La Policía Local de Sevilla comenzará a sancionar a partir de este lunes a los usuarios de patinetes eléctricos que incumplan la ordenanza municipal que regula el uso y circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad. Aunque la reforma normativa entró en vigor el pasado miércoles, durante los primeros días los agentes se han limitado a informar a los conductores sobre los cambios introducidos. Solo en esa jornada inicial, alrededor de 200 usuarios recibieron avisos sobre las nuevas disposiciones.
El alcalde de Sevilla, José Luis Sanz, ha defendido que la ordenanza busca reforzar la seguridad tanto de los usuarios de patinetes como de los peatones. El regidor ha vinculado la reforma al incremento de accidentes relacionados con este medio de transporte, según los datos registrados por los centros hospitalarios de la ciudad. No obstante, ha precisado que las denuncias ya se están tramitando en los casos considerados graves.
Según ha explicado el primer edil, la actuación policial será flexible durante los primeros días de aplicación, pero a partir del lunes se iniciará el régimen sancionador completo. Mientras tanto, las infracciones graves ya están siendo denunciadas, en un periodo de transición destinado a facilitar la adaptación de los usuarios a la nueva normativa.
Entre las principales modificaciones destaca la prohibición de estacionar los patinetes en aceras y zonas peatonales, así como de anclarlos al mobiliario urbano o al arbolado. El estacionamiento solo estará permitido en espacios habilitados. Asimismo, se establece la obligación de utilizar casco homologado y chaleco reflectante durante la circulación.
La ordenanza permite circular únicamente por vías ciclistas a los VMP cuya potencia nominal no supere los 250 vatios, con una velocidad máxima de 15 km/h, que deberá reducirse a 10 km/h en itinerarios compartidos con peatones. Estas normas se equiparan a las de las bicicletas e incluyen la obligación de desmontar en situaciones de aglomeración. La edad mínima para conducir estos vehículos se mantiene en 15 años, un requisito solicitado por la policía local al equipararlo con la edad permitida para conducir motocicletas.
Otras prohibiciones
Además, la normativa estatal mantiene la prohibición de circular por aceras, zonas peatonales y túneles urbanos; limita su uso a una sola persona; exige alumbrado reglamentario, seguro de responsabilidad civil, certificado de circulación y registro en la Dirección General de Tráfico. También se prohíbe conducir utilizando auriculares o dispositivos móviles, así como hacerlo bajo los efectos del alcohol o las drogas.
El régimen sancionador contempla multas de entre 50 y 100 euros para infracciones leves, como estacionar en zonas prohibidas o anclar los patinetes al mobiliario urbano. Las infracciones graves, como circular sin la edad mínima, no usar casco o chaleco reflectante, o utilizar vehículos que excedan la potencia permitida, se sancionarán con entre 101 y 200 euros. Las muy graves conllevarán multas de entre 201 y 500 euros, elevando el límite máximo anterior de 400 euros, según ha establecido el Ayuntamiento.


