La muerte del agente Agustín Cárdenas en Jerez: ¿homicidio o asesinato?

La acusación popular que ejerce la AUGC se plantea pedir una mayor condena para el acusado por la muerte del guardia civil. La clave está en si hubo alevosía

El agente de la Guardia Civil Agustín Cárdenas.  JUCIL
El agente de la Guardia Civil Agustín Cárdenas. JUCIL

La muerte del guardia civil jerezano Agustín Cárdenas la madrugada del pasado sábado, hace siete días, ha supuesto una importante investigación sobre las circunstancias en las que se produjeron estos hechos.

Un vehículo conducido por un joven le atropelló a una alta velocidad. De 22 años y granadino, aunque residente en el Campo de Gibraltar, decidió no declarar ante el juez, decretándose su ingreso en prisión sin fianza.

Por el momento, se le acusa de homicidio y otros delitos relacionados con el atropello, como hurto de vehículo o encontrarse drogado tras dar positivo en cocaína

Sin embargo, según relata Viva Jerez, fuentes de la acusación ejercida por la AUGC, la asociación de guardias civiles a la que pertenecía Cárdenas, plantea que se le impute un delito de asesinato. La clave está en la intencionalidad.

No es lo mismo asumir como posible la muerte de otra persona al llevar a cabo una conducta, que en un momento dado provocar su muerte, que ser plenamente consciente y, de forma deliberada, provocar la muerte. La diferencia es importante en lo que respecta a la posible condena. En el caso de homicidio, de 10 a 15 años; en el de asesinato, de 15 a 25, a los que se sumarían otros delitos o agravantes en el caso de que continuara con esta acusación asumida por el juez de instrucción.

Aunque aún no han procedido legalmente a requerir que se considere como asesinato, pues se estudiará en base a las pesquisas, el abogado de la AUGC, Pablo Martín Bejarano, señala que el coche circulaba a alta velocidad y venía siendo perseguido por una actitud sospechosa. A la vez, Agustín Cárdenas se encontraba en la entrada de Jerez de la autovía que llega a Los Barrios con un chaleco reflectante y elementos de visión nocturna, como son las señalizaciones de los controles. "Era una recta larga y era de noche, sí, lo estaba viendo", indica el letrado.

En ese sentido, podría concurrir -lo determinará el juzgado en último término- una conducta alevosa: es decir, poner los medios para privar a la víctima de su capacidad de evitar la muerte. Si este fuera el caso, si se demostrara esa alevosía, cabría entonces una sentencia por asesinato. Pero por el momento se siguen recabando testimonios y demás circunstancias.

 

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