El Acuerdo —verdadero Tratado internacional— entre el Consejo Europeo (CE) y el Gobierno turco de 18 de marzo del presente año es una constante contradicción entre su principal objetivo y los principios y derechos que reconocen los Tratados comunitarios. Establece que “Todos los nuevos migrantes irregulares que pasen de Turquía a las islas griegas a partir del 20 de marzo de 2016 serán retornados a Turquía”. Es evidente que falsea la realidad porque los llamados “migrantes” son realmente refugiados. Y, como tales, tienen un estatus especial reconocido en el Derecho Internacional, Derecho menospreciado y violado por el CE. Ya en la Declaración Universal de 1948, el Art. 14.1 establecía que “En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país”.

Derecho luego desarrollado en la Convención de Ginebra de 1951 y otros instrumentos internacionales y nacionales. Paralelamente, el Convenio de Roma, en su Protocolo 4, establecía la “prohibición de expulsiones colectivas de extranjeros”. La razón de este derecho es evidente; como expresó la profesora Mangas, “el fin del asilo es sobrevivir” porque los refugiados huyen de las guerras y las variadas formas de violencia. Pese a estos antecedentes, el Acuerdo europeo-turco, con una desfachatez sin límites, afirma que se descarta la expulsión colectiva y se respetará el principio de no devolución. Y admite un reasentamiento en los Estados miembros de hasta 54.000 personas, que no cumplirá.

Una potencia extranjera, mediante la fuerza de las armas, aborda las embarcaciones de refugiados y los devuelve a Turquía

Pero este Acuerdo tiene precedentes que se invocan en el Preámbulo que ayudan a comprender la capacidad del CE para violar sus propios Acuerdos y las normas comunitarias, sin consecuencia jurídica alguna. En él se hace referencia al Plan de Acción conjunto (PAC) entre la UE y el Gobierno turco de 29 /11/2015 que contiene cláusulas directamente ilegales. Como, entre otras, reconocer al Gobierno turco que “refuerce todavía más la capacidad de interceptación de la Guardia Costera Turca, en particular mediante la mejora del equipamiento de vigilancia, el incremento de su actividad patrullera y su capacidad de búsqueda y rescate”. El CE confiere a una potencia extranjera que, mediante la fuerza de las armas, aborde las embarcaciones de refugiados que buscan asilo en Europa y los devuelva a Turquía, decisión que representa un ataque directo al fundamental derecho de asilo y a otros derechos a los que luego nos referiremos. Pero, además, el PAC representó dejar sin efecto las siguientes  Decisiones comunitarias.

En efecto, en septiembre de 2015 se aprobaron por el Consejo Europeo dos Decisiones ante “la reciente situación de crisis del Mediterráneo”, ”la situación de emergencia por la afluencia repentina de nacionales de terceros países” y por “los flujos migratorios excepcionales” adoptándose la decisión de reubicar a “los más vulnerables”. En las mismas, se reconocía que entre 2014 y 2015 habían accedido a las fronteras europeas 547.000 personas procedentes de Oriente Medio y Norte de África. En 2014, “más de 170.000 inmigrantes llegaron a Italia de forma irregular” con un aumento del 277% respecto a 2013.

A Grecia llegaron “más de 50.000 inmigrantes irregulares”, con un aumento del 153% respecto a 2013. En la segunda de dichas Decisiones se reconoce que en Grecia, en 2015, “llegaron más de 211.000 migrantes irregulares” y que desde el comienzo de 2015 habían llegado a Italia “de forma irregular unos 116.000 migrantes”. Es decir, un total de 547.000 personas entre refugiados y migrantes. Se acordaba reubicar a 160.000 personas en un plazo que se cumplió el pasado mes y que, obviamente, ha sido abiertamente incumplido.

Se acordaba reubicar a 160.000 personas en un plazo que se cumplió el pasado mes y que, obviamente, ha sido incumplido

Ante este panorama de abierta ilegalidad, ACNUR, acertadamente, el 8 de marzo de este año, ante el PAC y el inminente Acuerdo de la UE con Turquía, expresó su preocupación sobre cualquier disposición que implique el retorno generalizado de todas las personas de un país a otro sin la suficiente y detallada salvaguardia de la protección a los refugiados conforme a las obligaciones internacionales. Como, en efecto, ha ocurrido y sigue ocurriendo.

En efecto, el Acuerdo ha constituido una grave y persistente violación de los valores de la UE proclamados en el Art. 2 del Tratado, en especial los de “no discriminación” y “solidaridad”. Igualmente, el Acuerdo ha vulnerado el deber establecido en el Art.21 de dicho Tratado sobre “La acción de la Unión” que debe ser “fomentar en el resto del mundo… la universalidad e indivisibilidad de los derechos humanos… el respeto a la dignidad humana y los principios de igualdad y solidaridad…”. Como igualmente, entre otras muchas normas violadas, la que obliga a la UE a velar por un “sistema común para la protección temporal de las personas desplazadas en caso de afluencia masiva” (Art. 78) como es la situación generada, entre otros factores, por la prolongada y  cruel guerra en Siria. Por el sacrificio de los derechos de los refugiados, el Gobierno turco ha cobrado nueve mil millones de euros.

Por todo este cuadro de permanente ejercicio abusivo de poder del CE, está más que justificado que tres organizaciones cívicas catalanas hayan promovido la interposición de un recurso “directo” ante el Tribunal de Justicia de Luxemburgo que tiene la función de “controlar la legalidad” de los actos del CE. Denunciando las descritas violaciones del Derecho Comunitario y, sobre todo, una continuada “desviación de poder” que ha perjudicado “directa e individualmente” a miles de refugiados,  parte de los cuales —unos 60.000— aún permanecen recluidos en Grecia. Y uno de ellos, valientemente, ha asumido esa responsabilidad y ha confiado en el también valeroso letrado griego para presentar el recurso el pasado 29 de noviembre. Obviamente, dicho recurso está cargado de razón frente a la sinrazón y antijuridicidad del CE. En él confían miles de refugiados.

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Carlos Jiménez Villarejo

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