Okdiario y su director, Eduardo Inda, han sido condenados por un juzgado de Sevilla a publicar una rectificación tras difundir una información en la que atribuían a un informe de la Guardia Civil que el secretario general de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, formaba parte de una supuesta red de acoso. La sentencia considera que esa afirmación carecía de respaldo documental y concluye que la noticia incurrió en «la atribución a una autoridad pública de una conclusión fáctica que no tiene sustento documental alguno». La resolución obliga al medio a publicar una rectificación tanto en su página web como en sus perfiles de Twitter y Facebook.
La demanda por derecho de rectificación fue presentada por Rubén Sánchez el pasado mes de abril, después de que Eduardo Inda y la empresa editora de Okdiario, Dos Mil Palabras SL, rechazaran difundir el texto que les había requerido. La sentencia les obliga ahora a publicar un escrito en el que se precise que "La Guardia Civil NO dice que don Rubén Sánchez García es miembro de una red de acoso". Según la resolución, fechada el 16 de julio y notificada este lunes, el debate no reside en el uso de un titular llamativo, sino en atribuir a la Guardia Civil una afirmación que "no parece recogida en el propio atestado policial", cuando además el contenido de la noticia sostiene lo contrario.
El titular del Juzgado de la Plaza número 31 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Sevilla, Alejandro Surian Llano, rechaza el argumento de la defensa de Inda de que el contenido respondiera a una opinión. En la sentencia sostiene que "No se trata de un juicio de valor u opinión", sino de la atribución a una autoridad pública de una conclusión que "no tiene sustento documental alguno". Asimismo, añade que "Distinto sería que el mencionado titular contenga una valoración, expresión u opinión periodística, pero el hecho de atribuir a la Guardia Civil dicha afirmación convierte el contenido del titular en un hecho susceptible de rectificación".
La resolución también aprecia una contradicción entre el titular y el contenido de la información publicada. En este sentido, señala que "Observamos una discordancia esencial entre el titular y el cuerpo de la noticia", ya que mientras el encabezado situaba a Rubén Sánchez como integrante de una organización de acoso, el propio texto indicaba que "hasta la fecha no se han encontrado indicios que relacionen directamente a Rubén con la investigación llevada a cabo". Para el juez, esa contradicción afecta de forma directa al hecho cuya rectificación había sido solicitada.
La información y su viralidad
La información publicada por Okdiario fue reproducida posteriormente por Mediterráneo Digital, El Correo de Pozuelo y La Gaceta de la Iberosfera, aunque, según se recoge en el texto, los responsables de estos tres medios sí atendieron los requerimientos de rectificación enviados por Sánchez. Además, diversas personalidades vinculadas a la extrema derecha difundieron la noticia en redes sociales. Entre ellas figura la cofundadora de Vox Cristina Seguí, que aseguró ser "perjudicada" en el informe de la Guardia Civil y solicitó personarse en el procedimiento judicial para pedir la imputación de Sánchez. La jueza rechazó esa petición al considerar que la causa no guardaba relación con ella y recordando que el procedimiento tiene su origen en una denuncia presentada por Alberto Gonzalo de Juan, alias Alberto Pugilato.
Con esta resolución, Rubén Sánchez suma, según FACUA, 31 sentencias favorables frente a personas y negocios del entorno de la extrema derecha y cinco condenas contra Eduardo Inda y Okdiario derivadas de tres demandas de rectificación. Los dos procedimientos anteriores dieron lugar a cuatro sentencias, entre primera instancia y Audiencia Provincial, que obligaron al digital a publicar las rectificaciones reclamadas. La primera estaba relacionada con una información de octubre de 2020 en la que se afirmaba erróneamente que Sánchez había sido condenado por llamar "tarada" y "mascota" a una mujer, mientras que la segunda respondía a otra noticia falsa publicada ese mismo mes en la que se aseguraba que había llamado "homófobo" a un cargo de Ciudadanos en la Junta de Andalucía. En ambos casos, las resoluciones obligaron a Okdiario a publicar los textos de rectificación en su portada durante un día y también en sus perfiles de Twitter y Facebook.
