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Vox presenta un recurso para paralizar la construcción de la mezquita en el Polígono Sur de Sevilla

Uno de los principales argumentos de Vox se centra en la consideración del proyecto como centro cultural frente a su configuración material

  • Vox en la rueda de prensa donde anunciaba que paralizaba el pacto con el PP.

Vox ha presentado un recurso de alzada contra el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente de Sevilla, aprobado el 28 de julio de 2026, por el que se concedió licencia urbanística para construir el denominado Centro Cultural Islámico de Sevilla, previsto en el número 1 de la calle Victoria Domínguez Cerrato, en el Polígono Sur. La formación solicita que la licencia sea declarada nula o, de forma subsidiaria, anulada o revocada, además de que se deniegue la autorización.

El recurso reclama también la suspensión cautelar inmediata de la eficacia de la licencia y de cualquier habilitación que permita iniciar las obras mientras no exista una resolución firme. El proyecto contempla un edificio de tres plantas sobre rasante y un sótano, además de un minarete de 30 metros de altura. El complejo incluye salas de oración diferenciadas para hombres y mujeres, zonas de abluciones, espacio para el imán, patio y jardín de mezquita, así como una sala de conferencias, salón multiusos, cocina industrial, cafetería, tienda, espacios de coworking, aulas, biblioteca, oficinas, alojamientos comunitarios y aparcamientos.

La consideración del proyecto

Uno de los principales argumentos de Vox se centra en la consideración del proyecto como centro cultural frente a su configuración material. La formación sostiene que el promotor defiende que no se trata de un centro de culto y que la mezquita tendría un carácter complementario, pero considera que la presencia de salas de oración, zonas de abluciones, espacio para el imán, patio y jardín de mezquita y un minarete de 30 metros obliga a determinar de manera expresa y verificable cuál es el uso principal del conjunto y qué régimen urbanístico le corresponde.

El recurso pone también el foco en las dimensiones atribuidas a los diferentes usos. Según los datos incorporados al expediente y recogidos por Vox, la mezquita ocupa 771,40 metros cuadrados en planta baja, frente a los 681,70 metros cuadrados del centro cultural. En cuanto a la volumetría, el espacio destinado a la mezquita alcanza 10.799,6 metros cúbicos, mientras que el correspondiente al centro cultural se sitúa en 6.680,66 metros cúbicos.

Vox invoca además el artículo 6.6.12 del PGOU, que establece limitaciones para las actividades complementarias y el alojamiento de miembros de la comunidad religiosa respecto de la superficie destinada al culto. Según los cálculos incluidos en el recurso, la mezquita cuenta con 1.144 metros cuadrados de superficie útil, por lo que el límite del 40% se situaría en 457,6 metros cuadrados. Sin embargo, los alojamientos y sus accesos sumarían 551,8 metros cuadrados, equivalentes al 48,23% de la superficie de culto, según la formación.

Otro de los motivos de impugnación afecta a los once alojamientos previstos en el proyecto. Vox cuestiona que puedan ser considerados simples alojamientos temporales vinculados al bienestar social y señala que el propio arquitecto los califica como viviendas, organizadas de forma independiente para garantizar su autonomía funcional. La formación considera que sus características deben analizarse desde el punto de vista urbanístico y que, si responden materialmente a un uso residencial, no puede evitarse la aplicación de la normativa correspondiente mediante una denominación diferente.

El uso de los espacios

El recurso cuestiona igualmente la inclusión de usos como la cafetería, la tienda, los espacios de coworking y las oficinas, al considerar que no consta una justificación suficiente sobre su compatibilidad con la parcela dotacional. A ello suma la ausencia de un Estudio de Detalle que, según Vox, sería necesario al tratarse de una manzana completa, de acuerdo con el artículo 6.6.4 del PGOU. La formación también reclama explicaciones sobre el minarete de 30 metros, al considerar que el proyecto y los informes municipales no ofrecen una motivación urbanística objetiva suficiente sobre esa altura y su incidencia en el paisaje urbano y el entorno.

Por último, Vox cuestiona la suficiencia de los informes técnico y jurídico que fundamentaron la concesión de la licencia y sostiene que no resuelven de forma clara cuestiones como el uso principal del complejo, el límite del 40%, la naturaleza de los alojamientos, la compatibilidad de los usos terciarios, el aforo y la evacuación, la movilidad, las servidumbres aeronáuticas vinculadas al minarete y determinadas incidencias catastrales. El recurso plantea asimismo cuestiones relacionadas con la igualdad derivada de la separación de las salas de oración, la documentación gráfica del PGOU, el deber de edificar el solar, la titularidad de la parcela y la voluntad formal de la fundación promotora. Por todo ello, la formación pide que no se permita comenzar las obras hasta que se resuelvan las cuestiones planteadas y se determine si la licencia se ajusta al planeamiento urbanístico y al resto de la normativa aplicable.

