Dejar la bolsa de basura en la puerta de nuestra casa unos minutos antes de que vayamos a bajar al contenedor es una costumbre bastante habitual en muchas ciudades y localidades de España. Siendo una práctica común en las comunidades de vecinos, no ha quedado exenta de polémica.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) a razón de las últimas complicaciones, ha redactado una serie de obligaciones que tendrán que cumplir todos los ciudadanos a la hora de hacer uso de las zonas compartidas. Si bien en el texto no se lee de forma expresa este tipo de residuos, sí que queda claro que no podemos perjudicar al resto de personas que residen en el edificio.
De esta manera, administradores de fincas y ciudadanos que ejecutan la ley, están de acuerdo en que no podemos dejar las bolsas de basura en el rellano a riesgo de alterar el orden de la convivencia ni siquiera cuando se trata de un espacio de tiempo corto, de esos minutos previos que usamos antes de salir de casa.
¿Qué leemos en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal?
“No les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañinas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre ejercicios molestos, insalubres, nocivos, peligrosos o ilícitos” es lo que podemos leer en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Atendiendo a lo que vemos en el texto, nos daremos cuenta de que las bolsas de basura como concepto no aparecen por ningún lado. Sin embargo, la aparición de insectos, los malos olores o la sensación de suciedad en las zonas comunes ha sido una queja constante entre los vecinos, la razón por la que podríamos considerar esta práctica como algo que altera el orden de la convivencia en el bloque.
Acciones de la comunidad ante las bolsas de basura
Teniendo en cuenta de que estamos ante una costumbre poco sana -y que llevada al extremo podría provocar el caos- la comunidad debe sentirse libre de ejercer acciones sobre el vecino que deja la bolsa de basura en el rellano aunque sólo sean esos minutos de cortesía.
El presidente, como autoridad que representa, debe estar al tanto de los movimientos que hacen estas personas, de que se cumplan esas normas mínimas de higiene en un bloque donde, seguramente, también vivan personas mayores y niños. Pudiéndose presentar un registro judicial de cesación, tal y como leemos en el artículo 7, conviene que pensemos en el bienestar común.
Lo ideal en estos casos, no obstante, es que el conflicto quede zanjado de forma civilizada y desde una comunicación. Sin embargo, para los que se vean “contra las cuerdas” el detalle de que se pueden emprender acciones legales sobre el individuo en cuestión, es algo que alivia al conjunto.
El rellano no es una extensión de nuestra vivienda
Entender que el rellano es una zona compartida y no una extensión de la vivienda de cada casa de la comunidad de propietarios, resulta fundamental para comprender qué es lo que nos dice la Ley de Propiedad Horizontal con respecto a las bolsas de basura y es que no hay nada como tener los conceptos claros para no fallar en nuestras acciones.
De la misma manera en la que ya hubo un conflicto con los paragüeros o macetas, entender que nuestros desechos son exclusivos del interior del hogar es lo que logrará que todos podamos vivir en armonía, que no haya ninguna persona que moleste -con gestos que parecen inofensivos- a la otra persona.
Tras la polémica, los administradores recomiendan que la basura de cada uno permanezca dentro la vivienda hasta que salgamos a tirarla al contenedor. Si bien pueden existir normas específicas en las comunidades que digan lo contrario, de no ser así sólo estaremos incitando a un nuevo conflicto entre vecinos.
Dejar la bolsa de basura en la puerta de nuestra casa unos minutos antes de que vayamos a bajar al contenedor es una costumbre bastante habitual en muchas ciudades y localidades de España. Siendo una práctica común en las comunidades de vecinos, no ha quedado exenta de polémica.
La Ley de Propiedad Horizontal (LPH) a razón de las últimas complicaciones, ha redactado una serie de obligaciones que tendrán que cumplir todos los ciudadanos a la hora de hacer uso de las zonas compartidas. Si bien en el texto no se lee de forma expresa este tipo de residuos, sí que queda claro que no podemos perjudicar al resto de personas que residen en el edificio.
De esta manera, administradores de fincas y ciudadanos que ejecutan la ley, están de acuerdo en que no podemos dejar las bolsas de basura en el rellano a riesgo de alterar el orden de la convivencia ni siquiera cuando se trata de un espacio de tiempo corto, de esos minutos previos que usamos antes de salir de casa.
¿Qué leemos en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal?
“No les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañinas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre ejercicios molestos, insalubres, nocivos, peligrosos o ilícitos” es lo que podemos leer en el artículo 7 de la Ley de Propiedad Horizontal.
Atendiendo a lo que vemos en el texto, nos daremos cuenta de que las bolsas de basura como concepto no aparecen por ningún lado. Sin embargo, la aparición de insectos, los malos olores o la sensación de suciedad en las zonas comunes ha sido una queja constante entre los vecinos, la razón por la que podríamos considerar esta práctica como algo que altera el orden de la convivencia en el bloque.
Acciones de la comunidad ante las bolsas de basura
Teniendo en cuenta de que estamos ante una costumbre poco sana -y que llevada al extremo podría provocar el caos- la comunidad debe sentirse libre de ejercer acciones sobre el vecino que deja la bolsa de basura en el rellano aunque sólo sean esos minutos de cortesía.
El presidente, como autoridad que representa, debe estar al tanto de los movimientos que hacen estas personas, de que se cumplan esas normas mínimas de higiene en un bloque donde, seguramente, también vivan personas mayores y niños. Pudiéndose presentar un registro judicial de cesación, tal y como leemos en el artículo 7, conviene que pensemos en el bienestar común.
Lo ideal en estos casos, no obstante, es que el conflicto quede zanjado de forma civilizada y desde una comunicación. Sin embargo, para los que se vean “contra las cuerdas” el detalle de que se pueden emprender acciones legales sobre el individuo en cuestión, es algo que alivia al conjunto.
El rellano no es una extensión de nuestra vivienda
Entender que el rellano es una zona compartida y no una extensión de la vivienda de cada casa de la comunidad de propietarios, resulta fundamental para comprender qué es lo que nos dice la Ley de Propiedad Horizontal con respecto a las bolsas de basura y es que no hay nada como tener los conceptos claros para no fallar en nuestras acciones.
De la misma manera en la que ya hubo un conflicto con los paragüeros o macetas, entender que nuestros desechos son exclusivos del interior del hogar es lo que logrará que todos podamos vivir en armonía, que no haya ninguna persona que moleste -con gestos que parecen inofensivos- a la otra persona.
Tras la polémica, los administradores recomiendan que la basura de cada uno permanezca dentro la vivienda hasta que salgamos a tirarla al contenedor. Si bien pueden existir normas específicas en las comunidades que digan lo contrario, de no ser así sólo estaremos incitando a un nuevo conflicto entre vecinos.
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