María León paga la multa tras su incidente con la Policía de Sevilla y pide que se dé 'carpetazo definitivo' al caso

La acusación particular ejercida por la agente de la Policía Local que resultó lesionada en el incidente ha solicitado que el importe consignado no se destine únicamente al pago de la multa

María León, en el juicio en Sevilla el pasado año.
María León, en el juicio en Sevilla el pasado año. JULIO MUÑOZ / EFE
14 de abril de 2026 a las 13:27h

La actriz María León ha abonado la multa de 5.700 euros a la que fue condenada por el incidente ocurrido con la Policía Local de Sevilla durante la madrugada del 1 de octubre de 2022. Tras este pago, ha solicitado a la autoridad judicial que se declare extinguida su responsabilidad penal y que se proceda al archivo definitivo de las actuaciones relacionadas con el caso.

La defensa de la intérprete, ejercida por la abogada Carla Vall i Durán, ha presentado un escrito en el que se acredita que la cantidad impuesta ha sido satisfecha en su totalidad mediante una transferencia bancaria a la cuenta del juzgado. En ese documento, la letrada solicita que se tenga por cumplida la pena de multa y que, en aplicación del artículo 130.1.2 del Código Penal, se declare extinguida la responsabilidad penal derivada del procedimiento.

Por su parte, la acusación particular ejercida por la agente de la Policía Local que resultó lesionada en el incidente ha solicitado que el importe consignado no se destine únicamente al pago de la multa, sino que se utilice en primer lugar para abonar la indemnización fijada judicialmente. Dicha compensación fue establecida en 100 euros, mientras que se rechazó la petición de otros 1.000 euros reclamados por supuestos daños morales. Además, esta parte ha pedido que también se cubran las costas del procedimiento, en particular las correspondientes a su acusación.

Recursos desestimados

El caso tuvo un desarrollo previo en febrero, cuando la Audiencia de Sevilla desestimó los recursos presentados por los tres policías locales personados como acusación particular y por la Fiscalía. Ambos solicitaban un incremento de la condena hasta los dos años de prisión, al considerar que los hechos debían calificarse como un delito de atentado a la autoridad y no como un delito de resistencia, tal y como había determinado la juez de lo Penal número 2 en su resolución inicial.

Finalmente, la Sección Séptima de la Audiencia hispalense confirmó íntegramente la sentencia original, manteniendo la calificación jurídica de los hechos y ratificando tanto la multa impuesta como la indemnización de 100 euros establecida a favor de la agente lesionada, cerrando así el criterio judicial previamente fijado en primera instancia.

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