Vox ha presentado un recurso de alzada contra el acuerdo de la Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo y Medio Ambiente de Sevilla, aprobado el 28 de julio de 2026, por el que se concedió licencia urbanística para construir el denominado Centro Cultural Islámico de Sevilla, previsto en el número 1 de la calle Victoria Domínguez Cerrato, en el Polígono Sur. La formación solicita que la licencia sea declarada nula o, de forma subsidiaria, anulada o revocada, además de que se deniegue la autorización.

El recurso reclama también la suspensión cautelar inmediata de la eficacia de la licencia y de cualquier habilitación que permita iniciar las obras mientras no exista una resolución firme. El proyecto contempla un edificio de tres plantas sobre rasante y un sótano, además de un minarete de 30 metros de altura. El complejo incluye salas de oración diferenciadas para hombres y mujeres, zonas de abluciones, espacio para el imán, patio y jardín de mezquita, así como una sala de conferencias, salón multiusos, cocina industrial, cafetería, tienda, espacios de coworking, aulas, biblioteca, oficinas, alojamientos comunitarios y aparcamientos.

La consideración del proyecto

Uno de los principales argumentos de Vox se centra en la consideración del proyecto como centro cultural frente a su configuración material. La formación sostiene que el promotor defiende que no se trata de un centro de culto y que la mezquita tendría un carácter complementario, pero considera que la presencia de salas de oración, zonas de abluciones, espacio para el imán, patio y jardín de mezquita y un minarete de 30 metros obliga a determinar de manera expresa y verificable cuál es el uso principal del conjunto y qué régimen urbanístico le corresponde.

El recurso pone también el foco en las dimensiones atribuidas a los diferentes usos. Según los datos incorporados al expediente y recogidos por Vox, la mezquita ocupa 771,40 metros cuadrados en planta baja, frente a los 681,70 metros cuadrados del centro cultural. En cuanto a la volumetría, el espacio destinado a la mezquita alcanza 10.799,6 metros cúbicos, mientras que el correspondiente al centro cultural se sitúa en 6.680,66 metros cúbicos.

Vox invoca además el artículo 6.6.12 del PGOU, que establece limitaciones para las actividades complementarias y el alojamiento de miembros de la comunidad religiosa respecto de la superficie destinada al culto. Según los cálculos incluidos en el recurso, la mezquita cuenta con 1.144 metros cuadrados de superficie útil, por lo que el límite del 40% se situaría en 457,6 metros cuadrados. Sin embargo, los alojamientos y sus accesos sumarían 551,8 metros cuadrados, equivalentes al 48,23% de la superficie de culto, según la formación.

Otro de los motivos de impugnación afecta a los once alojamientos previstos en el proyecto. Vox cuestiona que puedan ser considerados simples alojamientos temporales vinculados al bienestar social y señala que el propio arquitecto los califica como viviendas, organizadas de forma independiente para garantizar su autonomía funcional. La formación considera que sus características deben analizarse desde el punto de vista urbanístico y que, si responden materialmente a un uso residencial, no puede evitarse la aplicación de la normativa correspondiente mediante una denominación diferente.

El uso de los espacios

El recurso cuestiona igualmente la inclusión de usos como la cafetería, la tienda, los espacios de coworking y las oficinas, al considerar que no consta una justificación suficiente sobre su compatibilidad con la parcela dotacional. A ello suma la ausencia de un Estudio de Detalle que, según Vox, sería necesario al tratarse de una manzana completa, de acuerdo con el artículo 6.6.4 del PGOU. La formación también reclama explicaciones sobre el minarete de 30 metros, al considerar que el proyecto y los informes municipales no ofrecen una motivación urbanística objetiva suficiente sobre esa altura y su incidencia en el paisaje urbano y el entorno.

Por último, Vox cuestiona la suficiencia de los informes técnico y jurídico que fundamentaron la concesión de la licencia y sostiene que no resuelven de forma clara cuestiones como el uso principal del complejo, el límite del 40%, la naturaleza de los alojamientos, la compatibilidad de los usos terciarios, el aforo y la evacuación, la movilidad, las servidumbres aeronáuticas vinculadas al minarete y determinadas incidencias catastrales. El recurso plantea asimismo cuestiones relacionadas con la igualdad derivada de la separación de las salas de oración, la documentación gráfica del PGOU, el deber de edificar el solar, la titularidad de la parcela y la voluntad formal de la fundación promotora. Por todo ello, la formación pide que no se permita comenzar las obras hasta que se resuelvan las cuestiones planteadas y se determine si la licencia se ajusta al planeamiento urbanístico y al resto de la normativa aplicable.

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