Ryanair ya cobra desde este mes por cada equipaje de mano que sube a sus vuelos

Facua insta al Gobierno a que tome ejemplo de Italia y prohíba a la aerolínea irlandesa, como también a Wizz Air, seguir con esta nueva política que "falsea el precio real del billete"

Un avión de Ryanair en una imagen reciente.
Un avión de Ryanair en una imagen reciente.

Facua-Consumidores en Acción insta al Gobierno a que tome ejemplo de Italia y prohíba a Ryanair y Wizz Air seguir con su nueva política de cobrar por el equipaje de mano que los pasajeros lleven consigo. El organismo de Competencia del país italiano ha tomado esta medida al considerar que incluir este coste posteriormente es "una representación falsa del precio real del billete". A partir de este mes, la maleta de hasta 10 kilos de peso ya tiene un coste de entre seis y diez euros en las mencionadas aerolíneas.

"Como siempre, en España las grandes empresas tienen barra libre para cometer abusos", ha señalado el portavoz de la asociación, Rubén Sánchez, que critica "la absoluta pasividad del Ministerio de Fomento y su Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) ante una práctica que Facua denunció en agosto sin que hayamos tenido respuesta alguna hasta la fecha".

Sánchez reclama a Fomento que "abra de una vez expedientes sancionadores contra Ryanair y Wizz Air". En este sentido, el portavoz de Facua recuerda que "la aerolínea irlandesa se ha negado a abonar las compensaciones e indemnizaciones que establece la legislación europea a los pasajeros afectados por las huelgas de este verano y el Ministerio de Fomento tampoco ha anunciado sanciones contundentes".

Tras la denuncia que presentó contra Ryanair en agosto, Facua acaba de denunciar ante la AESA a Wizz Air por el mismo motivo, ya que esta aerolínea está aplicando exactamente la misma política que la compañía irlandesa con respecto al equipaje de mano.

Una vez más, la asociación recuerda que esta nueva política de cobrar por el equipaje de cabina iría en contra de la propia Ley de Navegación Aérea. Así, el artículo 97 de la ley establece que "el transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo", mientras que sólo recoge como excepción para denegar su transporte "razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave".

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