La Junta acepta finalmente en el BOJA el término 'allegado' para las cenas navideñas tras rechazarlo horas antes

El Gobierno andaluz rectifica tras intentar en un momento imponer sus propios conceptos para declarar quién y cómo podrían realizarse las reuniones familiares

Moreno Bonilla, con la doctora Inmaculada Salcedo, la responsable técnica de la crisis en Andalucía. FOTO: Junta
Moreno Bonilla, con la doctora Inmaculada Salcedo, la responsable técnica de la crisis en Andalucía. FOTO: Junta

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (Boja) ha publicado al filo de las 21:00 horas de este viernes una edición extraordinaria que recoge el decreto del presidente, Juan Manuel Moreno Bonilla, que confirma la reapertura, desde la medianoche de este sábado, 12 de diciembre, de la movilidad dentro de municipios de la misma provincia, que permanecía restringida desde el pasado 10 de noviembre, cuando entró en vigor el confinamiento perimetral de todas sus localidades, de las que, por ello, sólo se ha podido salir y entrar desde entonces por causas justificadas.

Además, el decreto utiliza al final el término allegado para las cenas navideñas. El Gobierno central ha impuesto finalmente este término que la Junta rechazó este jueves. La Junta quiso distinguir entre familiares de hecho y de derecho. Es decir, aceptar a quienes sean como familia en una mesa para el máximo de 10 personas, mientras que allegados pueden ser, por ejemplo, parejas que viven en viviendas distintas, o amigos cercanos. 

La reapertura de la movilidad dentro de las provincias forma parte del paquete de medidas que anunció este pasado jueves el presidente de la Junta, Juanma Moreno, para desarrollar un proceso de desescalada de las restricciones vigentes en Andalucía para contener la expansión de la pandemia de la Covid-19.

Para ello, el BOJA ha publicado en su edición extraordinaria de este viernes el decreto del Presidente 12/2020, de 11 de diciembre, por el que se establecen medidas en el ámbito de la comunidad autónoma de Andalucía en aplicación del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2.

El decreto, consultado por Europa Press, ha entrado en vigor desde el momento de su publicación, y recoge lo que, tras presidir una reunión del Comité Asesor de Alertas de Salud Pública de Alto Impacto, más conocido como comité de expertos, Juanma Moreno anunció este jueves acerca de que Andalucía aplicará, desde este sábado 12 de diciembre, y hasta el 10 de enero, una "desescalada" progresiva de las restricciones derivadas de la pandemia.

La primera fase arranca desde la medianoche de este sábado y se prolongará hasta las 0,00 horas del viernes 18 de diciembre, y en ella se posibilitará ya la movilidad entre municipios de una misma provincia, actualmente restringida. Asimismo, en este periodo, el toque de queda nocturno permanecerá como hasta ahora, entre las 22,00 y las 7,00 horas.

Ya es en la segunda fase, a partir del 18 de diciembre, y hasta las 0,00 horas del 10 de enero de 2021, cuando se autoriza la movilidad entre las provincias andaluzas, y el inicio del toque de queda nocturno se retrasa hasta las 23,00 horas, continuando vigente hasta las 6,00 horas.

Además, entre el 23 de diciembre y el 6 de enero, periodo especial acordado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades autónomas por la Navidad, se permitirá la entrada y salida de personas del territorio de la comunidad autónoma de Andalucía si es "para hacer efectiva la reagrupación familiar en los días señalados".

El pasado 8 de noviembre, la Junta de Andalucía acordó el confinamiento perimetral de todos los municipios de la comunidad, de los que sólo se ha podido entrar y salir desde el día 10 del mes pasado -cuando entró en vigor esa medida- de forma justificada, y que se unía así al que se había decidido el 28 de octubre para la región, y que se ha ido prorrogando posteriormente hasta la actualidad.

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