En el año 2020, los hogares españoles tiraron a la basura 1.364 millones de kilos de alimentos, una media de 31 kilos por persona. El Consejo de Ministros aprobó ayer el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario, la primera regulación sobre esta materia que se promulga en España, con el objetivo de reducir el desecho a la basura de alimentos sin consumir y favorecer un mejor aprovechamiento de éstos. Se desperdicia el 3,8 % del total de alimentos y bebidas comprados dentro y fuera de los hogares.
Se estima que 13,18 millones de hogares sigue desperdiciando alimentos y que 3 de cada 4 hogares desperdicia alimentos pero un 26,1 % de los hogares no desperdicia. En todo el mundo, entre un cuarto y un tercio de los alimentos producidos anualmente para el consumo humano se pierden o desperdician. Esto equivale a unos 1.300 mil millones de toneladas de alimentos, que incluyen el 30% de los cereales, entre el 40 y el 50% de las raíces, frutas, verduras y semillas oleaginosas, el 20% de la carne y los productos lácteos y el 35% del pescado. La FAO estima que estos alimentos serían suficientes para alimentar a dos mil millones de personas.
El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha llamado la atención sobre estos datos, que suponen la pérdida de 250 euros por persona. Pero también que es la primera vez que se legisla en España sobre la materia, algo que hasta el momento solo han hecho Francia e Italia. la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que se desperdicia aproximadamente el 30 % de los alimentos que se producen en el mundo, lo que equivale a unos 1.300 millones de toneladas anuales, y que casi la mitad de este despilfarro se produce en la fase de postcosecha y venta minorista.

La ley tiene como objetivos “regular y concienciar” y “da respuesta a una necesidad social”, ha destacado. Por un lado, “regula el uso preferente de los alimentos para consumo humano”, favoreciendo la donación, y por otro trata de “concienciar a la sociedad sobre la necesidad de disminuir el despilfarro de alimentos”.
Las empresas de la cadena alimentaria deberán contar con un plan de prevención para que, a partir de un autodiagnóstico, adopten medidas para minimizar las pérdidas conforme a una jerarquía de usos en la que tendrá prioridad el consumo humano. La ley trata de fomentar buenas prácticas desde los productores primarios, en la fase de cosecha y recolección de los alimentos, hasta los consumidores, bien en el hogar o en bares y restaurantes, ya que el desperdicio de alimentos se produce a lo largo de todas las fases de la cadena.
El anteproyecto se ha sometido al trámite de audiencia pública y se han realizado cuatro foros participativos dedicados a consumidores y ONGs, distribución y canal Horeca, industria y sector primario. Con la aprobación de esta ley, el Gobierno da un paso más en su compromiso con el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) incluidos en la Agenda 2030 de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
El ODS 12.3 establece en concreto la aspiración de “reducir a la mitad el desperdicio de alimentos per cápita mundial en la venta al por menor y a nivel de los consumidores y reducir las pérdidas de alimentos en las cadenas de producción y suministro, incluidas las pérdidas posteriores a la cosecha. Para la donación de los excedentes de alimentos, los agentes de la cadena deberán suscribir convenios de colaboración con empresas, entidades de iniciativa social y otras organizaciones sin ánimo de lucro o bancos de alimentos. En estos acuerdos se deberán recoger de forma expresa las condiciones de recogida, transporte y almacenamiento de los productos, entre otras cuestiones.

Cuando los alimentos ya no sean aptos para el consumo humano, la preferencia de uso será, por este orden, la alimentación animal y fabricación de piensos; el uso como subproductos en otra industria ya como residuos, y la obtención de compost o biocombustibles.
Las empresas de hostelería tendrán la obligación de facilitar al consumidor que pueda llevarse, sin coste adicional alguno, los alimentos que no haya consumido –salvo en los establecimientos tipo bufé libre o similares-. Para ello deberán disponer de envases aptos para el uso alimentario, que sean reutilizables o fácilmente reciclables.
Asimismo, la ley apela a incentivar la venta de productos con la fecha de consumo preferente o de caducidad próxima, de acuerdo a la jerarquía de prioridades de uso. El Gobierno adoptará políticas y medidas para fomentar la adecuación de las fechas de consumo preferente a la prevención del desperdicio, para lo que deberá llevar a cabo acciones formativas y divulgativas sobre la correcta interpretación de las fechas de caducidad y consumo preferente.
Igualmente se incentivará que los agentes de la cadena alimentaria ajusten las fechas de consumo preferente de sus productos hasta el máximo que garantice una adecuada calidad de los mismos y se promoverá la investigación y la innovación sobre la viabilidad de los alimentos para alargar la vida úti
Régimen sancionador
El régimen sancionador establece como falta grave no contar con un plan de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, para la que prevé sanciones que pueden oscilar entre 2.001 y 60.000 euros, así como la segunda o ulterior infracción leve que suponga reincidencia en el plazo de dos años. Asimismo, se considerarán infracción leve la negativa a colaborar con las administraciones públicas para la cuantificación de los residuos de alimentos. La ley prevé para las infracciones leves sanciones de apercibimiento o multas de hasta 2.000 euros.
El desperdicio de alimentos es consecuencia de un funcionamiento ineficiente de los sistemas alimentarios. Sus causas están relacionadas con errores en la planificación y calendario de cosecha, empleo de prácticas de producción y manipulación inadecuadas, deficiencia en las condiciones de almacenamiento, malas técnicas de venta al por menor y prácticas de los proveedores de servicios, y comportamiento inapropiado de los consumidores
Además, se han realizado cuatro foros participativos dedicados de forma especializada a consumidores y ONGs (11 de noviembre de 2021 en Valencia), distribución y canal Horeca (24 de noviembre de 2021 en Barcelona), industria (26 de enero de 2022 en Pamplona) y sector primario (18 de marzo de 2022 en Cáceres).
La Ley contiene 18 artículos estructurados en seis capítulos: disposiciones generales; obligaciones de los agentes de la cadena alimentaria; medidas de buenas prácticas; racionalización de las fechas de consumo preferente; instrumentos para el fomento y control; régimen sancionador. Además consta de una disposición adicional y tres finales.


