La condena pasa de 25 años y nueve meses a 18 y nueve meses de prisión por un delito de asesinato en grado de tentativa y de incendio, en relación de concurso ideal, y por un delito de amenazas.
La Sala II del Tribunal Supremo (TS) ha rebajado de 25 años y nueve meses a 18 años y nueve meses de prisión la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Cádiz a un hombre que en octubre de 2010 intentó asesinar a su pareja en el domicilio de ella en la avenida de Europa, en Jerez, rociándola con whisky tanto a ella como al sofá donde estaba sentada, prendiendo después fuego al sofá y originando un incendio.
Cabe señalar que la mujer salvó la vida lanzándose al vacío desde la terraza, al ser amortiguada su caída por unos colchones de una colchonería cercana colocados por unos viandantes, según recoge la sentencia consultada por Europa Press.
Concretamente, el Supremo ha condenado a esta persona a 18 años por un delito de asesinato en grado de tentativa y de incendio, en relación de concurso ideal, y a nueve meses de cárcel por un delito de amenazas.
La sección tercera de la Audiencia Provincial condenó al hombre a 25 años y nueve meses de prisión -13 años por asesinato intentado, 12 años por incendio y nueve meses por amenazas-. El Supremo establece una única pena de 18 años de cárcel por los dos primeros delitos al existir un concurso ideal pluriofensivo, es decir, que existe un solo hecho que constituye dos delitos: el de incendio y el asesinato intentado, por lo que resulta de aplicación el artículo 77.1 del Código Penal.
La condena a nueve meses de cárcel y a tres años de alejamiento se mantiene en los mismos términos, mientras que por el incendio y el intento de asesinato se imponen 20 años de alejamiento -tres menos de los acordados por la Audiencia-.
Según se recoge en los hechos probados, el suceso tuvo lugar en octubre de 2010, cuando el agresor -que se desplazaba en silla de ruedas debido a enfermedad que sufrió el año anterior y que le había dejado hemipléjico- y la víctima mantuvieron una discusión que acabó con el condenado rociando con alcohol y prendiendo fuego a la víctima antes de salir del domicilio en el que convivían, que era propiedad de la mujer.
La víctima tuvo que salir de la vivienda por la terraza arrojándose a unos colchones colocados por unos viandantes. A causa de estos hechos sufrió quemaduras y fracturas, por lo que estuvo 85 días ingresada en un centro hospitalario y precisó 413 días en curar, quedándole numerosas secuelas.
Además de los daños causados en el edificio, resultaron con lesiones seis vecinos que se encontraban en sus viviendas en el momento del incendio.
El condenado recurrió en casación la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz ante el Tribunal Supremo, que ha estimado parcialmente el recurso y ha dictado una nueva sentencia en los términos antes indicados.
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