La campaña de la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) dará el pistoletazo de salida muy pronto. Este 2026, en el que todos los contribuyentes estamos obligados a declarar los ingresos correspondientes al ejercicio 2025, las fechas clave serán el 8 de abril, cuando ya se podrá empezar a cumplimentar y presentar la declaración por internet; el 6 de mayo, día en el que se podrá empezar a hacer por teléfono (con la solicitud disponible desde el 29 de abril); el 1 de junio, para la confección asistida de forma presencial de la declaración (con posibilidad de solicitarla desde el 29 de mayo), y el 30 de junio, como último día para cumplir con nuestro deber como contribuyentes en todas las vías.
Benjamí Anglès Juanpere, profesor agregado de los Estudios de Derecho y Ciencia Política de la UOC, experto en derecho tributario e investigador del grupo Taxbussiness, participará el 8 de abril en el seminario en línea de Novedades y consejos sobre la declaración de la renta 2025. También participará Alejandro García Heredia, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Cádiz y profesor colaborador del máster universitario de Fiscalidad de la UOC. Como avance, el profesor Anglès explica las principales novedades de la campaña de este año, y comparte una serie de consejos prácticos para cumplir correctamente con la obligación tributaria.
¿Quién está obligado a presentar la declaración?
La principal novedad de este año es que las personas que perciben el paro ya no están obligadas a declarar por el simple hecho de cobrarlo: solo están obligadas a hacerlo si superan los límites generales anuales, es decir, 22.000 euros o 15.876 euros, según el nombre de pagadores. Por su parte, las personas que perciben el ingreso mínimo vital (IMV) deben presentar la declaración, pero los primeros 12.600 euros están exentos y solo tributarán como rendimiento del trabajo una vez superen ese umbral. Los autónomos que hayan sido dados de alta durante el 2025 también están obligados a presentar la declaración, sea cual sea la cuantía de sus rendimientos.
El resto de los contribuyentes están obligados a presentar la declaración cuando hayan recibido ingresos anuales superiores a 22.000 euros de un único pagador, o ingresos que superen los 15.876 euros si se tienen dos o más pagadores. En este segundo está obligado a declarar si la suma del segundo y posteriores pagadores supera los 1.500 euros.
Rentas exentas y deducciones
Este año queda exenta de impuestos la pensión de alimentos para los hijos, sin necesidad de que haya sentencia de un juez: solo hay que llegar a un acuerdo en el juzgado o formalizarlo ante un notario. Una cosa parecida pasa con las indemnizaciones recibidas por daños personales. A partir de ahora, Hacienda acepta que se justifiquen a través de un acuerdo amistoso entre las partes formalizado ante un notario sin la necesidad de una sentencia judicial.
Las ayudas públicas a las personas afectadas por la dana de Valencia de 2024 por daños materiales están exentas de tributación. Si la ayuda recibida es inferior al valor de la pérdida, Hacienda permite al afectado desgravarse como "pérdida patrimonial" la parte del daño que no ha quedado cubierta por la ayuda recibida. También siguen exentas las ayudas públicas por daños personales o que tengan por objeto reparar la destrucción por incendios, inundaciones o hundimientos, erupciones volcánicas u otras causas naturales de elementos patrimoniales. Además de esto, este año se prorroga para el 2025 la deducción para los contribuyentes con residencia habitual y efectiva en la isla de La Palma.
Este año se reconoce que los tripulantes que participen en misiones de la OTAN o los militares en misiones de la ONU no tendrán que pagar el IRPF de la parte de sueldo que hayan cobrado mientras estaban trabajando en el extranjero.
En el capítulo de las deducciones, una de las novedades más importantes es que de momento han quedado sin efecto para el 2025 las deducciones vinculadas a obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas. Hacienda devolvía una parte del gasto, pero la ayuda estaba vinculada al real decreto ley que el Congreso se negó a convalidar el pasado mes de febrero. De todos modos, habrá que ver si el Gobierno vuelve a introducir esta deducción para que pueda aplicarse en esta campaña. En cambio, sí que se ha ampliado hasta el 31 de diciembre de 2025 la ayuda para poder deducirse la compra de vehículos eléctricos o la instalación de puntos de recarga. Por el contrario, si no cambia, esta ayuda ya no se aplicará para los gastos de 2026, que habría que declarar el próximo año.
Asimismo, Hacienda aplicará en esta campaña descuentos a las rentas más bajas. Las personas que ganen menos de 16.576 euros tendrán un descuento de 340 euros. A partir de aquí, el descuento se va reduciendo hasta llegar a 0 cuando logras los 18.276 euros. De este modo, se quiere garantizar que los perceptores del salario mínimo interprofesional (SMI) queden exentos.