Okdiario y su director, Eduardo Inda, han sido condenados por un juzgado de Sevilla a publicar una rectificación tras difundir una información en la que atribuían a un informe de la Guardia Civil que el secretario general de Facua-Consumidores en Acción, Rubén Sánchez, formaba parte de una supuesta red de acoso. La sentencia considera que esa afirmación carecía de respaldo documental y concluye que la noticia incurrió en «la atribución a una autoridad pública de una conclusión fáctica que no tiene sustento documental alguno». La resolución obliga al medio a publicar una rectificación tanto en su página web como en sus perfiles de Twitter y Facebook.
La demanda por derecho de rectificación fue presentada por Rubén Sánchez el pasado mes de abril, después de que Eduardo Inda y la empresa editora de Okdiario, Dos Mil Palabras SL, rechazaran difundir el texto que les había requerido. La sentencia les obliga ahora a publicar un escrito en el que se precise que "La Guardia Civil NO dice que don Rubén Sánchez García es miembro de una red de acoso". Según la resolución, fechada el 16 de julio y notificada este lunes, el debate no reside en el uso de un titular llamativo, sino en atribuir a la Guardia Civil una afirmación que "no parece recogida en el propio atestado policial", cuando además el contenido de la noticia sostiene lo contrario.
El titular del Juzgado de la Plaza número 31 de la Sección Civil del Tribunal de Instancia de Sevilla, Alejandro Surian Llano, rechaza el argumento de la defensa de Inda de que el contenido respondiera a una opinión. En la sentencia sostiene que "No se trata de un juicio de valor u opinión", sino de la atribución a una autoridad pública de una conclusión que "no tiene sustento documental alguno". Asimismo, añade que "Distinto sería que el mencionado titular contenga una valoración, expresión u opinión periodística, pero el hecho de atribuir a la Guardia Civil dicha afirmación convierte el contenido del titular en un hecho susceptible de rectificación".
La resolución también aprecia una contradicción entre el titular y el contenido de la información publicada. En este sentido, señala que "Observamos una discordancia esencial entre el titular y el cuerpo de la noticia", ya que mientras el encabezado situaba a Rubén Sánchez como integrante de una organización de acoso, el propio texto indicaba que "hasta la fecha no se han encontrado indicios que relacionen directamente a Rubén con la investigación llevada a cabo". Para el juez, esa contradicción afecta de forma directa al hecho cuya rectificación había sido solicitada.
La información y su viralidad
La información publicada por Okdiario fue reproducida posteriormente por Mediterráneo Digital, El Correo de Pozuelo y La Gaceta de la Iberosfera, aunque, según se recoge en el texto, los responsables de estos tres medios sí atendieron los requerimientos de rectificación enviados por Sánchez. Además, diversas personalidades vinculadas a la extrema derecha difundieron la noticia en redes sociales. Entre ellas figura la cofundadora de Vox Cristina Seguí, que aseguró ser "perjudicada" en el informe de la Guardia Civil y solicitó personarse en el procedimiento judicial para pedir la imputación de Sánchez. La jueza rechazó esa petición al considerar que la causa no guardaba relación con ella y recordando que el procedimiento tiene su origen en una denuncia presentada por Alberto Gonzalo de Juan, alias Alberto Pugilato.
Con esta resolución, Rubén Sánchez suma, según FACUA, 31 sentencias favorables frente a personas y negocios del entorno de la extrema derecha y cinco condenas contra Eduardo Inda y Okdiario derivadas de tres demandas de rectificación. Los dos procedimientos anteriores dieron lugar a cuatro sentencias, entre primera instancia y Audiencia Provincial, que obligaron al digital a publicar las rectificaciones reclamadas. La primera estaba relacionada con una información de octubre de 2020 en la que se afirmaba erróneamente que Sánchez había sido condenado por llamar "tarada" y "mascota" a una mujer, mientras que la segunda respondía a otra noticia falsa publicada ese mismo mes en la que se aseguraba que había llamado "homófobo" a un cargo de Ciudadanos en la Junta de Andalucía. En ambos casos, las resoluciones obligaron a Okdiario a publicar los textos de rectificación en su portada durante un día y también en sus perfiles de Twitter y Facebook.
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