¿Se puede conducir con abrigo?: la multa de la DGT que te puede caer por llevarlo puesto

La sanción por usar prendas que reduzcan la movilidad no implicaría pérdida de puntos en el carnet de conducir

Una conductora, con ropa de abrigo, al volante.
Una conductora, con ropa de abrigo, al volante.

Con la llegada del frío aparecen las ropas de abrigo y una pregunta que ronda siempre a muchos conductores. ¿Se puede conducir con abrigo? No hay ninguna norma expresa que lo impida en la Ley de Tráfico, pero la normativa sí deja claro que los conductores deben ponerse al volante sin ninguna prenda vestir que reduzca de movimientos. 

Los abrigos, normalmente, suelen limitar cierta movilidad, por lo que conducir con abrigo puede llevarnos a una sanción de hasta 200 euros de multa. Una sanción que no implicaría pérdida de puntos del carnet de conducir. 

Lo recomendable es poner la calefacción del vehículo a una temperatura que no exceda los 22 grados, para evitar así que aumente nuestro nivel de somnolencia o perdamos facultades en el tiempo de reacción con una temperatura demasiado elevada.

Sobre el autor:

R. G.

Periodista con más de veinte años de experiencia en los medios de comunicación (prensa escrita, digital, radio y televisión). Autor de nueve libros, entre los que se encuentra Nosotras. Historias del olvidado deporte femenino, obra pionera en España. Premio Racimo por la Igualdad por la defensa del deporte femenino, Premio Apoyo al Deporte en la III Gala del Deporte de Jerez, mención especial en el V Premio de Periodismo Positivo de Ávila y Premio Almería para Todos por la lucha contra el acoso escolar en los medios de comunicación. Recuperando la ilusión por el periodismo en lavozdelsur.es.

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