Condenan a casi 31 años de cárcel a un entrenador de fútbol base por abusos sexuales sobre 13 menores

La Justicia declara responsable civil subsidiario, en el pago de las indemnizaciones a las víctimas, al Málaga CF en la mayoría de los casos

Un momento del juicio, en una imagen de EP.
Un momento del juicio, en una imagen de EP.

La Audiencia de Málaga ha condenado a 30 años y once meses de cárcel a un entrenador de fútbol de categorías inferiores por varios delitos de carácter sexual cometidos sobre 13 menores. Además, se le impone una medida de libertad vigilada de ocho años, a cumplir con posterioridad a la pena de prisión.

En la sentencia de la Sección Tercera, de 119 folios y a la que ha tenido acceso Europa Press, se le condena por cinco delitos de abuso sexual, tres de ellos sobre la misma víctima; exhibicionismo y provocación sexual, embaucamiento y delito intentado de hacer participar a menores en un comportamiento sexual que le perjudique.

En la resolución, notificada este miércoles y que se puede recurrir, se señala en cuanto a la pena de prisión que se debe aplicar el artículo del Código Penal en el que se establece el máximo de cumplimiento, que en este caso no puede exceder los 20 años de cárcel.

Además de la pena de cárcel, se le impone la inhabilitación especial para cualquier profesión u oficio, sea o no retribuido, que conlleve contacto con menores por un tiempo de 20 años y la prohibición de acercarse a las víctimas a menos de 500 metros o comunicar con ellos durante 25 años.

Asimismo, se le condena a indemnizar a las víctimas, con una cantidad total de 54.000 euros, declarando responsables civiles subsidiarios al Málaga Club de Fútbol en el caso de la mayoría de las cantidades y al Club de Fútbol Alhaurín de la Torre en uno de ellos.

Los magistrados declaran probado que el acusado llevó a cabo entre 2011 y 2016, "intencionada y conscientemente", determinados actos con los menores, como conversaciones de contenido sexual o tocamientos, con lo que "atentó a su libertad sexual", además, "teniendo conocimiento" de las edades que tenían, entre 13 y 16 años.

La Audiencia considera, al igual que las acusaciones, que el procesado aprovechó su condición de entrenador de varios de estos menores o de utillero, colaborador o encargado de material deportivo para llevar a cabo estos hechos; además de la "especial situación de desprotección" que tenían algunas de las víctimas por vivir fuera de su hogar familiar.

Asimismo, esa condición de entrenador o de ayudante que había ejercido "también le valió para continuar en contacto con determinados menores y seguir llevando a cabo actos de naturaleza sexual tendentes a la misma finalidad de satisfacción del procesado", señala la sentencia.

Se considera probado que en algunos casos mantuvo contacto sexual físico y en otros fueron conversaciones con ese contenido a través de una aplicación de mensajería, por la que también propuso a otros menores ir a clubes de alterne, aunque estas visitas a los establecimientos no se llegaron a realizar.

Para los magistrados, a causa de los hechos probados, esos menores "han sufrido perjuicio moral", estando dos de ellos "especialmente afectados psicológicamente". El Tribunal llega a la condena por las manifestaciones de las víctimas y otras comprobaciones, apuntando que en el juicio el acusado solo admitió haber intercambiado fotos, aunque ante la Policía sí hizo más manifestaciones espontáneas.

Asimismo, la Sala absuelve al acusado de varios delitos —dos de ellos de abuso sexual y el resto de exhibicionismo y embaucamiento sexual— por los que era acusado respecto a otros 12 menores.

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