El intento de llevarse sin pagar una prenda de Zara de 29,95 euros terminó costándole el puesto de trabajo a una empleada de Stradivarius en Málaga. Sin embargo, el caso no acabó ahí. Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha considerado correcto el despido, la empresa deberá abonarle 5.000 euros de indemnización por vulnerar uno de sus derechos fundamentales.
La resolución está recogida en la sentencia 465/2026, de 9 de marzo. La trabajadora llevaba en Stradivarius desde enero de 2019 y desarrollaba su actividad en la tienda ubicada en el centro comercial Vialia de Málaga.
Los hechos que desencadenaron el conflicto se remontan al 4 de septiembre de 2024. Ese día, la empleada acudió a un establecimiento Zara del centro comercial Larios y, cuando pretendía salir, un vigilante de seguridad detectó que llevaba una prenda que no había abonado.
La propia trabajadora informó al día siguiente de lo ocurrido tanto a su encargada como a la responsable de área de Stradivarius. Posteriormente, el Juzgado de Instrucción número 2 de Málaga la condenó el 19 de septiembre como autora de un delito leve de hurto. Una semana más tarde, el 26 de septiembre, recibió la carta de despido.
El TSJA avala el despido
El Juzgado de lo Social número 6 de Málaga dio inicialmente la razón a la empresa y declaró procedente el cese. La trabajadora recurrió entonces ante el TSJA, que ha mantenido ese criterio.
Uno de los puntos analizados por el tribunal fue que el intento de hurto se produjo fuera de la jornada laboral y en una empresa distinta a aquella para la que trabajaba. Aun así, Zara y Stradivarius forman parte de Inditex y comparten un código de conducta conocido por la empleada.
La Sala entiende que su actuación afectó a la buena fe contractual exigible dentro de la relación laboral y, por tanto, considera ajustado a derecho el despido disciplinario.
Por qué Stradivarius debe pagarle 5.000 euros
La indemnización no se debe al despido. De hecho, el TSJA confirma que la empresa podía extinguir el contrato. Los 5.000 euros responden a una cuestión diferente: la vulneración del derecho fundamental de la trabajadora a la protección de sus datos personales.
Durante el procedimiento, Prosegur remitió a Stradivarius la sentencia penal en la que la empleada había sido condenada por el delito leve de hurto. El problema, según el tribunal, es que ese documento contenía información relativa a una condena penal, unos datos cuyo tratamiento está sometido a restricciones especialmente estrictas.
La Sala considera que esa información no podía ser cedida de esa manera a Stradivarius, al no existir en este caso una norma que amparase ese tratamiento de los datos penales. Por ello, declara que se produjo una vulneración de un derecho fundamental y fija una compensación de 5.000 euros por el daño moral causado.
Ahora bien, esa irregularidad no convierte el despido en nulo. Stradivarius no necesitaba utilizar la sentencia remitida por Prosegur para demostrar lo sucedido, ya que la propia trabajadora había contado el incidente a sus responsables antes de que la empresa recibiera la resolución penal.
El tribunal puede así dejar fuera esa prueba obtenida de forma ilícita y, al mismo tiempo, mantener como acreditados los hechos que justificaron el despido.
Por tanto, Stradivarius conserva la validez del despido, pero tendrá que indemnizar con 5.000 euros a la extrabajadora por haber vulnerado su derecho a la protección de datos.
El intento de llevarse sin pagar una prenda de Zara de 29,95 euros terminó costándole el puesto de trabajo a una empleada de Stradivarius en Málaga. Sin embargo, el caso no acabó ahí. Aunque el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha considerado correcto el despido, la empresa deberá abonarle 5.000 euros de indemnización por vulnerar uno de sus derechos fundamentales.
La resolución está recogida en la sentencia 465/2026, de 9 de marzo. La trabajadora llevaba en Stradivarius desde enero de 2019 y desarrollaba su actividad en la tienda ubicada en el centro comercial Vialia de Málaga.
Los hechos que desencadenaron el conflicto se remontan al 4 de septiembre de 2024. Ese día, la empleada acudió a un establecimiento Zara del centro comercial Larios y, cuando pretendía salir, un vigilante de seguridad detectó que llevaba una prenda que no había abonado.
La propia trabajadora informó al día siguiente de lo ocurrido tanto a su encargada como a la responsable de área de Stradivarius. Posteriormente, el Juzgado de Instrucción número 2 de Málaga la condenó el 19 de septiembre como autora de un delito leve de hurto. Una semana más tarde, el 26 de septiembre, recibió la carta de despido.
El TSJA avala el despido
El Juzgado de lo Social número 6 de Málaga dio inicialmente la razón a la empresa y declaró procedente el cese. La trabajadora recurrió entonces ante el TSJA, que ha mantenido ese criterio.
Uno de los puntos analizados por el tribunal fue que el intento de hurto se produjo fuera de la jornada laboral y en una empresa distinta a aquella para la que trabajaba. Aun así, Zara y Stradivarius forman parte de Inditex y comparten un código de conducta conocido por la empleada.
La Sala entiende que su actuación afectó a la buena fe contractual exigible dentro de la relación laboral y, por tanto, considera ajustado a derecho el despido disciplinario.
Por qué Stradivarius debe pagarle 5.000 euros
La indemnización no se debe al despido. De hecho, el TSJA confirma que la empresa podía extinguir el contrato. Los 5.000 euros responden a una cuestión diferente: la vulneración del derecho fundamental de la trabajadora a la protección de sus datos personales.
Durante el procedimiento, Prosegur remitió a Stradivarius la sentencia penal en la que la empleada había sido condenada por el delito leve de hurto. El problema, según el tribunal, es que ese documento contenía información relativa a una condena penal, unos datos cuyo tratamiento está sometido a restricciones especialmente estrictas.
La Sala considera que esa información no podía ser cedida de esa manera a Stradivarius, al no existir en este caso una norma que amparase ese tratamiento de los datos penales. Por ello, declara que se produjo una vulneración de un derecho fundamental y fija una compensación de 5.000 euros por el daño moral causado.
Ahora bien, esa irregularidad no convierte el despido en nulo. Stradivarius no necesitaba utilizar la sentencia remitida por Prosegur para demostrar lo sucedido, ya que la propia trabajadora había contado el incidente a sus responsables antes de que la empresa recibiera la resolución penal.
El tribunal puede así dejar fuera esa prueba obtenida de forma ilícita y, al mismo tiempo, mantener como acreditados los hechos que justificaron el despido.
Por tanto, Stradivarius conserva la validez del despido, pero tendrá que indemnizar con 5.000 euros a la extrabajadora por haber vulnerado su derecho a la protección de datos.
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