El bono cultural de 400 euros para los que cumplan 18 años ya es una realidad: así se puede gastar

El Gobierno publica el texto con todas las actividades incluidas en el bono que se podrá utilizar durante un año desde que sea concedido

'Manon' durante su interpretación en el Teatro Villamarta.
'Manon' durante su interpretación en el Teatro Villamarta. MANU GARCÍA

El Bono Cultural Joven que prometió Pedro Sánchez ya no es una promesa, es una realidad publicada en el Boletín Oficial del Estado. El bono en sí no causaba muchas dudas, 400 euros para aquellos que cumplan 18 años durante 2022 y tengan la nacionalidad española. "Se concederá por una sola vez a cada beneficiario de acuerdo con el procedimiento recogido en el artículo 10 y será individual, personal e intransferible".

Lo que no quedaba tan claro eran los productos o espectáculos en los que se podría gastar esta cuantía. Esa cuestión ha sido despejada con la normativa aprobada por el Gobierno donde se conteplan tres tipos de actividades en las que se puede utilizar este bono. Los beneficiarios tendrán un año desde que se les conceda.

El Bono Cultural Joven se puede utilizar en "artes en vivo, patrimonio cultural y artes audiovisuales: entradas y abonos para artes escénicas, música en directo, cine, museos, bienes integrantes del patrimonio histórico español, bibliotecas, exposiciones y festivales escénicos, literarios, musicales o audiovisuales, hasta un máximo de 200 euros por beneficiario".

Otras de las posibilidades son los "productos culturales en soporte físico: libros; revistas, prensa, u otras publicaciones periódicas; videojuegos, partituras musicales, discos de vinilo, CD, DVD, o los conocidos como Blu-ray, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario".

Por último, y esto no estaba claro cuando se anunció, también incluye "consumo digital o en línea: suscripciones y alquileres a plataformas musicales, de lectura o audiolectura, o audiovisuales, compra de audiolibros, compra de libros digitales, compra de canciones o álbumes digitales a través de plataformas de venta de música, suscripción para descarga de archivos multimedia (los conocidos como podcasts), suscripciones a videojuegos en la nube o en línea, suscripciones digitales a prensa, revistas u otras publicaciones periódicas, hasta un máximo de 100 euros por beneficiario".

Dentro de todo ello, se recogen determinadas excepciones "libros de texto curriculares, ya sean impresos o digitales; equipos, software, hardware y consumibles de informática y electrónica; material artístico; instrumentos musicales; espectáculos deportivos y taurinos; moda y gastronomía" o "la adquisición de productos que hayan sido calificados como X o pornográficos de conformidad con el sistema de regulación de contenidos aplicable a cada producto".

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