Abusa de una menor en una playa nudista: la engañó diciéndole que la llevaría a ver ranas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la condena a dos años de prisión impuesta a un hombre por abusar de una menor de edad

Cartel informativo en una playa nudista.
Cartel informativo en una playa nudista.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena a dos años de prisión impuesta a un hombre por abusar de una menor a la que conoció junto a su tía en una playa nudista de Málaga y a la que engañó diciéndole que le iba a enseñar una charca con ranas. Según se declaró probado en la sentencia de la Audiencia de Málaga, y recoge la resolución del alto Tribunal andaluz, los hechos sucedieron en julio de 2010 cuando el acusado estaba en la playa nudista de Benalmádena (Málaga) y entabló conversación con una señora y su sobrina-nieta, menor de edad.

"Tras ganarse su confianza, prestándole a la niña unas gafas de bucear e invitándolas a comer, aprovechando que la menor había ido sola al servicio, la esperó y movido por un ánimo de satisfacer sus deseos sexuales, le dijo que la llevaría a una charca próxima a ver ranas", dice la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press.

Entonces, señala la resolución, la cogió de la mano y trasladándola hasta ese lugar, "rocoso y frondoso, oculto de la vista de la gente de la playa y, con el pretexto de buscar las ranas y, aprovechando que ambos estaban desnudos, sentó a la niña sobre sus piernas y, en esa postura, tocó a la menor".

Asimismo, según declaró la Audiencia de Málaga, y ahora ha confirmado el alto Tribunal andaluz, el procesado también hizo que la menor le realizara tocamientos. Como consecuencia de estos hechos, la niña ha pasado malas noches "porque piensa que la persigue un hombre".

Por estos hechos, se le condenó por un delito de abuso sexual y, además de los dos años de cárcel, se confirma la prohibición de aproximarse a la menor una distancia inferior a 500 metros en cualquier lugar donde esté y establecer con ella por cualquier medio de comunicación durante cinco años.

Igualmente, se le impuso la medida de medida de libertad vigilada durante cinco años, que se verificará una vez cumplidas la pena privativa de libertad y que consiste en la obligación de someterse a programa de reeducación sexual. También deberá indemnizar a la víctima con 18.000 euros por los perjuicios morales sufridos.

Así, se desestima el recurso de la defensa y "no se ve ni se alega siquiera un motivo concreto que pudiera haber impelido a la menor a idear por propia fantasía los hechos que relata y tampoco se sugiere ni hay base alguna para recelar que la pequeña haya sido inducida o sugestionada para narrar unos hechos ajenos a la realidad".

"No es imaginable que la menor decidiera sin más inventar la escena que describe y que se haya mantenido en ella durante todo el tiempo transcurrido", señala la sentencia del TSJA, apuntando que "la defensa pone el acento en leves matices que no enturbian en modo alguno la credibilidad de la niña cuando relata lo sucedido".

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