Sevilla tiene nueva normativa para los patinetes eléctricos: es obligatorio llevar casco

Las sanciones oscilan entre 50 y 100 euros para infracciones leves, entre 101 y 200 euros para las graves y entre 201 y 500 euros para las muy graves

Un hombre montado en patinete, en las inmediaciones de la Catedral de Sevilla, durante el gran apagón.
Un hombre montado en patinete, en las inmediaciones de la Catedral de Sevilla, durante el gran apagón. MAURI BUHIGAS
19 de febrero de 2026 a las 15:23h

El Pleno del Ayuntamiento de Sevilla ha aprobado este jueves la reforma de la normativa que regula el uso y la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP), en particular los patinetes eléctricos. El nuevo texto recibió el respaldo de todos los grupos municipales, mientras que Vox optó por la abstención.

El delegado de Movilidad, Álvaro Pimentel, defendió la modificación al considerar que responde a la necesidad de mejorar la convivencia urbana ante el aumento de la siniestralidad asociada a estos vehículos. La reforma pretende reforzar la seguridad y clarificar las normas para usuarios y peatones en el espacio público.

Entre las medidas que afectan directamente a los usuarios destaca la prohibición de estacionar los VMP en aceras y zonas peatonales, así como de anclarlos a elementos del mobiliario urbano o al arbolado. El aparcamiento solo podrá realizarse en espacios habilitados. Además, se establece la obligatoriedad de utilizar casco de protección homologado y chaleco reflectante.

La normativa introduce límites técnicos y de circulación. Solo podrán circular por vías ciclistas los VMP cuya potencia nominal no supere los 250 vatios y deberán respetar una velocidad máxima de 15 km/h, que se reducirá a 10 km/h en itinerarios compartidos con peatones. También se aplican a estos vehículos las restricciones previstas para las bicicletas, incluida la obligación de desmontar en situaciones de aglomeración. La edad mínima para su uso se mantiene en 15 años, a petición de la Policía Local.

Las prohibiciones

Asimismo, se mantienen las prohibiciones fijadas por la normativa estatal: los VMP no podrán circular por aceras, zonas peatonales ni túneles urbanos, no podrán transportar a más de una persona y deberán contar con alumbrado reglamentario. Será obligatorio disponer de seguro de responsabilidad civil, certificado de circulación y registro en la Dirección General de Tráfico. También continúa prohibido conducir utilizando auriculares, teléfonos móviles u otros dispositivos de comunicación, así como bajo los efectos del alcohol o drogas.

El nuevo texto tipifica como infracciones leves estacionar en aceras o zonas peatonales o anclar los vehículos a mobiliario urbano, arbolado o señalización. Entre las infracciones graves se incluyen circular sin la edad mínima exigida, no utilizar casco abrochado o chaleco reflectante y usar VMP con potencia superior a la permitida en vías ciclistas. Las sanciones oscilan entre 50 y 100 euros para infracciones leves, entre 101 y 200 euros para las graves y entre 201 y 500 euros para las muy graves, elevándose en este último caso el límite máximo desde los 400 euros anteriores.

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Emilio Cabrera.

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