Lo que parecía una tarde tranquila frente al televisor era, en realidad, el escenario de una pesadilla silenciosa. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de cinco años de prisión para Antonio d. V. T., un hombre que aprovechó su convivencia en una vivienda de El Puerto para abusar de su sobrina de apenas ocho años.
El "modus operandi" se repetía con una normalidad escalofriante. Entre 2016 y 2017, el acusado invitaba a la pequeña a su dormitorio con el cebo de ver capítulos de la serie Doraemon. Aprovechando la soledad de la estancia y su autoridad como tío, se tumbaba junto a ella en la cama y le tocaba los genitales por debajo de la ropa. Según la sentencia, estos hechos ocurrieron en más de diez ocasiones. Los abusos resultaron invisibles para el resto de la familia; se realizaban sin ruidos ni movimientos bruscos que alertaran a la abuela o a la hermana, presentes en otras habitaciones.
El trauma permaneció latente hasta que la víctima cumplió 13 años. Fue entonces cuando, al alcanzar la madurez necesaria, comprendió que aquellos actos no eran "normales". Un ataque de ansiedad en el colegio fue el detonante que permitió a la psicóloga del centro activar el protocolo de protección.
La defensa intentó tumbar la condena alegando que el relato era "fruto de la fantasía" y cuestionando el retraso en la denuncia. Sin embargo, el tribunal ha sido tajante: es "lógico y comprensible" que una niña no hable hasta que tiene formación sexual suficiente. Además, el TSJA ha rechazado las atenuantes de drogadicción y dilaciones indebidas, señalando que "la simple condición de consumidor no es suficiente" para justificar el abuso.
El fallo definitivo impone, además de la cárcel, una indemnización de 9.000 euros por daño moral y la prohibición de acercarse a la menor durante diez años. El sistema escolar se convirtió en el salvavidas de una niña que hoy arrastra graves secuelas psicológicas.



