administrativa y acoso laboral que se investigaban. La resolución judicial estima parcialmente el recurso presentado por la defensa de quien fuera gerente del hospital Virgen de las Nieves, una petición que también había respaldado la Fiscalía.

El auto, dictado este lunes, revoca la decisión adoptada por el Juzgado de Instrucción número 9 de Granada, que en octubre de 2025 había acordado continuar las actuaciones mediante el procedimiento abreviado. La Audiencia considera que las diligencias practicadas durante la instrucción no permiten apreciar todos los elementos necesarios para sustentar los delitos atribuidos ni sostener una expectativa razonable de condena.

En relación con el presunto delito de prevaricación, el tribunal analiza la suspensión de un proceso de selección para una jefatura hospitalaria al que concurría el médico querellante. La sala entiende que la decisión adoptada por la entonces gerente estuvo motivada por las circunstancias sobrevenidas derivadas de la pandemia de covid-19. Aunque apunta que la resolución podría haber contado con una fundamentación más detallada, concluye que no fue contraria a derecho ni existió una voluntad deliberada de vulnerar la legalidad. Además, recuerda que las convocatorias posteriores dependían del SAS y no de la dirección del hospital.

El abogado del denunciante no da por cerrado el caso

Respecto a la acusación de acoso laboral, la Audiencia descarta la existencia de un comportamiento hostil, humillante o continuado hacia el facultativo denunciante. El tribunal señala que tanto la apertura de una información reservada como la posterior incoación de un expediente disciplinario estaban respaldadas por informes previos que advertían de un uso irregular de grupos de WhatsApp con datos de pacientes, una práctica que vulneraba la normativa de protección de datos. Asimismo, considera que la incorporación de dos médicos al equipo de trasplantes respondió a instrucciones de la Dirección General del SAS para regularizar la situación del personal.

El abogado del querellante ha indicado a EFE que el archivo se ha acordado cuando todavía quedaban pendientes de resolución dos recursos, uno presentado antes de la solicitud de archivo formulada por la defensa de la gerente del SAS y otro posterior. También ha recordado que el sobreseimiento acordado es de carácter provisional, por lo que la aparición de nuevos elementos podría dar lugar a la reapertura del procedimiento.

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