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Autónomos en Andalucía pueden pedir hasta 7.200 euros para conciliar: requisitos y plazo de las ayudas

La Junta mantiene abierta hasta el 15 de septiembre una convocatoria para contratar personal que facilite el cuidado de menores de tres años o cubra sustituciones por embarazo, nacimiento, adopción o acogimiento

  • Una autónoma, revisando prendas de su tienda. -

Las personas trabajadoras autónomas de Andalucía tienen todavía unas semanas para acceder a las nuevas ayudas a la conciliación, que pueden alcanzar los 7.200 euros. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo mantiene abierto el plazo de solicitudes hasta el próximo 15 de septiembre.

La convocatoria moviliza en total 500.000 euros y comprende dos líneas de subvenciones destinadas a facilitar que los trabajadores por cuenta propia puedan compatibilizar su actividad profesional con determinadas responsabilidades familiares.

Hasta 7.200 euros por contratar a una persona desempleada

La primera modalidad está dirigida a autónomos con hijos menores de tres años a su cargo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

La ayuda alcanza los 6.000 euros por cada nueva contratación de una persona desempleada, no ocupada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo. El contrato deberá ser a jornada completa y mantenerse durante 12 meses.

La cuantía sube hasta 7.200 euros cuando la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

También pueden subvencionarse contratos a tiempo parcial, aunque deberán alcanzar al menos 20 horas semanales o su promedio anual. En esos casos, el importe se reducirá proporcionalmente a la jornada.

Ayudas para sustituciones por embarazo o nacimiento

La segunda línea subvenciona contrataciones destinadas a sustituir a trabajadores autónomos en situaciones de riesgo durante el embarazo o durante los descansos por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

En caso de riesgo durante el embarazo, un contrato de interinidad a jornada completa puede recibir 3.200 euros durante un máximo de ocho meses.

Para sustituciones durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento, la subvención será de 1.700 euros durante 16 semanas, aunque determinados supuestos pueden llegar a 1.900 euros por 18 semanas.

Estas cantidades aumentarán un 50% cuando las personas contratadas pertenezcan a alguno de los colectivos establecidos: mujeres, hombres menores de 30 años, personas con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo, siempre que sean desempleadas no ocupadas e inscritas en el SAE.

Serán subvencionables tanto las contrataciones formalizadas desde la entrada en vigor de la convocatoria como las realizadas durante los 12 meses anteriores y hasta que finalice el periodo para solicitar las ayudas.

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática mediante los modelos disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo o a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta, dirigiéndolas a la Delegación Territorial correspondiente al domicilio fiscal del solicitante.

Las personas trabajadoras autónomas de Andalucía tienen todavía unas semanas para acceder a las nuevas ayudas a la conciliación, que pueden alcanzar los 7.200 euros. La Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo mantiene abierto el plazo de solicitudes hasta el próximo 15 de septiembre.

La convocatoria moviliza en total 500.000 euros y comprende dos líneas de subvenciones destinadas a facilitar que los trabajadores por cuenta propia puedan compatibilizar su actividad profesional con determinadas responsabilidades familiares.

Hasta 7.200 euros por contratar a una persona desempleada

La primera modalidad está dirigida a autónomos con hijos menores de tres años a su cargo por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

La ayuda alcanza los 6.000 euros por cada nueva contratación de una persona desempleada, no ocupada e inscrita como demandante de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo. El contrato deberá ser a jornada completa y mantenerse durante 12 meses.

La cuantía sube hasta 7.200 euros cuando la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.

También pueden subvencionarse contratos a tiempo parcial, aunque deberán alcanzar al menos 20 horas semanales o su promedio anual. En esos casos, el importe se reducirá proporcionalmente a la jornada.

Ayudas para sustituciones por embarazo o nacimiento

La segunda línea subvenciona contrataciones destinadas a sustituir a trabajadores autónomos en situaciones de riesgo durante el embarazo o durante los descansos por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

En caso de riesgo durante el embarazo, un contrato de interinidad a jornada completa puede recibir 3.200 euros durante un máximo de ocho meses.

Para sustituciones durante el descanso por nacimiento, adopción, guarda o acogimiento, la subvención será de 1.700 euros durante 16 semanas, aunque determinados supuestos pueden llegar a 1.900 euros por 18 semanas.

Estas cantidades aumentarán un 50% cuando las personas contratadas pertenezcan a alguno de los colectivos establecidos: mujeres, hombres menores de 30 años, personas con discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o de terrorismo, siempre que sean desempleadas no ocupadas e inscritas en el SAE.

Serán subvencionables tanto las contrataciones formalizadas desde la entrada en vigor de la convocatoria como las realizadas durante los 12 meses anteriores y hasta que finalice el periodo para solicitar las ayudas.

Las solicitudes deben presentarse exclusivamente de forma telemática mediante los modelos disponibles en la Oficina Virtual de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo o a través del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta, dirigiéndolas a la Delegación Territorial correspondiente al domicilio fiscal del solicitante.

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