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Un reincidente en homicidio mata en Sevilla de un disparo en la nuca a su socio: le roba cuando agonizaba

Un jurado popular condena a 20 años de prisión a un hombre con antecedentes por homicidio que mató a su compinche de trapicheos dentro de un coche en el Parque Alcosa

  • Calle Capellán Leonardo del Castillo, en Parque Alcosa, al Este de Sevilla. -

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a veinte años de prisión a M. J. N. M., un hombre de 57 años con antecedentes por homicidio y robo, por asesinar a su colaborador habitual de trapicheos de un tiro en la cabeza disparado por la espalda dentro de un vehículo en el barrio sevillano del Parque Alcosa, robarle a continuación la bandolera con 1.050 euros en efectivo mientras la víctima aún respiraba, y falsificar después las placas de su coche con un rotulador negro para burlar las cámaras de tráfico.

El juicio, celebrado ante un Tribunal del Jurado durante cinco días del pasado abril, concluyó con un veredicto de culpabilidad unánime y con el propio jurado pronunciándose expresamente, también por unanimidad, contra cualquier posibilidad de indulto o suspensión de condena.

La víctima era E. F. B., un hombre de 37 años, casado y padre de tres hijas —dos de ellas menores de edad—, que trabajaba junto al condenado como intermediario en operaciones de compraventa de droga a cambio de una cantidad en efectivo. El 18 de febrero de 2024, sobre las cuatro de la tarde, M. J. llegó con su Opel Corsa azul celeste al domicilio de E. para, en apariencia, realizar una transacción más. Junto a ellos viajaba también V. A. M., una mujer de 44 años que solía acompañarles habitualmente. Lo que ninguno de los otros dos pasajeros sabía —según declaró el jurado probado— era que M. J. ya había tomado la decisión de matar a E. ese día, por razones que la investigación no ha podido esclarecer.

Una trampa preparada con frialdad: el arma oculta bajo un chaquetón

La premeditación, según detalla la sentencia remitida a los medios, quedó acreditada por varios indicios que el jurado valoró de forma acumulativa. Días antes del crimen, un agente de la Policía Nacional testificó haber comprobado, al acceder al teléfono móvil del acusado, que este había estado buscando armas en Google. El día de los hechos, M. J. llevaba escondida bajo un chaquetón, en el asiento trasero derecho del vehículo, una pistola de 9 mm corto que había adquirido pese a no tener licencia de armas. Para dejar libre ese asiento y poder acceder al arma sin obstáculos, indicó a V. que se sentara detrás del conductor, cambiando su posición habitual. E. ocupó, como siempre, el asiento del copiloto. El propio acusado reconoció en el juicio haber dispuesto él mismo los asientos de esa manera.

Durante el trayecto, M. J. paró el coche a la altura de la calle Capellán Leonardo del Castillo, en las inmediaciones del mercadillo del Parque Alcosa, alegando que se había encendido un piloto del vehículo. Se bajó, rodeó el coche, abrió la puerta trasera derecha, cogió el arma y disparó a E. por detrás en la cabeza, en sentido ascendente, a menos de 50 centímetros de distancia. El médico forense que practicó la autopsia declaró en el juicio que el disparo se efectuó de forma perpendicular al eje del cuerpo, de izquierda a derecha, de atrás hacia adelante, y que la víctima no presentaba ninguna lesión defensiva: no tuvo ni un instante para reaccionar. La pistola, según los peritos de Policía Científica, era antigua y no estaba bien conservada, lo que explica que el proyectil no atravesara el cráneo, pero sí causara la muerte.

Robó el dinero y ayudó a buscar el cadáver a la propia viuda

Tras el disparo, M. J. volvió a subir al coche, avanzó unos metros y paró de nuevo. Abrió la puerta del copiloto, sacó el cuerpo de E. —que aún vivía— y lo dejó tirado en el suelo. Le arrancó la bandolera verde que llevaba, le vació los bolsillos del pantalón —que quedaron vueltos hacia afuera, según constató la médico forense al levantar el cadáver— y se apropió de los aproximadamente 1.050 euros en efectivo que E. llevaba encima para pagar la transacción que supuestamente iban a realizar. La esposa de la víctima declaró en el juicio que sabía que su marido portaba ese dinero cuando salió de casa. E. F. B. falleció sobre las 16.45 horas, poco después de que varios transeúntes lo encontraran y alertaran a los servicios de urgencias, que no lograron salvarle.

Lo que siguió fue un ejercicio de sangre fría que el jurado también declaró probado: M. J. condujo hasta una gasolinera BP del polígono Fuentequintillo de Montequinto, donde intentó limpiar las manchas de sangre del interior del coche e introdujo el vehículo en el túnel de lavado. Después dejó a V. en la barriada de las 3.000 Viviendas, dándole 50 euros y advirtiéndola de que no contara nada. Mientras tanto, los familiares de E. comenzaban a llamar desesperados para saber dónde estaba.

