Un juzgado condena a Correos y a un superior a indemnizar a una trabajadora por acoso sexual en Cádiz
La resolución judicial considera acreditadas conductas de acoso sexual durante más de dos años y aprecia una protección insuficiente de la trabajadora por parte de la empresa tras la denuncia interna
Un Juzgado de lo social de la provincia de Cádiz ha estimado una demanda de tutela de derechos fundamentales presentada por una trabajadora de Correos y ha condenado solidariamente a la empresa y a quien era su superiorjerárquico a indemnizarla por daños morales. La sentencia ha sido recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Según el relato de hechos probados de la resolución, la trabajadora sufrió durante más de dos años conductas de contenido sexual no consentidas. El juzgado alcanza esta conclusión a partir de la valoración conjunta de las declaraciones de la demandante, los testimonios de compañeros y las pruebas documentales y periciales practicadas durante el procedimiento.
El superior demandado negó el acoso en el juicio. Según recoge la sentencia, sostuvo que determinadas situaciones y conversaciones se habían interpretado fuera de contexto y discrepó de la relación de dependencia jerárquica descrita por la trabajadora.
La valoración de las pruebas
La magistrada considera que el relato de la demandante fue coherente y persistente y que encontró respaldo en otros elementos de prueba. Entre ellos, la resolución menciona las declaraciones de compañeros que presenciaron determinadas conductas y observaron la incomodidad de la trabajadora.
El juzgado también valoró una prueba pericial psicológica y una pericial informática relativa a mensajes intercambiados a través de aplicaciones de mensajería y redes sociales.
Otro de los elementos considerados en la sentencia es la posición jerárquica del demandado. Según la resolución, la trabajadora temía que oponerse abiertamente a esos comportamientos pudiera repercutir en sus condiciones laborales.
Logo de Correos, en unas dependencias de la provincia de Cádiz.
-
MANU GARCÍA
La denuncia interna y la respuesta de Correos
La trabajadora acudió a CGT para recibir asesoramiento y acompañamiento. Con el apoyo del sindicato, presentó una denuncia ante RecursosHumanos de Correos y solicitó la activación del protocolo frente al acoso y una medida de separación respecto de su superior.
La investigación interna de la empresa apreció indicios de acososexual y recomendó la apertura de un expediente disciplinario. El procedimiento terminó con el despido del superior, que ha impugnado esa decisión.
La sentencia considera, sin embargo, que la respuesta disciplinaria no fue suficiente para acreditar una protección adecuada de la trabajadora durante la tramitación del expediente. En particular, cuestiona que no se adoptara una medida de separación antes de su conclusión, pese a que la denunciante la había solicitado expresamente.
Correos sostuvo durante el juicio que había actuado con diligencia y explicó que no había adoptado medidas cautelares porque la trabajadora se encontraba de baja médica.
El juzgado no consideró suficiente esa justificación. Según la resolución, la obligación empresarial de protección debía diferenciarse de las actuaciones dirigidas a investigar los hechos y, en su caso, sancionar al responsable. La sentencia también tiene en cuenta la preocupación de la empleada ante la posibilidad de reincorporarse mientras continuara bajo la dependencia jerárquica del superior denunciado.
Indemnización y medidas para evitar el contacto
La resolución declara la vulneración de derechos fundamentales de la trabajadora y establece una indemnización por daños morales cuyo pago corresponde solidariamente al superior demandado y a Correos.
Además, contempla el supuesto de que el superior recuperase su puesto de trabajo como consecuencia de la impugnación del despido. En ese caso, la empresa deberá adoptar las medidas necesarias para impedir el contacto entre ambos, en los términos establecidos en el fallo. La decisión se ha dictado en un procedimiento de la jurisdicción social y no constituye una condena penal.
Señalética en una oficina de Correos.
-
MANU GARCÍA
Las valoraciones del sindicato y de la defensa
CGT, que ha acompañado a la trabajadora durante el procedimiento, valora favorablemente la sentencia y cuestiona la rapidez de la respuesta empresarial. El responsable del sindicato en Cádiz, Alberto Díaz, valora la sentencia con satisfacción, pero critica la actuación de Correos.
Afirma Díaz, en declaraciones a lavozdelsur.es, que el sindicato envió varios escritos a distintas instancias de la empresa hasta que el protocolo se activó desde los servicios centrales, y considera que el procedimiento se dilató demasiado. Además, sostiene que el protocolo es “muy laxo” y no protege a la víctima. CGT anuncia que exigirá a Correos actualizar el protocolo y que seguirá denunciando por las vías disponibles.
La abogada de la víctima, María Lucía Sosa, destaca en conversación con este periódico la fundamentación de la resolución y la valoración de las pruebas realizada por el juzgado. También expresa su discrepancia con la cuantificación de la indemnización reconocida.
