Iberia compensa con 600 euros a un sevillano que perdió un vuelo a Buenos Aires debido a un retraso

El usuario tenia planeado viajar de Sevilla a Argentina con una escala intermedia en Madrid. Debido a que el primer vuelo salió dos horas más tarde no pudo coger el segundo a tiempo. La intermediación de Facua, decisiva para que la aerolínea finalmente le haya indemnizado

Un avión de Iberia en una imagen de archivo.
Un avión de Iberia en una imagen de archivo.

Tras la intermediación de Facua Sevilla, Iberia ha compensado con 600 euros, tal y como establece la normativa europea, a un usuario que perdió un vuelo Madrid-Buenos Aires debido a que la conexión Sevilla-Madrid salió con dos horas de retraso. La compañía le ubicó en un nuevo avión que salía a la mañana siguiente, por lo que perdió un día de viaje.

Horacio P.R., residente en la localidad sevillana de Palomares del Río, compró unos billetes de avión con Iberia para un viaje que iba a realizar de Sevilla a Buenos Aires, con conexión en Madrid, en abril de 2018. Inicialmente el primer vuelo estaba previsto para salir a las 20:40 horas, con llegada a la capital a las 21:45, mientras que el segundo saldría de Barajas destino a Argentina a las 23:50.

Posteriormente, Iberia le informó de que el primer vuelo sufría un cambio de hora de salida y partiría a las 21:20 horas, con previsión de llegar a Madrid a las 22:25. Finalmente inició el trayecto a las 22:30, por lo que el usuario perdió el avión que viajaba a Buenos Aires.

Horacio reclamó entonces a la aerolínea, que le reubicó en un vuelo que partía hacia la capital argentina a las 12 horas del día siguiente, provocando que perdiera un día de su viaje. El usuario, por tanto, decidió acudir a FACUA Sevilla para que reclamara a la compañía en su nombre.

El equipo jurídico de la asociación se dirigió a Iberia para exigirle que pagara a Horacio los 600 euros de compensación que establece la legislación europea. Así, el Reglamento Europeo 261/2004 recoge en su artículo 7 que, en caso de cancelación de vuelos, se debe compensar a los afectados con "250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de vuelos".

Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establece, a partir de una sentencia de 2009, que "los pasajeros de vuelos retrasados pueden equipararse a los de los vuelos cancelados a los efectos del derecho de compensación previsto en el artículo 7 de dicho Reglamento cuando soportan, en relación con el vuelo que sufre el retraso, una pérdida de tiempo igual o superior a tres horas".

Reclamación ante la AESA

Debido a que Iberia no daba respuesta a la reclamación de Facua Sevilla, la asociación se dirigió a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) para que se pronunciase sobre el caso. El organismo respondió afirmando que Iberia le había trasladado su voluntad de compensar al pasajero con los 600 euros que establece el Reglamento 261/2004.

Sin embargo, cuando Facua Sevilla contactó con Iberia para facilitarle los datos bancarios del usuario, la aerolínea respondió que no iba a pagar la compensación. La asociación tuvo que volver a acudir a la AESA ante esta situación, quien terminó resolviendo que "en caso de que la compañía aérea no de cumplimiento a dicho requerimiento (de pago de la compensación), podrá considerarse la comisión de una infracción administrativa por parte de la aerolínea y, en su caso, AESA podrá ejercer la potestad sancionadora contra la misma". Finalmente, tras dirigirse Facua Sevilla a Iberia con la resolución de la AESA, la aerolínea ha pagado a Horacio los 600 euros que le correspondían como compensación.

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