No hubo acto "electoralista" de Moreno y Sanz en Sevilla, según la JEZ

La Junta Electoral de Zona, que prohibió en una primera resolución un acto de campaña del PP en Sevilla antes de la medianoche del pasado jueves, desecha una segunda denuncia del PSOE por este mismo evento

Acto del PP en Sevilla, horas antes del inicio de la campaña de las municipales, el pasado jueves.
Acto del PP en Sevilla, horas antes del inicio de la campaña de las municipales, el pasado jueves. MAURI BUHIGAS

La Junta Electoral de Zona (JEZ) de Sevilla ha ratificado su decisión del pasado jueves 11 de mayo de prohibir un acto de campaña del PP antes del inicio de la misma, fijada en la medianoche de ese mismo día, sin embargo, considera, en una resolución dictada este pasado lunes, que finalmente el evento que protagonizaron el líder del PP andaluz y presidente de la Junta, Juanma Moreno, y el alcaldable popular el 28M, José Luis Sanz, estuvo enmarcado en la presentación de la candidatura, no fue un acto electoralista en sí. 

La JEZ desestima la segunda denuncia del PSOE-A, que interpuso en la mañana del viernes alegando que el PP había hecho caso omiso de la primera resolución, contra el acto celebrado por el PP en la plaza del Albaicín de Sevilla capital, horas antes del comienzo oficial de la campaña electoral para las elecciones municipales del 28 de mayo. De este modo, la JEZ ha rechazado incoar expediente sancionador contra el presidente del PP-A, Juanma Moreno; el presidente provincial, Ricardo Sánchez, y el candidato a la Alcaldía hispalense, José Luis Sanz, porque "no se aprecia ningún acto de carácter electoralista, sino una presentación de candidatura".

Tras una denuncia inicial del PSOE-A sobre este acto, la JEZ precisaba que el PP sí tenía concedido el espacio de la Plaza del Albaicín de Sevilla desde las 00.00 horas hasta las 02.00 del día 12 de mayo, pero prohibía al PP comenzar el acto "antes del inicio de la campaña electoral" a las 00.00 horas del pasado viernes 12 de mayo.

En ese sentido, señalaba la JEZ que el artículo 51 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) determina que "la campaña electoral comienza el día 38 posterior a la convocatoria" de las elecciones, lo que supone que "en esta ocasión, en relación a las elecciones municipales el día 12 de mayo a las 00.00 horas".

Frente a dicha resolución de la JEZ, el PP alegó que el acto de inicio de campaña estaba "programado efectivamente para que tener inicio a partir de las 00.00 hasta las 02.00 horas del día 12 de mayo, sin perjuicio de que se haya convocado con antelación a los asistentes al acto, a fin de contar con la presencia del presidente del Partido Popular andaluz y el presidente de los populares de Sevilla, Ricardo Sánchez", para que presentasen al candidato popular a la Alcaldía de Sevilla.

Así, esgrimían en sus alegaciones que "el acto se enmarca dentro de los realizados en la precampaña", garantizando "no "realizar captación de sufragio con anterioridad al comienzo oficial de la campaña electoral", marcado a las 00.00 horas, por lo que achacaba al PSOE-A "mala fe y claro fraude procesal", reclamando así la apertura de expediente sancionador en su contra.

En la mañana del pasado viernes, el PSOE presentó una nueva reclamación, aportando fotografías y un vídeo, y demandando la apertura de expediente sancionador contra Juanma Moreno, Ricardo Sánchez y José Luis Sanz, si bien la JEZ determina que, de lo aportado, "no se aprecia ningún acto electoralista, sino una presentación de candidatura".

Sobre el autor:

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P. S. M.

Periodista, licenciado en Comunicación por la Universidad de Sevilla, máster de Urbanismo en el IPE. Antes en Grupo Joly (2004-2012), Desde 2014 soy socio fundador y director de lavozdelsur.es. Miembro de número de la Cátedra de Flamencología; colaboro en Guía Repsol; y coordino la comunicación de la Asociación de Festivales Flamencos. Socio de la Federación Española de Periodistas (FAPE).

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