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La Diócesis de Asidonia-Jerez regula los columbarios y prohíbe dispersar cenizas o conservarlas en casa

El obispo José Rico aprueba una normativa para unificar los criterios sobre el destino de las urnas funerarias y reforzar el acompañamiento pastoral a las familias

  • Interior de un columbario.

La Diócesis de Asidonia-Jerez ha aprobado una normativa que regula la construcción, mantenimiento, administración y uso de los columbarios diocesanos, estableciendo además una serie de disposiciones sobre el destino de las cenizas de los fieles fallecidos tras su cremación.

La medida ha sido promulgada mediante un decreto firmado por el obispo de Asidonia-Jerez, José Rico Pavés, y responde, según explica la diócesis en un comunicado, al cambio experimentado en las costumbres funerarias de la sociedad actual y a la necesidad de ofrecer una respuesta pastoral a quienes optan legítimamente por la cremación.

La Iglesia recuerda, no obstante, que continúa recomendando “insistentemente” la sepultura de los cuerpos en cementerios u otros lugares sagrados, aunque la práctica de la cremación está permitida por la Iglesia Católica.

Marco común para los columbarios diocesanos

La nueva regulación entrará en vigor dentro de un mes y tendrá carácter indefinido mientras no se apruebe una normativa posterior que la sustituya.

Según recoge el documento, la finalidad es garantizar que los columbarios existentes en la diócesis respondan a la doctrina, espiritualidad y sensibilidad de la Iglesia, estableciendo criterios comunes para su diseño, ubicación y adecuación dentro de templos o espacios sagrados.

La normativa también busca asegurar una correcta administración y conservación de estos espacios, así como favorecer el acompañamiento pastoral a las familias durante el duelo.

Prohibido conservar las cenizas en domicilios o esparcirlas en la naturaleza

Uno de los aspectos más destacados del reglamento es la prohibición de conservar las cenizas en domicilios particulares, salvo situaciones excepcionales autorizadas expresamente por el obispo.

Asimismo, la instrucción impide dividir las cenizas entre familiares o depositarlas en objetos conmemorativos.

Tampoco podrán ser esparcidas en la naturaleza, ya sea en el mar, el campo, la montaña o el aire, incluso aunque así lo hubiera solicitado el difunto.

La normativa prohíbe igualmente la realización de ritos contrarios a la fe cristiana durante la entrega o disposición de las cenizas.

Las urnas deberán depositarse en columbarios autorizados

El obispo José Rico subraya en el decreto que estas prácticas, cada vez más extendidas en algunos ámbitos sociales y culturales, “se alejan del sentido cristiano de la muerte y de la comunión eclesial”.

“El cuerpo, aun cremado, no es propiedad del difunto ni de sus familiares, sino que es parte de la identidad personal creada por Dios y llamada a la resurrección”, señala el prelado.

Por ello, el reglamento establece que las urnas cinerarias deberán depositarse exclusivamente en columbarios autorizados y bendecidos, una medida que, según la diócesis, pretende garantizar “la fidelidad a la fe de la Iglesia, la dignidad de los fieles difuntos y la comunión con toda la comunidad cristiana que peregrina hacia la vida eterna”.

Con esta normativa, la Diócesis de Asidonia-Jerez fija un marco común para la gestión de los columbarios y adapta su acción pastoral a una realidad cada vez más presente en la sociedad, sin renunciar a los principios doctrinales de la Iglesia sobre el tratamiento de los restos mortales.

La Diócesis de Asidonia-Jerez ha aprobado una normativa que regula la construcción, mantenimiento, administración y uso de los columbarios diocesanos, estableciendo además una serie de disposiciones sobre el destino de las cenizas de los fieles fallecidos tras su cremación.

La medida ha sido promulgada mediante un decreto firmado por el obispo de Asidonia-Jerez, José Rico Pavés, y responde, según explica la diócesis en un comunicado, al cambio experimentado en las costumbres funerarias de la sociedad actual y a la necesidad de ofrecer una respuesta pastoral a quienes optan legítimamente por la cremación.

La Iglesia recuerda, no obstante, que continúa recomendando “insistentemente” la sepultura de los cuerpos en cementerios u otros lugares sagrados, aunque la práctica de la cremación está permitida por la Iglesia Católica.

Marco común para los columbarios diocesanos

La nueva regulación entrará en vigor dentro de un mes y tendrá carácter indefinido mientras no se apruebe una normativa posterior que la sustituya.

Según recoge el documento, la finalidad es garantizar que los columbarios existentes en la diócesis respondan a la doctrina, espiritualidad y sensibilidad de la Iglesia, estableciendo criterios comunes para su diseño, ubicación y adecuación dentro de templos o espacios sagrados.

La normativa también busca asegurar una correcta administración y conservación de estos espacios, así como favorecer el acompañamiento pastoral a las familias durante el duelo.

Prohibido conservar las cenizas en domicilios o esparcirlas en la naturaleza

Uno de los aspectos más destacados del reglamento es la prohibición de conservar las cenizas en domicilios particulares, salvo situaciones excepcionales autorizadas expresamente por el obispo.

Asimismo, la instrucción impide dividir las cenizas entre familiares o depositarlas en objetos conmemorativos.

Tampoco podrán ser esparcidas en la naturaleza, ya sea en el mar, el campo, la montaña o el aire, incluso aunque así lo hubiera solicitado el difunto.

La normativa prohíbe igualmente la realización de ritos contrarios a la fe cristiana durante la entrega o disposición de las cenizas.

Las urnas deberán depositarse en columbarios autorizados

El obispo José Rico subraya en el decreto que estas prácticas, cada vez más extendidas en algunos ámbitos sociales y culturales, “se alejan del sentido cristiano de la muerte y de la comunión eclesial”.

“El cuerpo, aun cremado, no es propiedad del difunto ni de sus familiares, sino que es parte de la identidad personal creada por Dios y llamada a la resurrección”, señala el prelado.

Por ello, el reglamento establece que las urnas cinerarias deberán depositarse exclusivamente en columbarios autorizados y bendecidos, una medida que, según la diócesis, pretende garantizar “la fidelidad a la fe de la Iglesia, la dignidad de los fieles difuntos y la comunión con toda la comunidad cristiana que peregrina hacia la vida eterna”.

Con esta normativa, la Diócesis de Asidonia-Jerez fija un marco común para la gestión de los columbarios y adapta su acción pastoral a una realidad cada vez más presente en la sociedad, sin renunciar a los principios doctrinales de la Iglesia sobre el tratamiento de los restos mortales.

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