La DGT pone en pausa la inscripción obligatoria de patinetes

El organismo reconoce que no podrá aprobar la Ley 5/2025, de 24 de julio, en la fecha prevista, 2 de enero, y retrasa este trámite así como la exigencia del seguro obligatorio

Una persona circula en patinete eléctrico en El Puerto.
Una persona circula en patinete eléctrico en El Puerto. MANU GARCÍA
26 de diciembre de 2025 a las 17:11h

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha decidido aplazar la inscripción obligatoria de los vehículos de movilidad personal (VMP) y, con ello, retrasar también la exigencia del seguro obligatorio para una parte importante de estos vehículos. La medida afecta especialmente a los vehículos personales ligeros, que no tendrán que darse de alta ni contratar un seguro hasta que el registro oficial esté plenamente operativo.

La decisión llega en el marco de la Ley 5/2025, de 24 de julio, que modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Esta norma establece la obligación de asegurar todos los VMP, tanto los considerados vehículos personales ligeros como los que tienen la consideración de vehículo a motor, y encarga a la DGT la creación de un registro e inscripción previa obligatoria.

Desde la Dirección General de Tráfico explican que el desarrollo técnico del registro ya está concluido, pero que actualmente se está tramitando el Real Decreto que debe proporcionar la cobertura jurídica necesaria para la inscripción de todas las categorías de VMP. Este trámite es clave, ya que sin él no puede ponerse en marcha el sistema de registro.

El Consejo de Ministros, consciente de la urgencia del proceso, acordó el 18 de noviembre de 2025 que la tramitación del real decreto se realizara por la vía de urgencia. Aun así, y pese a que los trámites de audiencia e información pública ya han finalizado, la DGT reconoce que no será posible aprobar la norma antes del 2 de enero próximo, como estaba fijado.

Por este motivo, mientras no exista una regulación definitiva y el registro no esté debidamente regulado y operativo, no será aplicable la obligación previa de inscribir los VMP. En consecuencia, tampoco se exigirá el aseguramiento obligatorio de los vehículos personales ligeros hasta que pueda realizarse su inscripción en el registro.

Una excepción para estos VMP

Eso sí, la DGT recuerda un matiz importante. Según la Ley 5/2025, los VMP "aquellos vehículos de movilidad personal con un peso superior a 25 kg y velocidad superior a 14 km/h, deberán estar asegurados sin necesidad de inscripción previa en el registro de vehículos. El periodo transitorio para su aseguramiento finalizará el 26 de enero de 2026".

Una vez aprobado y en vigor el real decreto, todos los vehículos de movilidad personal deberán inscribirse en el Registro de Vehículos mediante un procedimiento telemático sencillo, accesible a través de la Sede Electrónica de la DGT. Cuando llegue ese momento, el organismo de tráfico asegura que informará de forma detallada sobre el proceso a través de sus canales habituales.

Mientras tanto, la inscripción y el seguro para muchos VMP quedan en pausa.

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Patricia Merello

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