Anulan el dragado del Guadalquivir tras años de lucha ecologista: "Hoy es un gran día para Doñana"

El presidente de la Junta, Juanma Moreno, apuesta por 'explotar' el puerto de Sevilla al máximo de lo que la ley permita: "Hay que potenciar cruceros más pequeños pero con un alto nivel adquisitivo"

Un crucero pasando por debajo del Puente del Centenario. FOTO: SEVILLANEGOCIOS.COM
Un crucero pasando por debajo del Puente del Centenario. FOTO: SEVILLANEGOCIOS.COM

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha anulado la previsión normativa referente a la inclusión en el Plan Hidrológico de Guadalquivir del dragado del canal de navegación del referido río, al considerar que dicha medida requiere una justificación de mayor grado de intensidad que la realizada por la Administración, al afectar a un espacio especialmente protegido como es el Parque de Doñana.

En la sentencia, facilitada a Europa Press por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso interpuesto por la asociación ecologista WWF-Adena y declara nulo parte del Real Decreto 1/2016, de 8 de enero, por el que se aprueba la revisión de los Planes Hidrológicos, en lo que atañe al Plan Hidrológico del Guadalquivir. En su recurso, alegaban, entre otros motivos, que la inclusión del dragado del río Guadalquivir en dicho Plan no cumplía con las condiciones exigidas en el artículo 39 del Reglamento del Plan Hidrológico (RPH) para realizar nuevas modificaciones físicas o alteraciones de masas de agua.

En concreto, los recurrentes sostenían también que se anteponía el dragado a los objetivos medioambientales de un espacio protegido como Doñana y que, además, no cumplía con la Directiva Hábitats ni con la sentencia del TS, de 26 de febrero de 2015, que ya anuló la anterior planificación de 2013 en cuanto a la actuación del dragado, debido a que los motivos de las modificaciones de agua no se consignaron ni explicaron específicamente en el Plan del Primer Ciclo de Planificación de 2009-2015.

Tras analizar la Memoria de dicho Plan, la Sala concluye que no se reflejan con la necesaria precisión todas las condiciones que han de cumplirse para llevar a cabo la actuación del dragado en cuestión. En este caso, afirman los magistrados, la justificación de dichas condiciones exigidas por el artículo 39 de RPH requiere "el mayor grado de intensidad atendiendo a la especial protección medioambiental del Parque de Doñana y los riesgos que la actuación supone para la funcionalidad del mismo, que ya han sido valorados en informes previos y considerados por esta Sala en sentencia de 26 de febrero de 2015, acreditando en su caso que dicha situación del estuario ha mejorado y permite la actuación del dragado en las condiciones legalmente establecidas".

Vista de Doñana, en una imagen de archivo.

Ello exige, afirma el tribunal, que la Administración lleve a cabo "una valoración precisa y circunstanciada de las condiciones establecidas --medidas paliativas, motivos de las modificaciones, interés público superior y compensación de los beneficios medioambientales e imposibilidad de consecución por otros medios-- en relación con los concretos efectos negativos y riesgos para el ecosistema afectado que goza de la mayor protección medioambiental, que no puede entenderse satisfecha en los términos que se reflejan en el planeamiento y que se han transcrito antes".

En esa línea, la Sala constata la falta de una evaluación concreta y precisa de las medidas necesarias para llevar a cabo el pretendido dragado en relación con los concretos riesgos que conlleva para los objetivos medioambientales de las masas de agua afectadas y el Parque de Doñana. Además, agrega que el plan recoge medidas imprecisas y no incluye el contraste necesario con los efectos y riesgos que el dragado representa para el ecosistema afectado, que resultan de los informes emitidos.

De esa forma, el tribunal destaca que el planeamiento se limita a referir "una serie de medidas a realizar, planificadas, en estudio, de seguimiento, además de consideraciones sobre los efectos de salud pública, seguridad pública y otras de naturaleza social y económica, las alternativas consideradas y los beneficios obtenidos, con una genérica e imprecisa referencia a los negativos efectos medioambientales, que minimiza sin una fundamentación que resulte respaldada por informes o documentos contratados".

WWF celebra el fallo

WWF España ha celebrado el fallo que estima parcialmente el recurso presentado por esta organización en 2016. A juicio de WWF, el dragado suponía una "grave afección ambiental" a Doñana. En ese aspecto, recuerda que lleva más de 15 años trabajando contra este proyecto y denunciando que el Plan no especificaba las condiciones en las que se debería realizar el proyecto de dragado para evitar la afección al Parque Nacional de Doñana y para cumplir la Directiva Marco de Agua. A juicio de la ONG, no es posible justificar su realización apoyándose en una evaluación ambiental realizada en 2003 y que ya "ha sido superada".

El Guadalquivir a su paso por Coria del Río en una vista aérea

El secretario general de WWF España, Juan Carlos del Olmo, subraya que este fallo es "el golpe definitivo para uno de los proyectos más dañinos que amenazan Doñana". "Tras más de 15 años luchando contra este proyecto injustificable, hoy es un gran día para Doñana, la naturaleza y para todas las personas que viven del rico Estuario del Guadalquivir", concluye.

Juanma Moreno habla de "potenciar" hasta el "máximo" que la ley permita

El presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, ha apostado este martes por potenciar el puerto de Sevilla "hasta el máximo que nos permita la ley" tras conocerse que el Tribunal Supremo ha anulado la inclusión del dragado del Guadalquivir en el Plan Hidrológico.

Así se ha pronunciado Moreno a preguntas de los periodistas, tras reunirse en San Telmo con el alcalde de Granada, Luis Salvador. "Tenemos como objetivo dar la máxima potencialidad al puerto de Sevilla, que es un gran atractivo de la ciudad y de Andalucía, un puerto histórico al que queremos dar máxima dimensión", ha manifestado el jefe del Ejecutivo andaluz.

En esa línea, ha dicho que hay que ser conscientes de las limitaciones que tiene desde el punto medioambiental y normativo, si bien "con esos márgenes vamos a intentar potenciar el puerto hasta el máximo que nos permita la ley". Para ello, se estudiarán las posibilidades, apostando por dinamizar la zona del puerto desde punto de vista de los inmuebles, dado que "algunos llevan muchos años bloqueados", así como potenciando los cruceros medios que pueda albergar el cauce fluvial del puerto, "a veces no de mucha cantidad pero sí de mucha calidad", esto es, cruceros más pequeños en número de pasajeros pero con un alto nivel adquisitivo, como ha explicado. "Tenemos margen para mejorar el puerto, no vamos a prescindir de intentar potenciar al máximo las posibilidades que tiene el puerto de Sevilla", ha concluido Juanma Moreno.

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