El calendario tiene marcada una fecha importante para conductores, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes. El próximo 1 de octubre de 2026 entrarán en vigor numerosos cambios en el Reglamento General de Circulación, aprobados por el Gobierno mediante el Real Decreto 518/2026 y dirigidos especialmente a aumentar la protección de los usuarios más vulnerables de las carreteras.
"En cuanto a su necesidad y eficacia, esta modificación reglamentaria es la única que permite aumentar los niveles de seguridad de las personas usuarias de las vías públicas, especialmente las vulnerables, así como establecer un marco jurídico adecuado para las normas de circulación urbanas", recoge el real decreto.
La nueva regulación de la Dirección General de Tráfico (DGT) pone el foco en peatones, personas con discapacidad, menores, mayores y personas con movilidad reducida, además de ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motoristas y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. Para todos ellos llegan novedades, pero también cambiarán determinadas obligaciones de quienes circulan en coche.
Un carril de emergencia obligatorio cuando haya atasco
Una de las modificaciones que más directamente afectará a los conductores aparece cuando el tráfico se detenga. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o permanezcan parados debido a una retención, tendrán que dejar libre un denominado "carril de emergencia".
En autopistas y autovías con dos carriles en el mismo sentido, este espacio deberá crearse justo entre ambos. Los vehículos tendrán que desplazarse hacia los extremos para dejar libre la zona central.
Si existen tres o más carriles, el espacio se abrirá entre el carril situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo. Quienes circulen por el carril izquierdo deberán apartarse todo lo posible hacia ese lado, mientras que el resto de conductores tendrán que desplazarse hacia la derecha.
La medida también se aplicará cuando la circulación en autopistas y autovías esté dificultada por la nieve. En estos casos quedará prohibido adelantar y habrá que circular por el carril situado más a la derecha. Si existen tres o más carriles por sentido, también se podrá emplear el contiguo, mientras que los restantes deberán quedar libres para vehículos de emergencia y quitanieves.
Cambios para patinetes, bicicletas y motocicletas
Los vehículos de movilidad personal también afrontarán nuevas obligaciones. La edad mínima para conducirlos pasará a ser de 15 años y será obligatorio utilizar casco. Además, deberán llevar las luces encendidas de manera continuada y sus usuarios tendrán que utilizar chaleco reflectante durante la noche o cuando exista una visibilidad reducida.
Fuera de los núcleos urbanos podrán circular por vías separadas, como los carriles bici. El incumplimiento de estas normas se considerará una infracción grave y podrá ser sancionado con 200 euros.
También desaparecen por completo las excepciones al casco para los ciclistas, que deberán utilizarlo obligatoriamente en vías interurbanas. Los repartidores que trabajen en bicicleta tendrán que llevar casco y chaleco reflectante en cualquier circunstancia.
A la hora de adelantar a un ciclista, los conductores tendrán que reducir su velocidad hasta situarse, como mínimo, 20 km/h por debajo de la velocidad máxima permitida en la vía. Cuando haya varios carriles en el mismo sentido, deberán cambiar completamente de carril y dejar una distancia de 1,5 km. En ciudad, los ciclistas circularán por el centro del carril y los vehículos tendrán que mantener cinco metros de separación por detrás.
Los motoristas también tendrán nuevas exigencias. El calzado cerrado será obligatorio en cualquier vía, mientras que los guantes tendrán que utilizarse en carreteras interurbanas. Durante los atascos podrán circular por el arcén derecho cuando el tramo esté expresamente señalizado para ello y sin superar los 30 km/h.
El casco deberá estar homologado y los repartidores que utilicen motocicleta también estarán obligados a vestir chaleco reflectante.
Cinturón, accidentes, semáforos y autocaravanas
Las modificaciones no terminan ahí. El cinturón de seguridad será obligatorio en cualquier tipo de vehículo, con la excepción de los pasajeros de una ambulancia que esté realizando un servicio urgente.
En vías interurbanas, cuando sea necesario pasar junto a un accidente, los conductores deberán dejar una distancia de 1,5 kilómetros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la carretera, facilitando así el trabajo de policías y servicios sanitarios.
También habrá cambios dentro de las ciudades. Las luces ámbar destinadas a los vehículos dejarán de coincidir con las luces verdes para los peatones en los semáforos. La normativa reconoce además jurídicamente los caminos escolares seguros, itinerarios concebidos para facilitar que los menores lleguen a sus centros educativos.
Las autocaravanas tendrán asimismo nuevas condiciones para estacionar. No podrán desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos y tendrán prohibido verter líquidos procedentes del habitáculo.
La mayor parte de estas medidas comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2026. Hay, sin embargo, dos excepciones que tardarán un año más: las obligaciones relativas a las luces de los VMP y la homologación de los cascos de los motoristas no entrarán en vigor hasta el 1 de octubre de 2027.
