Piden que no se cierre Tuya la Janda.
Piden que no se cierre Tuya la Janda.

El Órgano Interno de Coordinación (OIC) del múltiplex TL04CA de Chiclana de la Frontera ha aclarado la situación administrativa de TuyaTV tras la reciente habilitación provisional de la TDT local en Andalucía. La institución asegura que la información difundida por la propia cadena y su responsable, Guillermo Ortiz, es incompleta y puede inducir a error a la ciudadanía y a los actores del sector audiovisual.

TuyaTV obtuvo originalmente una licencia en el concurso de 2016, que fue anulada judicialmente en 2020 por vulnerar principios de derecho de la Unión Europea. Posteriormente, en el concurso público de TDT local resuelto en 2021 y publicado en el BOJA el 3 de mayo de 2022, la empresa no resultó adjudicataria. En esa convocatoria, las licencias en la demarcación TL04CA fueron concedidas a 8TV Provincia de Cádiz, Publicaciones del Sur y Comunicaciones Canal 19, según las actas del OIC.

A pesar de no haber sido adjudicataria en 2021, TuyaTV continuó emitiendo gracias a una habilitación provisional regulada por la Ley 1/2021, que permitía mantener canales en funcionamiento mientras se regularizaban los múltiplex. El OIC señala que ahora se cuestiona la validez de nuevas habilitaciones provisionales obtenidas por los licenciatarios del concurso de 2021, cuando fue precisamente ese régimen el que permitió la continuidad de TuyaTV.

La situación cambió en agosto de 2025, cuando la Junta de Andalucía aprobó el Decreto-ley 03/2025, que derogó la Ley 1/2021 y extinguió todas las habilitaciones provisionales concedidas bajo su amparo. El nuevo decreto establece que solo podrían obtener habilitación provisional quienes resultaron adjudicatarios del concurso de 2021, dejando a TuyaTV sin posibilidad de renovación de su licencia.

La extinción de la habilitación de TuyaTV fue confirmada por notificaciones oficiales enviadas por la Junta de Andalucía a los operadores del OIC el 30 de octubre de 2025 y comunicadas a Ortiz mediante burofax el 3 de noviembre, con un plazo de 15 días para cesar voluntariamente su emisión. La certificación técnica del 14 de noviembre ratificó que las únicas habilitaciones provisionales válidas corresponden a 8TV, Publicaciones del Sur y Comunicaciones Canal 19.

Decisiones normativas

El OIC subraya que la presentación de un recurso de alzada por parte de TuyaTV no suspende la extinción de su habilitación, conforme a la Ley 39/2015, y que la pérdida de derechos es un efecto automático del Decreto-ley 03/2025. La institución critica además la actitud de TuyaTV, que ha desacreditado públicamente al OIC y omitido información esencial sobre la derogación normativa que motivó la pérdida de su licencia.

Por último, el OIC afirma que la situación responde exclusivamente a decisiones normativas y no a actuaciones discrecionales de la entidad. Advierte que cualquier emisión de TuyaTV carece de cobertura legal y que el órgano continuará actuando conforme a la normativa vigente para garantizar un servicio audiovisual estable y ajustado a la ley en la demarcación TL04CA.

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Emilio Cabrera.

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