M. J. no solo negó saber nada, sino que llegó a subir en su propio coche a la viuda y a otros familiares para simular que lo buscaba por distintas zonas de la ciudad, conociendo perfectamente que lo había matado esa misma tarde. Solo fue detenido tres días después, el 21 de febrero de 2024, en un bar de la zona de Su Eminencia, donde tenía aparcado el coche con la matrícula manipulada: había convertido el número 3 en un 8 y la letra F en una E con un rotulador negro, una alteración que, pese a resultar visible a simple vista en la placa delantera, era suficiente para engañar a las cámaras de tráfico, especialmente en la trasera, según confirmaron los agentes de Policía Científica.

El tercer acusado, F. J. S. C., de 62 años, fue señalado por la acusación particular como el hombre que habría entregado a M. J. la pistola utilizada antes del crimen —era conocido por el alias "C." y colaboraba repartiendo comida en el bar donde fue detenido el asesino—. Sin embargo, el jurado consideró no probados estos hechos por unanimidad y fue absuelto libremente. La pistola nunca fue recuperada pese a la exhaustiva investigación policial.

V. A. M., la única testigo directa del asesinato, fue condenada a cuatro meses de prisión por encubrimiento. El jurado descartó que supiera de antemano el plan de M. J. —rechazando así la acusación de la familia de la víctima, que la señalaba como cómplice del asesinato y del robo— y consideró probado que el disparo la pilló por sorpresa. No obstante, guardó silencio durante las primeras horas, ocultando lo ocurrido a los familiares de E. mientras estos lo buscaban desesperados, y solo confesó cuando la policía fue a localizarla al día siguiente de que apareciera el cadáver. Su declaración fue, paradójicamente, pieza clave para reconstruir el crimen: gracias a ella se localizó la bandolera arrojada y se pudo reconstruir el recorrido exacto del vehículo.

Dos agentes de Policía Nacional testificaron sobre su actitud colaboradora. El jurado le apreció tres atenuantes —drogodependencia, miedo insuperable en grado de eximente incompleta y colaboración con la justicia—, lo que permitió rebajar la pena por debajo del mínimo legal del delito de encubrimiento.

La sentencia, dictada el 20 de abril de 2026 por la magistrada-presidenta Dª Patricia Fernández Franco, condena además a M. J. N. M. a indemnizar a los familiares de la víctima con un total de 395.000 euros: 75.000 euros para la madre, 90.000 euros para cada una de sus tres hijas y 50.000 euros para su viuda —cantidad que incluye los 1.050 euros robados—. El condenado arrastra además antecedentes por un delito de homicidio cometido en 2002, penas que extinguió en 2018, lo que le convierte en reincidente en crimen violento y determinó que el jurado fijara la condena en 20 años —dentro de la horquilla de 15 a 25 que prevé el Código Penal para el asesinato con alevosía—. La resolución puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a veinte años de prisión a M. J. N. M., un hombre de 57 años con antecedentes por homicidio y robo, por asesinar a su colaborador habitual de trapicheos de un tiro en la cabeza disparado por la espalda dentro de un vehículo en el barrio sevillano del Parque Alcosa, robarle a continuación la bandolera con 1.050 euros en efectivo mientras la víctima aún respiraba, y falsificar después las placas de su coche con un rotulador negro para burlar las cámaras de tráfico.

El juicio, celebrado ante un Tribunal del Jurado durante cinco días del pasado abril, concluyó con un veredicto de culpabilidad unánime y con el propio jurado pronunciándose expresamente, también por unanimidad, contra cualquier posibilidad de indulto o suspensión de condena.

La víctima era E. F. B., un hombre de 37 años, casado y padre de tres hijas —dos de ellas menores de edad—, que trabajaba junto al condenado como intermediario en operaciones de compraventa de droga a cambio de una cantidad en efectivo. El 18 de febrero de 2024, sobre las cuatro de la tarde, M. J. llegó con su Opel Corsa azul celeste al domicilio de E. para, en apariencia, realizar una transacción más. Junto a ellos viajaba también V. A. M., una mujer de 44 años que solía acompañarles habitualmente. Lo que ninguno de los otros dos pasajeros sabía —según declaró el jurado probado— era que M. J. ya había tomado la decisión de matar a E. ese día, por razones que la investigación no ha podido esclarecer.

Una trampa preparada con frialdad: el arma oculta bajo un chaquetón

La premeditación, según detalla la sentencia remitida a los medios, quedó acreditada por varios indicios que el jurado valoró de forma acumulativa. Días antes del crimen, un agente de la Policía Nacional testificó haber comprobado, al acceder al teléfono móvil del acusado, que este había estado buscando armas en Google. El día de los hechos, M. J. llevaba escondida bajo un chaquetón, en el asiento trasero derecho del vehículo, una pistola de 9 mm corto que había adquirido pese a no tener licencia de armas. Para dejar libre ese asiento y poder acceder al arma sin obstáculos, indicó a V. que se sentara detrás del conductor, cambiando su posición habitual. E. ocupó, como siempre, el asiento del copiloto. El propio acusado reconoció en el juicio haber dispuesto él mismo los asientos de esa manera.

