La Junta obliga a la "inmensa mayoría" de personal vulnerable frente al covid a incorporarse a su puesto

Ustea anuncia medidas legales porque la administración autonómica ni adapta los puestos a las circunstancias, ni tendrá exigencia de proveer de EPI

Pruebas del Covid realizadas por Junta al personal de los juzgados de Sevilla. - Junta de Andalucía
Pruebas del Covid realizadas por Junta al personal de los juzgados de Sevilla. - Junta de Andalucía

Si en las contrataciones exprés que están judicializadas por indicios de presunta ilegalidad la Junta de Andalucía directamente discriminaba entre sus criterios de selección a personas vulnerables al covid, como embarazadas o con diversas patologías, no aplicará el mismo baremo al personal que ya tiene la administración autonómica. De hecho, una embarazada o alguien con problemas cardiacos, vulnerables ante el coronavirus, no serán considerados personas de riesgo. No solo tendrán que ocupar su puesto habitual sin concesiones, sino que no hay exigencia de que les faciliten EPI.

El sindicato Ustea ha denunciado que la inmensa mayoría del personal especialmente vulnerable frente a la exposición al coronavirus está siendo catalogado con nivel de riesgo uno (NR1) por las Áreas de Vigilancia de la Salud de la Junta de Andalucía, lo que implicará su obligada incorporación a su puesto de trabajo sin ni siquiera adaptación del mismo, sea cual sea la circunstancia o patología, esté ésta controlada o no.

Durante estos últimos meses, y en previsión de la futura apertura de los centros educativos, todo el personal afectado por alguna circunstancia o patología catalogada como de especial vulnerabilidad frente a la exposición al Covid-19, ha podido solicitar la evaluación de los riesgos a los que se pudiera estar sometido en su puesto de trabajo con el fin de poder determinar las actuaciones a llevar a cabo para la protección de su salud.

Desde Ustea estamos comprobando como, "en un ejercicio absoluto de irresponsabilidad por parte de las administración, este colectivo de trabajadores está siendo catalogado como nivel de riesgo uno, por lo que serán obligados a incorporarse a su puesto de trabajo sin que el empleador, en este caso la Junta de Andalucía, tenga que tomar ninguna medida excepcional". Esto supone, afirma la organización sindical, que mujeres embarazadas, personal con patologías graves, enfermedades cardiovasculares y respiratorias crónicas, personal inmunodeprimido, etcétera, estén estas patologías controladas o no, serán expuestas al virus sin ni tan siquiera la obligación de proveer de equipos de protección individual, a pesar de la alta probabilidad de sufrir una evolución desfavorable de la enfermedad o incluso la muerte, en caso de ser contagiadas.

Ante esta situación, desde Ustea han querido denunciar:

"Que los dictámenes emitidos por las áreas de vigilancia de la salud se están realizando tan solo en base a documentación aportada por el interesado, sin que en ningún momento este personal sea citado para una evaluación más completa.

Que el documento del Ministerio de Sanidad Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-Cov2 , utiliza como criterio para la evaluación de los riesgos la posibilidad de contacto con personas sintomáticas, lo que constituye un indicador totalmente tendencioso, completamente alejado de criterios científicos ya que obvia la capacidad de contagio de personas portadoras del virus y que no manifiestan síntomas. Este hecho supone, a juicio de este sindicato, una irresponsabilidad deliberada que puede provocar graves perjuicios, llegando a poner en riesgo la vida, de los y las trabajadoras afectadas.

Que se está produciendo un incumplimiento manifiesto de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y del RD 39/1997 por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, por parte de los Servicios de Prevención de Riesgos Laborales correspondientes, al no estar llevando a cabo la evaluación de riesgos de cada uno de los puestos de trabajo, aplicando un criterio general para puestos que reúnen condiciones significativamente diferentes en cada uno de los casos. Así mismo, se obvia el mandato legal que establece la necesidad de adoptar las medidas más favorables desde el punto de vista de la prevención en caso de que existan dudas sobre las medidas a tomar.

Además, queremos remarcar el hecho de que la aplicación de todo lo establecido en la mencionada Ley de Prevención de Riesgos Laborales, así como la normativa que desarrolla esta Ley, es de obligado cumplimiento, no pudiendo existir ninguna causa que justifique lo contrario, ni siquiera la disponibilidad presupuestaria".

Por todo ello, "estamos estudiando las actuaciones legales que se puedan poner en marcha para impedir que la irresponsabilidad, tanto del Ministerio de Sanidad como de la Junta de Andalucía, ponga en grave peligro la vida de los y las trabajadoras de los centros educativos andaluces". Asímismo, han ultimado, "ponemos a disposición de todo el personal afectado un modelo de reclamación para solicitar la revisión del dictamen de evaluación de los riesgos llevado a cabo por las distintas áreas de vigilancia de la salud. Como organización sindical no toleraremos ni aceptaremos un hecho de tal gravedad como el expuesto, por lo que acompañaremos y animamos al conjunto de los y las trabajadoras a denunciar esta realidad. Para ello, te facilitamos un modelo de reclamación que hemos elaborado para solicitar la revisión del dictamen practicado, que deberás dirigir a la jefatura de RRHH de tu delegación a través de la cita previa o secretaría virtual".

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