Empujones en una discoteca de Sevilla: absuelven al acusado de romper una cachimba en la cabeza del novio de su ex

El joven agredido le denunció tras sufrir el golpe a la salida de la terraza Plaza Europa, pero la Audiencia de Sevilla, no ve "plena certeza sobre la autoría" de este hecho

Le rompe una cachimba en la cabeza a la salida de la discoteca Plaza Europa de Sevilla.
Le rompe una cachimba en la cabeza a la salida de la discoteca Plaza Europa de Sevilla.

El Tribunal Supremo (TS) ha resuelto que "no ha lugar a la admisión" de un recurso de casación interpuesto contra una sentencia de la Audiencia de Sevilla, que absuelve de un presunto delito de lesiones a un joven acusado de haber agredido presuntamente al entonces novio de su expareja, rompiéndole una cachimba en la cabeza en una discoteca de la Cartuja. El Supremo, en ese sentido, coincide con la Audiencia en que no hay plena "certeza sobre la autoría del delito de lesiones, persistiendo dudas racionales y razonables de cómo ocurrieron los hechos".

En este auto emitido el pasado 15 de abril y recogida por Europa Press, el Supremo aborda un recurso de casación formulado por un varón, contra una sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla que absuelve de un presunto delito de lesiones a un joven al que había denunciado el recurrente tras ser víctima de una agresión.

En concreto, la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla declaró probado que sobre las 3.30 horas del la madrugada del 6 de septiembre de 2015, el joven víctima de la agresión y denunciante de los hechos "se dirigía hacia la salida de la discoteca Plaza Europa, sita en el Camino de los Descubrimientos de Sevilla, en compañía de su novia", cuando "se cruzó con el acusado, quien con anterioridad había mantenido una relación" con la misma chica, precisando la Audiencia que "debido a que esa relación anterior de noviazgo con el acusado, se habían generado desavenencias" entre la víctima de los hechos y el acusado.

"Al encontrarse ambos, se originó un incidente entre ellos, con cruce de empujones presenciado por otros clientes de la discoteca que se encontraban próximos y alguno de ellos comenzaron a lanzar objetos, tales como vasos y botellas, uno de los cuales impactó en la espalda" del denunciante y víctima de los hechos, indica la sentencia inicial de la Audiencia, agregando que después, al girarse este joven, "una persona no identificada le golpeó por detrás en la cabeza con una cachimba de pipa, lo que le causó" un traumatismo craneoencefálico, una herida inciso contusa en zona parietal derecha que precisó sutura con posteriores cicatrices en el cuero cabelludo, hematoma subdural agudo temporal derecha, hematoma subdural tentorial, fractura temporoparietal derecha, hipoacusia derecha, traumatismo facial con una herida de un centímetro en el labio inferior y la pérdida parcial de piezas dentarias.

En ese sentido, la sentencia es absolutoria respecto al varón denunciado, porque "no está suficientemente acreditada la autoría de las lesiones" sufridas por el denunciante.

Al punto, el Supremo, analizando el recurso de casación del varón víctima de la agresión, expone que "la declaración del recurrente en el plenario no fue consistente con la mantenida durante la instrucción", declarando en principio que fueron "varios quienes le habían golpeado por detrás" y luego que había sido el exnovio de su entonces pareja, entre otros aspectos. Además, señala los posibles "motivos espurios que podía tener el recurrente contra el acusado", dadas sus "desavenencias" previas.

En paralelo, la exnovia del denunciado y entonces pareja del joven víctima de la agresión declaró en el juicio "que cuando ambos se disponían a marcharse de la discoteca, ella iba por delante y cuando se dio la vuelta, 'ya estaba todo liado' y vio cómo 'le partieron a su novio una cachimba en la cabeza y cayó al suelo", especificando que no había sido su exnovio, sino "un amigo del mismo". Además, la chica insistió durante el juicio que "nunca dijo a la Policía" que el autor de la agresión había sido su exnovio.

"Otros testigos presentes declararon que no había sido el investigado el que golpeaba al denunciante, sino que tras haber golpeado éste último al acusado, que cayó como consecuencia del golpe, 'se lió todo y empezaron a volar vasos y botellas' en el lugar", invoca el Supremo respecto al relato de los hechos de la sentencia inicial absolutoria.

"La sentencia realiza una correcta ponderación de las reglas de valoración de la declaración de la víctima; sin haber obtenido la certeza sobre la autoría del delito de lesiones, persistiendo dudas racionales y razonables de cómo ocurrieron los hechos, lo que le lleva a dictar un pronunciamiento absolutorio", razona el Supremo, recordando el principio in dubio pro reo, ante lo cual resuelve que "no ha lugar a la admisión" del recurso de casación de la víctima de la agresión contra la sentencia absolutoria de la Audiencia.

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