Victoria judicial del expolicía Juan Cadenas: la juez sentencia que Puerto Serrano incumplió en prevención

El Ayuntamiento de la localidad dispuso la Jefatura de la Policía Local en unas instalaciones no aptas

Cadenas, en una entrevista con este medio. FOTO: JUAN CARLOS TORO
Cadenas, en una entrevista con este medio. FOTO: JUAN CARLOS TORO

El Juzgado de lo Social número 2 de Jerez ha dictado sentencia reconociendo el derecho del ex policía local de Puerto Serrano Juan Cadenas a un recargo en las prestaciones tras su incapacidad dictada por perder un ojo en acto de servicio. Según la jueza, el Ayuntamiento es responsable por falta de medidas de seguridad en el suceso que sufrió en el año 2015. Según la sentencia, se trata del importe máximo previsto legalmente, el 50% debido a la gravedad de las infracciones de previsión de riesgos laborales en las que incurrió el Ayuntamiento.

Lo que la sentencia ya reconoce es que fallaron las instalaciones y el Consistorio no hizo lo suficiente para arreglaras. La Policía Local de había trasladado a una antigua estación de autobuses en la que las puertas eran de cristal. Esto fue fundamental para que se produjera una agresión que a punto estuvo con acabar con su vida.

Tras detener a un miembro del clan de Los Cachimba por una cuestión de tráfico, el hermano del arrestado trató de sacarlo de la jefatura de Policía. Rompió los cristales y accedió al interior, atacando a los dos agentes que le custodiaban y que se encontraban solos en las instalaciones. Con un cristal de unos 15 centímetros, perdió la visión en el ojo izquierdo y daños en el cielo de la boca.

Ramón Dávila, abogado defensor de Juan Cadenas, señalaba que "tanto la Inspección de trabajo en Cádiz como la dirección provincial del INSS en Cádiz deberían pedir disculpas a Juan Cadenas por el sufrimiento que han provocado. Su cerrada negativa a admitir la aplicación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales a la Policía Local y su injustificada posición de mantener la inexistencia de infracciones legales, han provocado un retraso de cuatro años para este obligado reconocimiento de que la ley es aplicable a la Policía Local y de que el Ayuntamiento de Puerto Serrano incumplió muy gravemente sus obligaciones para con la seguridad de Juan Cadenas y restantes policías locales".

Paradójicamente, mientras se denegaba la incapacidad absoluta a Juan Cadenas, su agresor recibía el 100% aun siendo condenado. Aunque en este aspecto, la sentencia condena a la citada compensación pero no al INSS. En definitiva, una parte del calvario judicial de Cadenas parece haber terminado, aunque contra ésta cabe recurso.

Sobre el autor:

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Pablo Fdez. Quintanilla

Licenciado en Periodismo y Máster en Comunicación Institucional y Política por la Universidad de Sevilla. Comencé mi trayectoria periodística en cabeceras de Grupo Joly y he trabajado como responsable de contenidos y redes sociales en un departamento de marketing antes de volver a la prensa digital en lavozdelsur.es.

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