Estafa 750.00 euros a un banco emitiendo facturas falsas del SAS

El TS ha condenado a tres años y cinco meses de cárcel al dueño de esta empresa

Urgencias del Hospital Universitario Virgen del Rocío (Sevilla).
Urgencias del Hospital Universitario Virgen del Rocío (Sevilla).

El Tribunal Supremo acaba de confirmar el fallo de tres años y cinco meses de cárcel para el dueño de una  empresa dedicada al suministro de maquinarias y equipos sanitarios que estafó casi 750.00 euros a una entidad bancaria con facturas falsas de venta de materiales a varios hospitales en Sevilla y uno en Huelva, y  tendrán que indemnizar por el mismo importe estafado al banco.

El banco adelantaba al dueño de esta empresa el importe de las facturas, que expedía la sociedad a cargo del SAS por el cobro de los suministros de productos de uso hospitalario, a través de distintas pólizas de crédito, según detalla ABC en una información.

Los hechos tuvieron lugar entre los años 2005 y 2008, cuando el principal acusado mantenía -a través de su empresa- una  relación mercantil con hospitales sevillanos Virgen del Rocío y Valme y al Juan Ramón Jiménez de Huelva del Servicio Andaluz de Salud. En ese periodo -explica ABC- fue cuando contrató con la entidad bancaria defraudada distintas pólizas de crédito.

El acusado llegó a presentar en esos años hasta 54 facturas de presuntos suministros a los indicados hospitales. En el caso del Valme y del Virgen del Rocío, las facturas no estaban estampadas con la firma del responsable económico, por lo que "no eran operaciones reales". En el caso del Juan Ramón Jiménez, algunas estaban firmadas por el otro de los acusado, de ahí su participación en los hechos.

Ninguna de las facturas adelantadas por el banco fueron abonadas por el Servicio Andaluz de Salud, asegura este medio en base a la sentencia, ya que se comprobaron que no se correspondían con suministros o ventas, ni habían sido registradas ni contabilizadas en el citado organismo.

La Audiencia de Sevilla ya condenó en 2017 por estos hechos al dueño de la empresa y a otro hombre, que en el momento de los hechos ocupaba un alto cargo en el departamento económico-financiero del Juan Ramón Jiménez.

Sobre este segundo acusado, el Tribunal Supremo señala en su sentencia -a la que ha accedido ABC- carecía de autorización de sus superiores e ideó un "procedimiento abreviado" por el cual firmaba  la toma de razón de facturas que no habían tenido entrada ni se habían registrado en el SAS, con el compromiso del proveedor de que después la introduciría a través del registro y que de no hacerlo no se pagaría por el SAS.

Esta persona recurrió la condena de la Audiencia de Sevilla y ahora el Tribunal ha rebajado su pena de dos años y nueve meses a uno y nueve meses de cárcel, al considerar que no fue responsable del delito de estafa, aunque sí de la falsedad documental.

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