Todas las partes han recurrido la sentencia, por lo que corresponde ahora al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) resolver las impugnaciones planteadas. Este periódico ha solicitado a Correos una valoración sobre la resolución. Al cierre de esta información no había recibido respuesta.
Un Juzgado de lo social de la provincia de Cádiz ha estimado una demanda de tutela de derechos fundamentales presentada por una trabajadora de Correos y ha condenado solidariamente a la empresa y a quien era su superiorjerárquico a indemnizarla por daños morales. La sentencia ha sido recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
Según el relato de hechos probados de la resolución, la trabajadora sufrió durante más de dos años conductas de contenido sexual no consentidas. El juzgado alcanza esta conclusión a partir de la valoración conjunta de las declaraciones de la demandante, los testimonios de compañeros y las pruebas documentales y periciales practicadas durante el procedimiento.
El superior demandado negó el acoso en el juicio. Según recoge la sentencia, sostuvo que determinadas situaciones y conversaciones se habían interpretado fuera de contexto y discrepó de la relación de dependencia jerárquica descrita por la trabajadora.
La valoración de las pruebas
La magistrada considera que el relato de la demandante fue coherente y persistente y que encontró respaldo en otros elementos de prueba. Entre ellos, la resolución menciona las declaraciones de compañeros que presenciaron determinadas conductas y observaron la incomodidad de la trabajadora.
El juzgado también valoró una prueba pericial psicológica y una pericial informática relativa a mensajes intercambiados a través de aplicaciones de mensajería y redes sociales.
Otro de los elementos considerados en la sentencia es la posición jerárquica del demandado. Según la resolución, la trabajadora temía que oponerse abiertamente a esos comportamientos pudiera repercutir en sus condiciones laborales.
Logo de Correos, en unas dependencias de la provincia de Cádiz.
-
MANU GARCÍA
La denuncia interna y la respuesta de Correos
La trabajadora acudió a CGT para recibir asesoramiento y acompañamiento. Con el apoyo del sindicato, presentó una denuncia ante RecursosHumanos de Correos y solicitó la activación del protocolo frente al acoso y una medida de separación respecto de su superior.
La investigación interna de la empresa apreció indicios de acososexual y recomendó la apertura de un expediente disciplinario. El procedimiento terminó con el despido del superior, que ha impugnado esa decisión.
La sentencia considera, sin embargo, que la respuesta disciplinaria no fue suficiente para acreditar una protección adecuada de la trabajadora durante la tramitación del expediente. En particular, cuestiona que no se adoptara una medida de separación antes de su conclusión, pese a que la denunciante la había solicitado expresamente.
Correos sostuvo durante el juicio que había actuado con diligencia y explicó que no había adoptado medidas cautelares porque la trabajadora se encontraba de baja médica.
El juzgado no consideró suficiente esa justificación. Según la resolución, la obligación empresarial de protección debía diferenciarse de las actuaciones dirigidas a investigar los hechos y, en su caso, sancionar al responsable. La sentencia también tiene en cuenta la preocupación de la empleada ante la posibilidad de reincorporarse mientras continuara bajo la dependencia jerárquica del superior denunciado.
Indemnización y medidas para evitar el contacto
La resolución declara la vulneración de derechos fundamentales de la trabajadora y establece una indemnización por daños morales cuyo pago corresponde solidariamente al superior demandado y a Correos.
Además, contempla el supuesto de que el superior recuperase su puesto de trabajo como consecuencia de la impugnación del despido. En ese caso, la empresa deberá adoptar las medidas necesarias para impedir el contacto entre ambos, en los términos establecidos en el fallo. La decisión se ha dictado en un procedimiento de la jurisdicción social y no constituye una condena penal.
Señalética en una oficina de Correos.
-
MANU GARCÍA
Las valoraciones del sindicato y de la defensa
CGT, que ha acompañado a la trabajadora durante el procedimiento, valora favorablemente la sentencia y cuestiona la rapidez de la respuesta empresarial. El responsable del sindicato en Cádiz, Alberto Díaz, valora la sentencia con satisfacción, pero critica la actuación de Correos.
Afirma Díaz, en declaraciones a lavozdelsur.es, que el sindicato envió varios escritos a distintas instancias de la empresa hasta que el protocolo se activó desde los servicios centrales, y considera que el procedimiento se dilató demasiado. Además, sostiene que el protocolo es “muy laxo” y no protege a la víctima. CGT anuncia que exigirá a Correos actualizar el protocolo y que seguirá denunciando por las vías disponibles.
La abogada de la víctima, María Lucía Sosa, destaca en conversación con este periódico la fundamentación de la resolución y la valoración de las pruebas realizada por el juzgado. También expresa su discrepancia con la cuantificación de la indemnización reconocida.
Todas las partes han recurrido la sentencia, por lo que corresponde ahora al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) resolver las impugnaciones planteadas. Este periódico ha solicitado a Correos una valoración sobre la resolución. Al cierre de esta información no había recibido respuesta.
COMENTARIOS