La Audiencia Provincial de Salamanca ha estimado el recurso presentado por la Fiscalía y ha revocado el permiso penitenciario de cuatro días concedido a Alfonso Basterra, condenado a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta en 2013. Basterra cumple actualmente condena en el centro penitenciario de Topas y había obtenido la autorización tras una resolución favorable del juez de vigilancia penitenciaria.
En su resolución, la Audiencia considera que "en este momento no concurren en el penado las condiciones mínimas exigibles para beneficiarse de un permiso ordinario de salida". El tribunal sostiene que la concesión del permiso no resulta adecuada dadas las circunstancias del caso y la situación penitenciaria del interno.
La Sala fundamenta su decisión en varios factores, entre ellos "la extrema gravedad del delito cometido", en referencia al asesinato de su hija menor, así como "la lejanía aún significativa en el cumplimiento de la condena". También subraya "la falta absoluta de asunción de responsabilidad derivada de la negación persistente de los hechos", un aspecto que considera determinante para rechazar la salida temporal solicitada por el recluso.
Con esta decisión, la Audiencia deja sin efecto el auto dictado el pasado 24 de marzo por el titular de la plaza 5 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal de Instancia de Salamanca. Aquel pronunciamiento había estimado la queja presentada por Basterra contra el acuerdo de la Junta de Tratamiento de la prisión de Topas, que previamente había rechazado concederle el permiso.
Una decisión prematura
El tribunal provincial entiende que, pese a la "buena conducta" mantenida por el interno en prisión, la autorización del permiso resultaba "prematura e injustificada". Por ello, considera que debe prevalecer "el criterio técnico de la Junta de Tratamiento", que rechazó la solicitud por amplia mayoría. Según las fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Fiscalía argumentó en su recurso que la Junta de Tratamiento votó en contra por ocho votos frente a uno, además de insistir en la gravedad del delito y en el hecho de que las tres cuartas partes de la condena no se cumplirán hasta marzo de 2027, mientras que la pena completa finalizará en 2031.
Alfonso Basterra fue condenado junto a Rosario Porto, madre de Asunta y expareja del acusado. Porto se suicidó en 2020 en la prisión de Brieva, en Ávila, después de haber pasado por otros centros penitenciarios gallegos. Ninguno de los dos reconoció su participación en la muerte de la menor, cuyo cuerpo fue hallado en una pista forestal cercana a una propiedad de Porto. Un jurado popular declaró por unanimidad culpables a ambos después de que los análisis toxicológicos determinasen que Asunta había sido sedada con benzodiacepinas durante meses antes de su fallecimiento.
La Audiencia Provincial de Salamanca ha estimado el recurso presentado por la Fiscalía y ha revocado el permiso penitenciario de cuatro días concedido a Alfonso Basterra, condenado a 18 años de prisión por el asesinato de su hija Asunta en 2013. Basterra cumple actualmente condena en el centro penitenciario de Topas y había obtenido la autorización tras una resolución favorable del juez de vigilancia penitenciaria.
En su resolución, la Audiencia considera que "en este momento no concurren en el penado las condiciones mínimas exigibles para beneficiarse de un permiso ordinario de salida". El tribunal sostiene que la concesión del permiso no resulta adecuada dadas las circunstancias del caso y la situación penitenciaria del interno.
La Sala fundamenta su decisión en varios factores, entre ellos "la extrema gravedad del delito cometido", en referencia al asesinato de su hija menor, así como "la lejanía aún significativa en el cumplimiento de la condena". También subraya "la falta absoluta de asunción de responsabilidad derivada de la negación persistente de los hechos", un aspecto que considera determinante para rechazar la salida temporal solicitada por el recluso.
Con esta decisión, la Audiencia deja sin efecto el auto dictado el pasado 24 de marzo por el titular de la plaza 5 de la Sección de Vigilancia Penitenciaria del Tribunal de Instancia de Salamanca. Aquel pronunciamiento había estimado la queja presentada por Basterra contra el acuerdo de la Junta de Tratamiento de la prisión de Topas, que previamente había rechazado concederle el permiso.
Una decisión prematura
El tribunal provincial entiende que, pese a la "buena conducta" mantenida por el interno en prisión, la autorización del permiso resultaba "prematura e injustificada". Por ello, considera que debe prevalecer "el criterio técnico de la Junta de Tratamiento", que rechazó la solicitud por amplia mayoría. Según las fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, la Fiscalía argumentó en su recurso que la Junta de Tratamiento votó en contra por ocho votos frente a uno, además de insistir en la gravedad del delito y en el hecho de que las tres cuartas partes de la condena no se cumplirán hasta marzo de 2027, mientras que la pena completa finalizará en 2031.
Alfonso Basterra fue condenado junto a Rosario Porto, madre de Asunta y expareja del acusado. Porto se suicidó en 2020 en la prisión de Brieva, en Ávila, después de haber pasado por otros centros penitenciarios gallegos. Ninguno de los dos reconoció su participación en la muerte de la menor, cuyo cuerpo fue hallado en una pista forestal cercana a una propiedad de Porto. Un jurado popular declaró por unanimidad culpables a ambos después de que los análisis toxicológicos determinasen que Asunta había sido sedada con benzodiacepinas durante meses antes de su fallecimiento.
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