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Silvia Intxaurrondo gana el juicio a TVE y seguirá cobrando el sueldo previo a su regularización laboral

Intxaurrondo pasó a ser trabajadora indefinida no fija de RTVE después de una actuación de la Inspección de Trabajo

  • Silvia Intxaurrondo, en 'La Hora de La 1'.

La Justicia ha dado la razón a la presentadora Silvia Intxaurrondo en el conflicto que mantenía con RTVE por sus condiciones salariales. Según la sentencia, adelantada por El Mundo, la Corporación deberá mantener a la periodista una retribución anual equivalente a la que percibía antes de su regularización laboral, situada en torno a los 254.000 euros, mientras continúe presentando y dirigiendo La Hora de La 1. El fallo establece que esa cantidad estará vinculada a las funciones que desempeña actualmente.

Intxaurrondo pasó a ser trabajadora indefinida no fija de RTVE después de una actuación de la Inspección de Trabajo. La Corporación regularizó su situación en septiembre de 2025 y estableció entonces un salario base de 2.201,84 euros mensuales, al que se sumaban otros 10.000 euros al mes por sus funciones en el programa. Con ese nuevo esquema, sus ingresos anuales quedaban en 140.814 euros. Hasta ese momento, la periodista trabajaba para RTVE a través de su sociedad, Sukun Comunicación.

A partir de ahora, según determina la resolución judicial, la presentadora percibirá el salario base establecido en el convenio colectivo y los complementos necesarios hasta alcanzar la cantidad que cobraba anteriormente, cerca de 254.000 euros anuales. Sin embargo, el juez precisa que esta retribución queda ligada a sus actuales funciones en La Hora de La 1 y no supone que esa cantidad quede consolidada con independencia del puesto que ocupe en el futuro.

La otra parte de la sentencia

La sentencia no estima, en cambio, todas las reclamaciones planteadas por Intxaurrondo. El juez descarta que existiera una cesión ilegal de trabajadores entre la periodista, Sukun Comunicación y RTVE durante la relación anterior. Por tanto, no considera que la empresa actuara como una mera intermediaria y que la Corporación fuera realmente su empleadora, por lo que tampoco reconoce los derechos adicionales que se derivarían de esa figura jurídica.

Tampoco prospera íntegramente su reclamación relacionada con los desplazamientos. Aunque el anterior contrato mercantil contemplaba el transporte de ida y vuelta entre su domicilio y Prado del Rey, la resolución únicamente reconoce que RTVE debe hacerse cargo del trayecto de ida cuando tenga que incorporarse antes de las seis de la mañana, un derecho que ya estaba previsto en el convenio colectivo. El juez rechaza expresamente que la Corporación deba facilitar también el transporte de regreso a casa, que deberá correr a cuenta de la propia Intxaurrondo.

La Justicia ha dado la razón a la presentadora Silvia Intxaurrondo en el conflicto que mantenía con RTVE por sus condiciones salariales. Según la sentencia, adelantada por El Mundo, la Corporación deberá mantener a la periodista una retribución anual equivalente a la que percibía antes de su regularización laboral, situada en torno a los 254.000 euros, mientras continúe presentando y dirigiendo La Hora de La 1. El fallo establece que esa cantidad estará vinculada a las funciones que desempeña actualmente.

Intxaurrondo pasó a ser trabajadora indefinida no fija de RTVE después de una actuación de la Inspección de Trabajo. La Corporación regularizó su situación en septiembre de 2025 y estableció entonces un salario base de 2.201,84 euros mensuales, al que se sumaban otros 10.000 euros al mes por sus funciones en el programa. Con ese nuevo esquema, sus ingresos anuales quedaban en 140.814 euros. Hasta ese momento, la periodista trabajaba para RTVE a través de su sociedad, Sukun Comunicación.

A partir de ahora, según determina la resolución judicial, la presentadora percibirá el salario base establecido en el convenio colectivo y los complementos necesarios hasta alcanzar la cantidad que cobraba anteriormente, cerca de 254.000 euros anuales. Sin embargo, el juez precisa que esta retribución queda ligada a sus actuales funciones en La Hora de La 1 y no supone que esa cantidad quede consolidada con independencia del puesto que ocupe en el futuro.

La otra parte de la sentencia

La sentencia no estima, en cambio, todas las reclamaciones planteadas por Intxaurrondo. El juez descarta que existiera una cesión ilegal de trabajadores entre la periodista, Sukun Comunicación y RTVE durante la relación anterior. Por tanto, no considera que la empresa actuara como una mera intermediaria y que la Corporación fuera realmente su empleadora, por lo que tampoco reconoce los derechos adicionales que se derivarían de esa figura jurídica.

Tampoco prospera íntegramente su reclamación relacionada con los desplazamientos. Aunque el anterior contrato mercantil contemplaba el transporte de ida y vuelta entre su domicilio y Prado del Rey, la resolución únicamente reconoce que RTVE debe hacerse cargo del trayecto de ida cuando tenga que incorporarse antes de las seis de la mañana, un derecho que ya estaba previsto en el convenio colectivo. El juez rechaza expresamente que la Corporación deba facilitar también el transporte de regreso a casa, que deberá correr a cuenta de la propia Intxaurrondo.

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