Una aseguradora del Ayuntamiento de Sevilla se quiere librar de pagar por el caso Magrudis

La compañía AIG pide su absolución en materia de responsabilidad civil porque la póliza "no cubre los daños"

Uno de los bienes embargados a Magrudis, que está en venta.
Uno de los bienes embargados a Magrudis, que está en venta.

La compañía aseguradora AIG, que tiene entre sus clientes al Ayuntamiento de Sevilla, asegura que la póliza contratada por el Consistorio "no cubre los daños" referentes al caso Magrudis, el brote de listeriosis por carne mechada que en 2019, que se saldó con cuatro muertes y seis abortos.

La aseguradora ha elevado un escrito de defensa al Juzgado de Instrucción número 10 de Sevilla asegurando que la póliza de seguros suscrita por el Ayuntamiento, incluido en el procedimiento judicial como responsable civil subsidiario, "no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman", por lo que solicita su absolución en materia de responsabilidad civil.

En su escrito de defensa, publicado por Europa Press, AIG detalla "los motivos por los que la póliza" de seguros suscrita por el Ayuntamiento de Sevilla con esta entidad "no habrá de asumir indemnización alguna por responsabilidad civil en relación a la reclamación de referencia".

Según la compañía aseguradora, la póliza EA19AP1123, en la que el Ayuntamiento hispalense figura como tomador, "no cubre la naturaleza de los daños que se reclaman", pues "viene destacado en el contrato de seguro que no encontrarán cobertura en el mismo todas aquellas reclamaciones por daños personales y materiales".

En su escrito, AIG indica que "dicha exclusión viene referida en la página 14 de la póliza y se encuentra dentro de las condiciones especiales en el apartado de exclusiones".

"Es palmario que la reclamación de referencia tiene su origen en los daños corporales sufridos por los numerosos perjudicados, por lo que no pueden caber dudas acerca de la perfecta aplicabilidad a la reclamación de la exclusión de daños personales y materiales", explica AIG insistiendo en que "la póliza, por su propio objeto, excluye expresamente la cobertura de los daños personales, que son precisamente aquellos que han sido ocasionados a los perjudicados en el presente procedimiento".

Es más, defiende que el Ayuntamiento "no solo aceptó expresamente a través de su firma que quedaban excluidas de cobertura reclamaciones por este tipo de daños, sino que en el propio pliego elaborado" para contratar una póliza "ya asumía que éstas quedarían fuera de cobertura", por lo que AIG reclama su absolución por serle "ajenos los hechos investigados" en esta causa.

Los acusados en este procedimiento son José Antonio Marín Ponce, administrador de hecho de Magrudis; su mujer, Encarnación Rodríguez Jiménez, responsable de producción y puesta en marcha del sistema de autocontrol de la empresa; sus hijos Sandro José Marín Rodríguez, administrador único de la citada mercantil, y Mario Marín Rodríguez, administrador único de Elaborados Cárnicos Mario; Sergio L.G., arquitecto técnico, y María José Ojeda, inspectora veterinaria municipal.

En el auto de apertura de apertura de juicio oral contra ellos, la juez instructora achaca a Sandro José Marín Rodríguez, José Antonio Marín Ponce, Mario Marín Rodríguez, Encarnación Rodríguez Jiménez, María José Ojeda, Magrudis S.L. y Elaborados Cárnicos Mario S.L., un presunto delito contra la salud pública en concurso ideal con cuatro delitos de homicidio imprudente, siete delitos de lesiones al feto por imprudencia grave con resultado de aborto y 245 delitos de lesiones por imprudencia grave, declarando responsables civiles a las compañías de seguros Axa S.A., Aig Europe S.A. (sucursal España) y Zurich España Compañía de Seguros y Reaseguros.

Asimismo, la magistrada reclamaba a Axa 5.166.688,50 euros, "si bien responderá hasta donde alcance el límite de garantía establecido en la póliza de seguro" contratada por Magrudis, constando ingresados 300.000 euros; mientras que también requería a las compañías de seguros Aig Europe y Zurich España para que prestasen fianza solidaria en cantidad de 5.166.688,50 euros, y al Ayuntamiento de Sevilla para que "preste fianza solidaria en cantidad de 5.025.648,40 euros (homicidios, abortos, lesionados, indemnización a la Junta de Andalucía)".

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