Durante el trayecto, M. J. paró el coche a la altura de la calle Capellán Leonardo del Castillo, en las inmediaciones del mercadillo del Parque Alcosa, alegando que se había encendido un piloto del vehículo. Se bajó, rodeó el coche, abrió la puerta trasera derecha, cogió el arma y disparó a E. por detrás en la cabeza, en sentido ascendente, a menos de 50 centímetros de distancia. El médico forense que practicó la autopsia declaró en el juicio que el disparo se efectuó de forma perpendicular al eje del cuerpo, de izquierda a derecha, de atrás hacia adelante, y que la víctima no presentaba ninguna lesión defensiva: no tuvo ni un instante para reaccionar. La pistola, según los peritos de Policía Científica, era antigua y no estaba bien conservada, lo que explica que el proyectil no atravesara el cráneo, pero sí causara la muerte.

Robó el dinero y ayudó a buscar el cadáver a la propia viuda

Tras el disparo, M. J. volvió a subir al coche, avanzó unos metros y paró de nuevo. Abrió la puerta del copiloto, sacó el cuerpo de E. —que aún vivía— y lo dejó tirado en el suelo. Le arrancó la bandolera verde que llevaba, le vació los bolsillos del pantalón —que quedaron vueltos hacia afuera, según constató la médico forense al levantar el cadáver— y se apropió de los aproximadamente 1.050 euros en efectivo que E. llevaba encima para pagar la transacción que supuestamente iban a realizar. La esposa de la víctima declaró en el juicio que sabía que su marido portaba ese dinero cuando salió de casa. E. F. B. falleció sobre las 16.45 horas, poco después de que varios transeúntes lo encontraran y alertaran a los servicios de urgencias, que no lograron salvarle.

Lo que siguió fue un ejercicio de sangre fría que el jurado también declaró probado: M. J. condujo hasta una gasolinera BP del polígono Fuentequintillo de Montequinto, donde intentó limpiar las manchas de sangre del interior del coche e introdujo el vehículo en el túnel de lavado. Después dejó a V. en la barriada de las 3.000 Viviendas, dándole 50 euros y advirtiéndola de que no contara nada. Mientras tanto, los familiares de E. comenzaban a llamar desesperados para saber dónde estaba.

M. J. no solo negó saber nada, sino que llegó a subir en su propio coche a la viuda y a otros familiares para simular que lo buscaba por distintas zonas de la ciudad, conociendo perfectamente que lo había matado esa misma tarde. Solo fue detenido tres días después, el 21 de febrero de 2024, en un bar de la zona de Su Eminencia, donde tenía aparcado el coche con la matrícula manipulada: había convertido el número 3 en un 8 y la letra F en una E con un rotulador negro, una alteración que, pese a resultar visible a simple vista en la placa delantera, era suficiente para engañar a las cámaras de tráfico, especialmente en la trasera, según confirmaron los agentes de Policía Científica.

El tercer acusado, F. J. S. C., de 62 años, fue señalado por la acusación particular como el hombre que habría entregado a M. J. la pistola utilizada antes del crimen —era conocido por el alias "C." y colaboraba repartiendo comida en el bar donde fue detenido el asesino—. Sin embargo, el jurado consideró no probados estos hechos por unanimidad y fue absuelto libremente. La pistola nunca fue recuperada pese a la exhaustiva investigación policial.

V. A. M., la única testigo directa del asesinato, fue condenada a cuatro meses de prisión por encubrimiento. El jurado descartó que supiera de antemano el plan de M. J. —rechazando así la acusación de la familia de la víctima, que la señalaba como cómplice del asesinato y del robo— y consideró probado que el disparo la pilló por sorpresa. No obstante, guardó silencio durante las primeras horas, ocultando lo ocurrido a los familiares de E. mientras estos lo buscaban desesperados, y solo confesó cuando la policía fue a localizarla al día siguiente de que apareciera el cadáver. Su declaración fue, paradójicamente, pieza clave para reconstruir el crimen: gracias a ella se localizó la bandolera arrojada y se pudo reconstruir el recorrido exacto del vehículo.

Dos agentes de Policía Nacional testificaron sobre su actitud colaboradora. El jurado le apreció tres atenuantes —drogodependencia, miedo insuperable en grado de eximente incompleta y colaboración con la justicia—, lo que permitió rebajar la pena por debajo del mínimo legal del delito de encubrimiento.

La sentencia, dictada el 20 de abril de 2026 por la magistrada-presidenta Dª Patricia Fernández Franco, condena además a M. J. N. M. a indemnizar a los familiares de la víctima con un total de 395.000 euros: 75.000 euros para la madre, 90.000 euros para cada una de sus tres hijas y 50.000 euros para su viuda —cantidad que incluye los 1.050 euros robados—. El condenado arrastra además antecedentes por un delito de homicidio cometido en 2002, penas que extinguió en 2018, lo que le convierte en reincidente en crimen violento y determinó que el jurado fijara la condena en 20 años —dentro de la horquilla de 15 a 25 que prevé el Código Penal para el asesinato con alevosía—. La resolución puede ser recurrida en apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de diez días.

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