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Una familia reclama más de 223.000 euros por la muerte de un paciente tras dos operaciones de cáncer de colon en Sevilla

La demanda contra un seguro de salud sostiene que una discrepancia en la localización del tumor provocó una primera cirugía en una zona distinta y obligó a una nueva intervención

  • Instrumental médico en un quirófano.

La esposa y los hijos de un hombre de 74 años fallecido en Sevilla han presentado una reclamación contra un seguro de salud por una cuantía de 223.863,85 euros, al considerar que una presunta mala praxis médica durante el tratamiento de un cáncer de colon derivó en una cadena de complicaciones que terminó provocando su muerte.

Según recoge la demanda presentada por el letrado Pedro Arnaiz, el paciente acudió el 26 de junio de 2024 a un hospital sevillano por "un cuadro de disfagia alta y alteración del tránsito intestinal con heces pastosas y malolientes". Tras la valoración inicial, se solicitaron una gastroscopia y una colonoscopia que se realizaron el 3 de julio, pruebas en las que se detectó una lesión tumoral "situada a 45 centímetros del margen anal" y se procedió a tomar biopsias y realizar un tatuaje endoscópico con tinta china en la zona adyacente.

El informe anatomopatológico confirmó la existencia de un adenocarcinoma infiltrante de colon. Días después, un TAC mostró un "engrosamiento asimétrico de la pared del colon descendente". Sin embargo, durante la intervención programada del 16 de julio de 2024, los cirujanos localizaron el marcaje endoscópico en el colon transverso y modificaron el procedimiento, realizando una hemicolectomía derecha. La demanda sostiene que "sin verificar la causa de la discrepancia de localización, se practicó una hemicolectomía de una zona diferente y alejada de la inicialmente prevista".

Posteriormente, el estudio de la pieza extraída indicó, según la reclamación, "que el cáncer no había sido eliminado, ya que el segmento resecado no contenía la lesión tumoral diagnosticada previamente". Ante esta situación, el paciente tuvo que volver a ingresar el 3 de septiembre de 2024 para someterse a una segunda intervención, en la que sí se localizó el tumor en la zona señalada inicialmente por las pruebas diagnósticas.

El informe pericial relaciona la segunda operación con el desenlace fatal

Tras esta nueva cirugía, el paciente sufrió "graves complicaciones postoperatorias" y desarrolló un shock séptico que obligó a practicar una tercera intervención de urgencia y a su ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos. Finalmente, falleció el 6 de septiembre de 2024 como consecuencia de las complicaciones surgidas durante su evolución clínica.

La reclamación presentada por la familia se apoya en un informe pericial que concluye que la asistencia recibida "no se ajustó plenamente a la lex artis", al apreciar una discordancia entre las pruebas diagnósticas que situaban el tumor en el colon descendente y el marcaje quirúrgico localizado en el colon transverso, sin que conste una comprobación adicional mediante una colonoscopia intraoperatoria antes de realizar la primera resección.

El letrado Pedro Arnaiz sostiene además que "la realización de una segunda cirugía mayor incrementó significativamente el riesgo quirúrgico acumulado al que fue sometido el paciente, estableciendo una relación causal indirecta entre los errores detectados en el proceso asistencial y el desenlace final". En esta línea, defiende que "de haberse verificado correctamente la localización del tumor durante la primera intervención, la segunda operación nunca habría sido necesaria, habiéndose evitado las complicaciones que llevaron a su fallecimiento", motivo por el que la familia reclama la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

La esposa y los hijos de un hombre de 74 años fallecido en Sevilla han presentado una reclamación contra un seguro de salud por una cuantía de 223.863,85 euros, al considerar que una presunta mala praxis médica durante el tratamiento de un cáncer de colon derivó en una cadena de complicaciones que terminó provocando su muerte.

Según recoge la demanda presentada por el letrado Pedro Arnaiz, el paciente acudió el 26 de junio de 2024 a un hospital sevillano por "un cuadro de disfagia alta y alteración del tránsito intestinal con heces pastosas y malolientes". Tras la valoración inicial, se solicitaron una gastroscopia y una colonoscopia que se realizaron el 3 de julio, pruebas en las que se detectó una lesión tumoral "situada a 45 centímetros del margen anal" y se procedió a tomar biopsias y realizar un tatuaje endoscópico con tinta china en la zona adyacente.

El informe anatomopatológico confirmó la existencia de un adenocarcinoma infiltrante de colon. Días después, un TAC mostró un "engrosamiento asimétrico de la pared del colon descendente". Sin embargo, durante la intervención programada del 16 de julio de 2024, los cirujanos localizaron el marcaje endoscópico en el colon transverso y modificaron el procedimiento, realizando una hemicolectomía derecha. La demanda sostiene que "sin verificar la causa de la discrepancia de localización, se practicó una hemicolectomía de una zona diferente y alejada de la inicialmente prevista".

Posteriormente, el estudio de la pieza extraída indicó, según la reclamación, "que el cáncer no había sido eliminado, ya que el segmento resecado no contenía la lesión tumoral diagnosticada previamente". Ante esta situación, el paciente tuvo que volver a ingresar el 3 de septiembre de 2024 para someterse a una segunda intervención, en la que sí se localizó el tumor en la zona señalada inicialmente por las pruebas diagnósticas.

El informe pericial relaciona la segunda operación con el desenlace fatal

Tras esta nueva cirugía, el paciente sufrió "graves complicaciones postoperatorias" y desarrolló un shock séptico que obligó a practicar una tercera intervención de urgencia y a su ingreso en la Unidad de Cuidados Intensivos. Finalmente, falleció el 6 de septiembre de 2024 como consecuencia de las complicaciones surgidas durante su evolución clínica.

La reclamación presentada por la familia se apoya en un informe pericial que concluye que la asistencia recibida "no se ajustó plenamente a la lex artis", al apreciar una discordancia entre las pruebas diagnósticas que situaban el tumor en el colon descendente y el marcaje quirúrgico localizado en el colon transverso, sin que conste una comprobación adicional mediante una colonoscopia intraoperatoria antes de realizar la primera resección.

El letrado Pedro Arnaiz sostiene además que "la realización de una segunda cirugía mayor incrementó significativamente el riesgo quirúrgico acumulado al que fue sometido el paciente, estableciendo una relación causal indirecta entre los errores detectados en el proceso asistencial y el desenlace final". En esta línea, defiende que "de haberse verificado correctamente la localización del tumor durante la primera intervención, la segunda operación nunca habría sido necesaria, habiéndose evitado las complicaciones que llevaron a su fallecimiento", motivo por el que la familia reclama la indemnización por los daños y perjuicios ocasionados.

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