El calendario tiene marcada una fecha importante para conductores, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes. El próximo 1 de octubre de 2026 entrarán en vigor numerosos cambios en el Reglamento General de Circulación, aprobados por el Gobierno mediante el Real Decreto 518/2026 y dirigidos especialmente a aumentar la protección de los usuarios más vulnerables de las carreteras.
"En cuanto a su necesidad y eficacia, esta modificación reglamentaria es la única que permite aumentar los niveles de seguridad de las personas usuarias de las vías públicas, especialmente las vulnerables, así como establecer un marco jurídico adecuado para las normas de circulación urbanas", recoge el real decreto.
La nueva regulación de la Dirección General de Tráfico (DGT) pone el foco en peatones, personas con discapacidad, menores, mayores y personas con movilidad reducida, además de ciclistas, usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP), motoristas y pasajeros de motocicletas y ciclomotores. Para todos ellos llegan novedades, pero también cambiarán determinadas obligaciones de quienes circulan en coche.
Un carril de emergencia obligatorio cuando haya atasco
Una de las modificaciones que más directamente afectará a los conductores aparece cuando el tráfico se detenga. Cuando los vehículos circulen a paso de peatón o permanezcan parados debido a una retención, tendrán que dejar libre un denominado "carril de emergencia".
En autopistas y autovías con dos carriles en el mismo sentido, este espacio deberá crearse justo entre ambos. Los vehículos tendrán que desplazarse hacia los extremos para dejar libre la zona central.
Si existen tres o más carriles, el espacio se abrirá entre el carril situado más a la izquierda y el inmediatamente contiguo. Quienes circulen por el carril izquierdo deberán apartarse todo lo posible hacia ese lado, mientras que el resto de conductores tendrán que desplazarse hacia la derecha.
La medida también se aplicará cuando la circulación en autopistas y autovías esté dificultada por la nieve. En estos casos quedará prohibido adelantar y habrá que circular por el carril situado más a la derecha. Si existen tres o más carriles por sentido, también se podrá emplear el contiguo, mientras que los restantes deberán quedar libres para vehículos de emergencia y quitanieves.
Cambios para patinetes, bicicletas y motocicletas
Los vehículos de movilidad personal también afrontarán nuevas obligaciones. La edad mínima para conducirlos pasará a ser de 15 años y será obligatorio utilizar casco. Además, deberán llevar las luces encendidas de manera continuada y sus usuarios tendrán que utilizar chaleco reflectante durante la noche o cuando exista una visibilidad reducida.
Fuera de los núcleos urbanos podrán circular por vías separadas, como los carriles bici. El incumplimiento de estas normas se considerará una infracción grave y podrá ser sancionado con 200 euros.
También desaparecen por completo las excepciones al casco para los ciclistas, que deberán utilizarlo obligatoriamente en vías interurbanas. Los repartidores que trabajen en bicicleta tendrán que llevar casco y chaleco reflectante en cualquier circunstancia.
A la hora de adelantar a un ciclista, los conductores tendrán que reducir su velocidad hasta situarse, como mínimo, 20 km/h por debajo de la velocidad máxima permitida en la vía. Cuando haya varios carriles en el mismo sentido, deberán cambiar completamente de carril y dejar una distancia de 1,5 km. En ciudad, los ciclistas circularán por el centro del carril y los vehículos tendrán que mantener cinco metros de separación por detrás.
Los motoristas también tendrán nuevas exigencias. El calzado cerrado será obligatorio en cualquier vía, mientras que los guantes tendrán que utilizarse en carreteras interurbanas. Durante los atascos podrán circular por el arcén derecho cuando el tramo esté expresamente señalizado para ello y sin superar los 30 km/h.
El casco deberá estar homologado y los repartidores que utilicen motocicleta también estarán obligados a vestir chaleco reflectante.
Cinturón, accidentes, semáforos y autocaravanas
Las modificaciones no terminan ahí. El cinturón de seguridad será obligatorio en cualquier tipo de vehículo, con la excepción de los pasajeros de una ambulancia que esté realizando un servicio urgente.
En vías interurbanas, cuando sea necesario pasar junto a un accidente, los conductores deberán dejar una distancia de 1,5 kilómetros y reducir la velocidad al menos 20 km/h respecto al límite establecido en la carretera, facilitando así el trabajo de policías y servicios sanitarios.
También habrá cambios dentro de las ciudades. Las luces ámbar destinadas a los vehículos dejarán de coincidir con las luces verdes para los peatones en los semáforos. La normativa reconoce además jurídicamente los caminos escolares seguros, itinerarios concebidos para facilitar que los menores lleguen a sus centros educativos.
Las autocaravanas tendrán asimismo nuevas condiciones para estacionar. No podrán desplegar elementos que sobresalgan de su perímetro, deberán apoyarse únicamente sobre sus neumáticos y tendrán prohibido verter líquidos procedentes del habitáculo.
La mayor parte de estas medidas comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2026. Hay, sin embargo, dos excepciones que tardarán un año más: las obligaciones relativas a las luces de los VMP y la homologación de los cascos de los motoristas no entrarán en vigor hasta el 1 de octubre de 2027.
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