El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha emitido este martes una resolución en la que vuelve a cuestionar la respuesta de España ante el uso abusivo de la temporalidad en el empleo público. El fallo se refiere a la situación de interinos y personal de la Administración que han encadenado contratos temporales de manera prolongada y considera que el marco normativo español no ofrece una compensación ni una sanción suficientemente eficaz frente a estas prácticas.
En su análisis, el tribunal con sede en Luxemburgo sostiene que las medidas aplicadas hasta ahora no logran corregir adecuadamente el problema, que afecta a unos 800.000 trabajadores temporales del sector público contratados de forma abusiva. Aunque la sentencia no establece de forma directa la conversión automática en personal fijo, sí abre la cuestión de cómo debe responder el ordenamiento jurídico nacional ante estas situaciones, en un contexto en el que la decisión final corresponderá al Tribunal Supremo español.
El TJUE rechaza que la transformación de estos empleados en indefinidos no fijos sea una solución suficiente, tal y como venían planteando los tribunales españoles. En este sentido, el fallo indica que "Esta medida supone mantener una relación laboral de naturaleza temporal y, por lo tanto, la situación de precariedad del trabajador afectado, mientras que la estabilidad en el empleo ha sido concebida como un componente primordial de la protección de los trabajadores", subrayando que no se elimina la precariedad estructural derivada del abuso.
Indemnizaciones insuficientes
Asimismo, la justicia europea considera insuficiente el sistema de indemnizaciones previsto en la legislación española para compensar a los afectados cuando finaliza su relación laboral. El tribunal señala que "El Tribunal de Justicia considera que no parece que las indemnizaciones previstas por la normativa nacional, que se abonan en el momento de la extinción de la relación laboral y están sujetas a un doble límite máximo, puedan eliminar las consecuencias del incumplimiento del Derecho de la Unión en todas las situaciones de utilización abusiva de sucesivos contratos de duración determinada", lo que refuerza su criterio sobre la falta de reparación efectiva.
Finalmente, el TJUE también cuestiona otros mecanismos como la convocatoria de procesos selectivos, al entender que no garantizan por sí solos la reparación del daño sufrido por los trabajadores afectados. A su juicio, estos procedimientos no aseguran el acceso a la estabilidad laboral ni actúan como sanción efectiva frente a la Administración. Con ello, el asunto queda ahora en manos del Tribunal Supremo, que deberá determinar cómo aplicar esta interpretación del derecho europeo en el ordenamiento español.


