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Facua cuestiona a la Junta por no sancionar la publicidad de una tienda de vapeo de El Puerto

Facua Cádiz cuestiona que Salud y Consumo no haya sancionado a Joncris Vaper después de que el establecimiento retirara un cartel que atribuía al vapeo propiedades beneficiosas y reducía sus riesgos

  • Un artilugio para vapear, en una imagen de archivo. -

Facua Cádiz ha mostrado su rechazo a la decisión de la Delegación Territorial de Salud y Consumo de archivar una denuncia contra Joncris Vaper, un establecimiento de El Puerto que exhibía publicidad en la que se atribuían propiedades beneficiosas al vapeo y se minimizaban sus posibles riesgos.

La asociación había denunciado un cartel en el que se aseguraba que vapear era "una alternativa menos dañina al tabaquismo", que el vapor "no contiene ningún carcinógeno o alquitrán" y que "los cigarrillos electrónicos son aproximadamente un 95 % menos dañinos que fumar". También señalaba que el vapeo había ayudado a miles de personas a dejar de fumar.

Facua sostiene que estas afirmaciones se trasladaban al consumidor como hechos objetivos, sin respaldo científico ni contextualización sobre el debate existente alrededor de los riesgos de estos productos.

El cartel fue retirado tras la inspección

La resolución administrativa reconoce que la empresa retiró voluntariamente la publicidad después de la actuación inspectora. Pese a ello, se decidió no abrir un procedimiento sancionador al entender que "no se constata infracción en materia de consumo".

Para Facua Cádiz, esta conclusión resulta contradictoria. La organización considera difícil sostener que el contenido cumplía plenamente la normativa cuando el propio establecimiento optó por retirarlo después de la denuncia y la inspección.

En su escrito, la asociación defendió que esos mensajes podían constituir publicidad engañosa, al poder inducir a error sobre las características y riesgos reales de los cigarrillos electrónicos. Facua citó la Ley General de Publicidad, la Ley de Competencia Desleal y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Facua teme que se siente un precedente

La Administración asumió el criterio de la Inspección de Consumo, que consideró suficiente la retirada voluntaria del cartel y destacó la colaboración de la empresa durante la investigación.

Facua Cádiz considera preocupante que se traslade el mensaje de que retirar una publicidad potencialmente ilícita después de ser denunciada puede evitar consecuencias administrativas. A su juicio, esto reduce el efecto disuasorio de la normativa.

La asociación insiste en que la protección de los consumidores requiere una actuación firme ante mensajes que puedan inducir a error, especialmente cuando están relacionados con la salud. Para Facua, la retirada del cartel debería haberse interpretado como un indicio sobre la falta de garantías del mensaje y no como un motivo para archivar el expediente.

Facua Cádiz ha mostrado su rechazo a la decisión de la Delegación Territorial de Salud y Consumo de archivar una denuncia contra Joncris Vaper, un establecimiento de El Puerto que exhibía publicidad en la que se atribuían propiedades beneficiosas al vapeo y se minimizaban sus posibles riesgos.

La asociación había denunciado un cartel en el que se aseguraba que vapear era "una alternativa menos dañina al tabaquismo", que el vapor "no contiene ningún carcinógeno o alquitrán" y que "los cigarrillos electrónicos son aproximadamente un 95 % menos dañinos que fumar". También señalaba que el vapeo había ayudado a miles de personas a dejar de fumar.

Facua sostiene que estas afirmaciones se trasladaban al consumidor como hechos objetivos, sin respaldo científico ni contextualización sobre el debate existente alrededor de los riesgos de estos productos.

El cartel fue retirado tras la inspección

La resolución administrativa reconoce que la empresa retiró voluntariamente la publicidad después de la actuación inspectora. Pese a ello, se decidió no abrir un procedimiento sancionador al entender que "no se constata infracción en materia de consumo".

Para Facua Cádiz, esta conclusión resulta contradictoria. La organización considera difícil sostener que el contenido cumplía plenamente la normativa cuando el propio establecimiento optó por retirarlo después de la denuncia y la inspección.

En su escrito, la asociación defendió que esos mensajes podían constituir publicidad engañosa, al poder inducir a error sobre las características y riesgos reales de los cigarrillos electrónicos. Facua citó la Ley General de Publicidad, la Ley de Competencia Desleal y el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

Facua teme que se siente un precedente

La Administración asumió el criterio de la Inspección de Consumo, que consideró suficiente la retirada voluntaria del cartel y destacó la colaboración de la empresa durante la investigación.

Facua Cádiz considera preocupante que se traslade el mensaje de que retirar una publicidad potencialmente ilícita después de ser denunciada puede evitar consecuencias administrativas. A su juicio, esto reduce el efecto disuasorio de la normativa.

La asociación insiste en que la protección de los consumidores requiere una actuación firme ante mensajes que puedan inducir a error, especialmente cuando están relacionados con la salud. Para Facua, la retirada del cartel debería haberse interpretado como un indicio sobre la falta de garantías del mensaje y no como un motivo para archivar el expediente.

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