El juez José Ignacio Vilaplana ha acordado el archivo de una pieza separada del caso de los ERE relacionada con las ayudas públicas concedidas al Grupo TPM, entre los seis investigados figuraban tres antiguos cargos de la Junta de Andalucía. La resolución afecta a las subvenciones y la financiación otorgadas a Inversiones Plásticas TPM, S.L., aunque la investigación sobre otras ayudas vinculadas a los avales continúa abierta.
El magistrado, titular de la plaza número 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, investigaba la legalidad de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo a través de la agencia IFA/IDEA. Según los datos recogidos en la causa, la empresa recibió de la Administración andaluza al menos una subvención de 1,5 millones de euros y un préstamo por la misma cantidad. El auto, fechado el 13 de octubre y difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), pone fin a esta pieza respecto a los seis investigados.
Entre ellos se encontraban un exviceconsejero de Empleo, un exdirector general de Trabajo y Seguridad Social y un exdirector de Inversiones Estratégicas de IDEA, además de tres responsables de la empresa. Los investigados estaban siendo analizados por posibles delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental. En el caso de los dos primeros excargos, el juez acuerda el sobreseimiento libre porque ya fueron encausados y condenados por estos mismos hechos en el procedimiento relativo al denominado procedimiento específico de los ERE.
Fallecido el director del Grupo TPM
La resolución sigue el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla. El instructor considera que las ayudas se acordaron y abonaron dentro del periodo investigado en aquella causa, mediante transferencias de financiación con cargo a la partida 31-L. Por ello, sostiene que no cabe volver a investigar a los mismos encausados por esos hechos en piezas separadas, ya que podría vulnerarse el principio non bis in idem, que impide juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos.
Por otro lado, el juez declara extinguida la responsabilidad penal del que fuera director general del Grupo TPM, fallecido en septiembre de 2017. Respecto a otros dos representantes de la empresa y al exdirector de Inversiones Estratégicas de IDEA, acuerda el sobreseimiento provisional al no apreciar indicios suficientes de criminalidad. En el caso de los representantes, señala que no consta que tuvieran capacidad de decisión sobre las ayudas, cuya gestión habría recaído principalmente en dos directivos de la entidad ya fallecidos.
Sobre el antiguo responsable de IDEA, el magistrado concluye que la instrucción no ha acreditado una intervención relevante para influir o controlar la concesión de la ayuda. Más allá de la recepción de algún correo electrónico relacionado con el expediente, no se han encontrado pruebas suficientes para justificar que continúe la causa contra él. El archivo de esta pieza, no obstante, no supone el cierre de la investigación sobre los avales vinculados al Grupo TPM.
El juez José Ignacio Vilaplana ha acordado el archivo de una pieza separada del caso de los ERE relacionada con las ayudas públicas concedidas al Grupo TPM, entre los seis investigados figuraban tres antiguos cargos de la Junta de Andalucía. La resolución afecta a las subvenciones y la financiación otorgadas a Inversiones Plásticas TPM, S.L., aunque la investigación sobre otras ayudas vinculadas a los avales continúa abierta.
El magistrado, titular de la plaza número 6 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Sevilla, investigaba la legalidad de las ayudas concedidas por la Consejería de Empleo a través de la agencia IFA/IDEA. Según los datos recogidos en la causa, la empresa recibió de la Administración andaluza al menos una subvención de 1,5 millones de euros y un préstamo por la misma cantidad. El auto, fechado el 13 de octubre y difundido por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), pone fin a esta pieza respecto a los seis investigados.
Entre ellos se encontraban un exviceconsejero de Empleo, un exdirector general de Trabajo y Seguridad Social y un exdirector de Inversiones Estratégicas de IDEA, además de tres responsables de la empresa. Los investigados estaban siendo analizados por posibles delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental. En el caso de los dos primeros excargos, el juez acuerda el sobreseimiento libre porque ya fueron encausados y condenados por estos mismos hechos en el procedimiento relativo al denominado procedimiento específico de los ERE.
Fallecido el director del Grupo TPM
La resolución sigue el criterio de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla. El instructor considera que las ayudas se acordaron y abonaron dentro del periodo investigado en aquella causa, mediante transferencias de financiación con cargo a la partida 31-L. Por ello, sostiene que no cabe volver a investigar a los mismos encausados por esos hechos en piezas separadas, ya que podría vulnerarse el principio non bis in idem, que impide juzgar dos veces a una persona por los mismos hechos.
Por otro lado, el juez declara extinguida la responsabilidad penal del que fuera director general del Grupo TPM, fallecido en septiembre de 2017. Respecto a otros dos representantes de la empresa y al exdirector de Inversiones Estratégicas de IDEA, acuerda el sobreseimiento provisional al no apreciar indicios suficientes de criminalidad. En el caso de los representantes, señala que no consta que tuvieran capacidad de decisión sobre las ayudas, cuya gestión habría recaído principalmente en dos directivos de la entidad ya fallecidos.
Sobre el antiguo responsable de IDEA, el magistrado concluye que la instrucción no ha acreditado una intervención relevante para influir o controlar la concesión de la ayuda. Más allá de la recepción de algún correo electrónico relacionado con el expediente, no se han encontrado pruebas suficientes para justificar que continúe la causa contra él. El archivo de esta pieza, no obstante, no supone el cierre de la investigación sobre los avales vinculados al Grupo TPM.
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