Miles de conductores incurren cada verano en infracciones de tráfico sin ser conscientes de ello, arrastrados por costumbres que parecen del todo inocentes. El Reglamento General de Circulación, sin embargo, ha detallado con precisión qué conductas limitan la movilidad al volante, reducen la visibilidad o afectan a la concentración necesaria para circular con seguridad.
La Ley de Tráfico ha dejado claro que cualquier acción que comprometa el control del vehículo puede acabar penalizada, más allá de que el conductor la perciba como un riesgo real. Conducir con chanclas, sin camiseta o con un abrigo demasiado voluminoso figura entre los primeros ejemplos que recoge la norma.
Una lista más amplia de lo esperado
A esas prácticas se suman otras igual de habituales: comer o beber al volante, sostener el móvil con la mano aunque no se esté hablando, sacar el codo por la ventanilla o circular de forma permanente por el carril izquierdo cuando el derecho está libre. Tocar el claxon sin que exista peligro real también entra en esta categoría.

- Un conductor usando chanclas en la conducción.
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La cuantía de cada sanción varía según la gravedad y el riesgo generado en la vía. Sostener el teléfono durante la marcha conlleva 200 euros y 6 puntos, mientras que arrojar objetos que puedan provocar un incendio, como una colilla, se castiga con 500 euros y 6 puntos. Otras conductas, como conducir con calzado inadecuado o comer en ruta, se sancionan con hasta 100 euros si se consideran leves, cifra que puede duplicarse si la patrulla aprecia negligencia.
El pago con descuento y otras normas locales
Quien reciba una notificación puede acogerse a una rebaja del 50% si abona la sanción dentro de los 20 días siguientes, aunque esto implica renunciar a cualquier reclamación posterior. Es una vía que muchos conductores desconocen pese a agilizar considerablemente el trámite.
Las ordenanzas municipales añaden más restricciones que conviene tener presentes en esta época del año. Lavar el coche en la calle o cambiar el aceite en la vía pública están prohibidos en numerosos ayuntamientos, con multas que en algunos casos superan los 1.000 euros si se vierten sustancias contaminantes durante el proceso.
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¡Desidia Institucional!
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