Condenan al acosador que obligó a la presentadora Ana Morgade a cambiarse de domicilio

El acusado y condenado llegó a perseguirla hasta el hotel en el que se alojaba e intentó entrar en su centro de trabajo

Ana Morgade presentando un programa.
Ana Morgade presentando un programa.

La Audiencia Provincial de Navarra ha condenado a seis meses de prisión, una multa de 3.600 euros, cinco años de alejamiento y la prohibición de acercarse a la víctima a un hombre de Almendralejo (Badajoz) por su acoso continuado a la presentadora, actriz y humorista Ana Morgade. Según informa el Diario de Navarra, ya fue condenado hace unos meses por el Juzgado de lo Penal 2 de Pamplona. Ahora la sentencia es firme.

El acoso fue tal que el condenado llegó a seguir a Morgade hasta el hotel en el que se alojaba cuando iba a representar en 2019 una obra de teatro diciendo "qué casualidad". Este es uno de los muchos episodios que la cómica ha tenido que vivir y sufrir en los últimos años, aunque fue este suceso el que llevó a la víctima a denunciar ante la comisaría de la Policía Nacional en Pamplona.

Según la sentencia, el condenado se obsesionó con la víctima y comenzó a recopilar información hasta el punto de intimidarla yendo a su centro de trabajo durante el verano de 2019 - el plató de Zapeando -. En sus redes escribía "he intentado colarme para ver Zapeando, pero me han dicho nooo". Tambiéne publicó otros mensajes como "a quien le dé trabajo le voy a echar a todo mi grupo encima, mataremos a sus hijos y hasta a sus vecinos. Nunca bromeo con estas cosas. Que no vuelva a subirse al escenario, plató, ni tele ni por internet. Si me queréis poner a prueba, costará sangre". Estos insultos y amenazas también se reproducieron contra la familia de Morgade.

La sentencia de la Audiencia Provincial apunta en el escrito que, incluso, provocó el cambio de domicilio de Ana Morgade y su familia, "dada la insistencia y reiteración del acoso realizado por el acusado, se alteró gravemente el desarrollo de la vida cotidiana con desasosiego de la víctima, como consecuencia de esa actuación insistente e intimidatoria del procesado que le llevó incluso a tener que cambiar de domicilio y ocultarlo. El acusado consiguió su cercanía física, le contactó de forma reiterada, con contenidos amenazantes o humillantes, no propios de un fan o seguidor de un artista al que se admira", dicta el escrito.

La jueza de lo Penal, en primera instancia, ya sentenció que todos estos acontencimientos ocurrieron "en un lapso temporal no demasiado prolongado, pero d euna intensidad tal que provocó una modificación de la vida cotidiana no sólo de ella, sino también de su esposo. Todo ello denota el ánimo de inmiscuirse en la vida de la víctima más allá de los límites tolerables".

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